jueves, 29 de noviembre de 2018

EL REFERÉNDUM DEL 9 DE DICIEMBRE

PENSANDO EN LOS INTERESES NACIONALES

A pocos días de realizarse el referéndum que intenta modificar algunos artículos de la Constitución Política, pero que ulteriormente no resolverá los principales problemas de nuestro país, nadie podrá negar que la gran mayoría de la población no conoce plenamente el contenido de los proyectos de ley circunscritos a las cuatro preguntas a resolverse este 9 de diciembre, fecha épica -por recordar la batalla de Ayacucho que liberó a toda América del yugo realista - en la que también se celebra el día del Ejército del Perú, una institución cuyos integrantes han dado claras muestras de sacrificio (familias incluidas) en defensa de la soberanía nacional y la democracia, logrando, junto a policías y civiles, alcanzar las condiciones de paz que hoy vivimos.

Debido a la crisis del Consejo Nacional de la Magistratura, encargada de nombrar jueces y fiscales, se plantea, mediante la pregunta 1, si se aprueba la reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Funciones. La primera novedad es el cambio de nombre de la entidad. Importante? Trascedental? No creemos.

Lo importante radica en que los integrantes de esa institución, de acuerdo al proyecto, ya no serán nombrados "a dedo", sino que serán seleccionados mediante concurso público a cargo de una Comisión Especial, conformado por 7 autoridades. Esto sí es una buena noticia, siempre que se verifique que los candidatos efectivamente cumplan con los requisitos, particularmente lo relacionado a la solvencia e idoneidad moral, para después no tener desagradables sorpresas. Cobra, entonces, relevancia en el control público, en las tareas de la Secretaría Técnica, que estaría a cargo del MINJUSDH.

Lo malo del proyecto es que, por efecto del cambio de nombre, será necesario modificar (sic) la Ley Orgánica (¿No será aprobar una nueva?) y esperar 90 días (se entiende útiles) para poder seleccionar a sus miembros, quienes solo  así podrán revisar los nombramientos, ratificaciones, evaluaciones y procedimientos disciplinarios efectuados por los consejeros removidos por el Congreso de la República.

Entonces, no esperemos que esta Junta Nacional de Justicia empiece a funcionar de inmediato. A pesar de ello, un SI contundente es necesario para ordenar el país, colocando a los más competentes para cumplir tan importantes responsabilidades. ¡Qué así sea!

La pregunta 2 está relacionada a regular el financiamiento de las organizaciones políticas, resaltándose que  éstas tendrán tambien financiamiento público.... What!? ?...Sí, financiamiento con el dinero de todos los peruanos, ese que es escaso para tantas necesidades.

De acuerdo al proyecto la propaganda electoral en radio y televisión se efectuará mediante financiamiento  público indirecto, propaganda que, como sabemos, es siempre la de costos más elevados.

Pueda que para algunos la propuesta les parezca interesante, pero  pensemos: ¿si no se ha podido cumplir adecuadamente con la fiscalización de los procesos anteriores? ¿acaso esto no significa que aún no estamos preparados para que del escaso erario nacional se distraiga fondos con este propósito? No es el momento, no es aún adecuado para nuestra realidad política bastante desordenada.

Un cambio constitucional que resultaría ser muy popular y tal vez de rápida respuesta, es si se estaría de acuerdo con la no reelección de congresistas. Debido a la mala imagen de los integrantes del Congeso de la República, no ahora sino desde hace mucho tiempo, la gran mayoría estaría de acuerdo.

Resulta que la pregunta 3 dice a la letra: ¿Aprueba usted la reforma constitucional que prohibe la reelección inmediata de parlamentarios de la República?, ojo: no dice congresistas porque está conectada a la pregunta 4, que cambia el nombre del Congreso de la República por el de Parlamento de la República.

Por tanto, de no aprobarse el proyecto de ley sobre ese tema (pregunta 4)  se quedaría sin sustento legal el cargo de Parlamentario de la República, pues la Constitución Política del Perú no tiene dicho cargo, en ninguna parte de su texto.

Por otro lado, reflexionemos ¿Resulta útil para la solución de los problemas del país que no exista reelección de nuestros representantes al Congreso? El mal desempeño de esa entidad es consecuencia, no de la reelección de sus integrantes, sino mas bien por la falta de capacidades de muchos de ellos que les limita desempeñarse de la mejor manera en el cargo, denotándose que la gran mayoría  no conoce los procedimientos parlamentarios y que ellos los aprende sobre la marcha (aunque no todos).

Los legisladores experimentados, los que dan la talla en la representación nacional, normalmente son los que experimentan el proceso político y parlamentario, y eso sólamente se consigue en la arena del Congreso.

Por eso es importante que nuestros representantes sean bien elegidos (responsabilidad del electorado) para que cumplan adecuadamente sus funciones. Limitar su reelección no va a solucionarlo. Lo que sí podría mejorar la labor del primer poder del Estado, sería condicionar el ejercicio del cargo de congresista al cumplimiento de un programa  que mejore sus conocimientos, eso sería mucho más efectivo, y para ello no se requiere una modificación constitucional.

Considerando que la pregunta 4 ha recibido el máximo apoyo  para que se vote por el NO, esta situación traería como consecuencia que así se gane el SI en la pregunta 3, la modificación resultaría inaplicable. Por ello consideramos que un NO, es mucho mejor para el país.

La pregunta 4, que ya tiene un NO por delante, debido a la extensa propaganda en su contra (y no por sus 59 modificaciones), desafortunadamente  es un proyecto que revela haber sido formulado como si fuera un "saludo a la bandera ajena", pues no es coherente en su contenido, y es además confuso.

Sin embargo, es necesario precisar que el hecho de intentar aclarar -en el proyecto de ley por consultar -  las condiciones en que se realizaría el cierre de la Cámara de Diputados, resulta totalmente legítimo, pues empleando como base  la Constitución vigente, el tema se encuentra dentro del artículado. Debe tenerse presente que el Poder Legislativo, tiene toda la potestad de modificar los proyectos de ley, sea quien sea el proponente.

A pesar de cualquier otro argumento, al igual que los proyectos de las dos preguntas anteriores, debemos ser conscientes que aún no estamos preparados para realizar estos cambios, pues estaríamos retrocediendo al año 1992 en que  existía alto retraso en los procedimientos parlamentarios  con la consecuente postergación de los cambios legislativos requeridos para la mejor gestión pública en provecho de la ciudadanía.

El Perú,  primero necesita madurar políticamente, para lo cual es necesario contar con profesionales que respondan a un manual de perfiles de puestos en el Ejecutivo, y también con  partidos políticos sólidos, con propósitos definidos,  con representantes elegidos democráticamente y no con el peso de su sus billeteras; y,  por supuesto, con intereses que respondan a las necesidades de las poblaciones a las que representan.

Definitivamente, el NO resulta ser adecuado para esta última pregunta.

Este 9 de diciembre, honrando a nuestros héroes y a quienes defendieron la paz, tengamos presente que "de los esfuerzos de hoy depende la suerte" no de América, tampoco de nuestra Patria, pero si del correcto ejercicio de nuestra democracia.

Acudamos a las urnas, con el conocimiento de lo que conviene a los intereses nacionales, y siendo conscientes que esos intereses se cuidan haciendo bien las cosas y no como en "carrera de caballos, parada de burros".

Por el bien del país, nuestro voto será: SI, NO, NO, NO.




martes, 27 de noviembre de 2018

MODERNIZACIÓN DEL PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO DEL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

CLAVE PARA AVANZAR EN PROVECHO DE LA SEGURIDAD NACIONAL

En diciembre de 2012, mediante Decreto Legislativo N° 1129 se reguló la naturaleza, finalidad, funciones y estructura  del Sistema de Defensa Nacional, el cual garantiza la Seguridad Nacional, para la afirmación de los derechos fundamentales y el Estado constitucional de derecho, en el marco de una gestión pública moderna, razón por la que el ámbito de aplicación de dicho sistema, se encuentra en todo el territorio de la república, comprendiendo a los organismos públicos, personas naturales y jurídicas de nacionalidad peruana, quienes están obligadas a participar en la Defensa Nacional, conforme  lo establece la Constitución Política del Estado.

El Sistema de Defensa Nacional (llamado por algunos como Sistema de Seguridad y Defensa Nacional), compuesto por todas las entidades públicas del Estado, es - sin duda - el sistema funcional de mayor importancia en el país, ya que de su buen funcionamiento depende la gobernabilidad y por último la supervivencia de la Nación, razón por la que constituye en el único sistema funcional de responsabilidad constitucional del Presidente de la República.

Para su funcionamiento tiene como órgano de más alto nivel de decisión política y de coordinación estratégica al Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, que también es encabezado por el Presidente de la República, y que ahora – en reemplazo de la desaparecida Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA) – cuenta con una unidad funcional (dentro del Ministerio de Defensa), como la entidad responsable de la gestión del sistema a fin de articular el funcionamiento de sus componentes.

Para garantizar la Seguridad Nacional, el Sistema de Defensa Nacional desarrolla los Procesos de la Seguridad y Defensa Nacional teniendo como base las Políticas de Estado, la Concepción Política Estratégica y la Concepción Estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional. Dicho procesos, fueron concebidos para interrelacionarse tanto para la conducción política, como para la conducción estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional y se clasificaron en procesos fundamentales y procesos de soporte.

Los procesos fundamentales son: La Política, la Estrategia, y el Planeamiento Integral de la Seguridad y Defensa Nacional, mientras que los procesos de soporte o complementarios son: El desarrollo de estudios estratégicos, de programas y proyectos especiales para la Seguridad y Defensa Nacional, la Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional, y finalmente la Gestión del Sistema de Defensa Nacional.

El concepto que  primigeniamente se tuvo para interrelacionar los procesos de la Seguridad y Defensa Nacional se basó en la definición de una ruta crítica que colocaba a los procesos en dos ejes: el largo plazo, y el corto y mediano plazo, todos basados en la Concepción Política  Estratégica y la Concepción Estratégica de Seguridad y Defensa Nacional.
Para el largo plazo, se visualizó que el Planeamiento Integral de la Seguridad y Defensa Nacional, alineado con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, establezca las previsiones que determinen y preparen los recursos del Estado en los diferentes niveles de gobierno para hacer frente a las necesidades de desarrollo sostenido en condiciones de paz y seguridad.

Para el corto y mediano plazo, se estableció que la Política de Seguridad Nacional, determine  los lineamientos generales para alcanzar los Objetivos de Seguridad y Defensa Nacional, así como para orientar la formulación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, nunca antes desarrollada en la historia republicana nacional.

Esta estrategia nacional, determina el empleo ponderado de los instrumentos del Poder Nacional para alcanzar los objetivos propuestos en la Política de Seguridad y Defensa Nacional, constituyéndose como elemento de coordinación entre los distintos componentes del Sistema de Defensa Nacional y la sociedad, a partir de una perspectiva multidimensional de la Seguridad Nacional.

Tanto la Política como la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, así como las previsiones para el largo plazo, se deben interrelacionar para establecer las responsabilidades de los componentes del Sistema de Defensa Nacional, por medio de la Directiva de Seguridad y Defensa Nacional, como también por directivas específicas y lineamientos que permitan su implementación, a través de la gestión del Sistema de Defensa Nacional.

Para este propósito, es necesario tener en cuenta que por ser de interés público y de necesidad nacional, el Sistema de Defensa Nacional, amoldándose a la Política Nacional de Modernización de la gestión pública, cambia su planeamiento estratégico, articulando a sus siete procesos, lo cual se inicia analizando el Acuerdo Nacional y su vinculación al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, entendiéndose que este último instrumentaliza las aspiraciones para el futuro del Perú.

En base a ellos, la Concepción estratégica del gobernante y su correspondiente Concepción Estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional, son tamizadas por la Realidad Nacional, que nos revelará las necesidades públicas de seguridad permitiendo que se emita la Política de Seguridad y Defensa Nacional.

Simultáneamente el proceso denominado Planeamiento Estratégico Integral para la Seguridad y Defensa Nacional (que no debe confundirse con el Planeamiento Estratégico del Sistema de Defensa Nacional) se desarrolla alineado al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y coordinado – como elemento inspirador – con la Política de Seguridad y Defensa Nacional. 

De la interacción de los procesos fundamentales, se debe formular el Plan Estratégico para la Seguridad y Defensa Nacional, como último instrumento clave para instrumentalizar la Política de Seguridad y Defensa Nacional, lo cual reforzará la inclusión de las acciones necesarias que garanticen la seguridad nacional en los Planes Sectoriales Multianuales, en los Planes Estratégicos Institucionales, y principalmente en los Planes Operativos Institucionales, que aplican el Presupuesto Nacional.

Por otro lado, las directivas de Seguridad que apruebe el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, establecerán las responsabilidades necesarias, y a su vez, junto con las estrategias específicas, se constituirán como elementos retroalimentadores, y - en su debido momento - fortalecerán a los procesos fundamentales, para que finalmente se vinculen al presupuesto anual. 

De la misma forma se comportarán los procesos de soporte: El desarrollo de estudios estratégicos, y los programas y proyectos especiales para la Seguridad y Defensa Nacional; así como la Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional.

El planeamiento estratégico del Sistema de Defensa Nacional, conocido en los iniciales textos de Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional como Planeamiento Estratégico para la Defensa, se moderniza pues cambiando, de la emisión de una sola directiva a la interacción y articulación  de todos estos procesos, en el marco de una gestión que contiene un conjunto de acciones y procedimientos que deben realizar todos  los componentes del Sistema de Defensa Nacional, poniendo énfasis al fortalecimiento de capacidades, optimización del enlace interinstitucional, evaluación y supervisión que permitan garantizar la Seguridad Nacional que todos los peruanos de hoy y del mañana deseamos y debemos tener.