Mostrando entradas con la etiqueta CONSEJO DE MINISTROS. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta CONSEJO DE MINISTROS. Mostrar todas las entradas

martes, 6 de agosto de 2019

¿DE QUÉ TRATA LA SEGURIDAD NACIONAL?


LO QUE TODOS LOS PERUANOS DEBEMOS SABER: TAMBIÉN QUIENES TRABAJAN EN LA ADMINISTRACIÓN 

Cuando se hace esta pregunta a cualquier ciudadano, casi de inmediato referirán a la seguridad ciudadana, a la actividad de serenazgo, o también a la Policía Nacional. Existirán otros, principalmente los servidores públicos, y también – increíblemente – directivos y funcionarios públicos, que señalarán que la Seguridad Nacional es un tema de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional, o de los Ministerios de Defensa o Interior.

Este, es un problema de casi toda nuestra vida republicana, que debería haber quedado mejor entendido desde que en 1979 se crea el Sistema de Defensa Nacional, estableciéndose que “es obligación de todos los peruanos participar activamente en la Defensa Nacional” y que “toda persona que tenga conocimiento sobre algún acto que atente contra la Seguridad Nacional está obligada a ponerlo en conocimiento de la autoridad competente. (DL N° 22653), concepto que recoge el Tribunal Constitucional al explicar el art 38° de nuestra Constitución Política (Exp. 00143-2008-HC FJ 4)

Todos los peruanos debemos saber que nuestra norma legal de más alto nivel dispone que: 
• “El Estado garantiza la seguridad de la Nación mediante el Sistema de Defensa Nacional”, 
• “El Presidente de la República dirige el Sistema de Defensa Nacional” (Art 163). 

Y que previamente señala que “Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación…” (Art 44°)

De estos fundamentos constitucionales, de instrumentos internacionales de los que el Perú es signatario, y de la Política de Seguridad y Defensa Nacional vigente (aprobada en diciembre de 2018), entendemos que la Seguridad Nacional es la “Situación que alcanza el Estado en la que tiene garantizada la soberanía, independencia e integridad territorial, el Estado constitucional de derecho, la paz social y los intereses nacionales; así como la protección de la persona humana y los derechos humanos, mediante acciones de naturaleza diversa y carácter multidimensional, que permitan hacer frente a las amenazas y las preocupaciones, con la finalidad de crear las condiciones propicias para el bienestar general” (SEDENA, 2015).

Este concepto involucra por cierto, a todo el Sistema de Defensa Nacional, que desde 1979 con la aprobación del DL 22653 hasta nuestros días, en que rige el Decreto Legislativo N° 1129, incluye a todos los ministerios, organismos públicos, gobiernos regionales y gobiernos locales, bajo la dirección del Presidente de la República; y no puede ser de otra forma, sencillamente porque el activo más importante de un Estado es su propia estabilidad y supervivencia.

Entonces, constituye un error grave que los titulares de las entidades públicas, sus funcionarios y directivos, primero desconozcan que forman parte del único sistema funcional de responsabilidad constitucional del Presidente de la República; y después, que no programen y ejecuten actividades de su competenciafuncional relacionadas a la Seguridad Nacional, que se ven expresadas en la Política de Seguridad y Defensa Nacional y sustentadas en el enfoque multidimensional de la Seguridad Nacional.

En el Perú, este enfoque tiene su origen en la concepción doctrinaria de dos ilustres peruanos: 

• El General José del Carmen Marín, quien en términos muy simples señalaba: “no hay desarrollo sin defensa, ni tampoco hay defensa sin desarrollo”, sentencia precursora a otra que más de 20 años después, en 1994, fue incorporada  por  James Gustave Speth en el Informe de Desarrollo humano de  la Naciones Unidas dejando clara la idea que “Sin paz no puede haber desarrollo; pero sin desarrollo, la paz está amenazada.”
• Por su lado, el General Edgardo Mercado Jarrín - el más destacado geopolítico del Perú - en el marco de la X Conferencia de Ejércitos Americanos realizada en Caracas en 1973, cuestionó la limitada concepción de los fines de un Estado tradicional donde la seguridad representaba esencialmente la defensa del territorio, sin considerar los factores de desequilibrio económico-sociales, así como el complejo fenómeno de la dependencia externa y todo aquello que interna y externamente afecta sustancialmente la vida de la nación. Precisó claramente que  “Una política de Seguridad Nacional, debe permitir resolver, de acuerdo a criterios de justicia, los profundos problemas sociales y económicos internos y externos que ponen en peligro los objetivos nacionales y el ejercicio de la política de desarrollo trazada, eliminando así, como resultado derivado, los antagonismos y presiones de todo orden”.

Para enfrentar los problemas de la Seguridad Nacional, en concordancia con la Política de  Modernización de la Gestión Pública, en el año 2013 se establecieron los Procesos de  la Seguridad y Defensa Nacional (DS N°037-2013-PCM) , realizando una gran transformación en la gestión del Sistema de Defensa Nacional, pues por muchísimos años la Seguridad Nacional estuvovinculada al “Proceso de la Política Nacional” (Centro de Altos Estudios Nacionales, 2008) que tenía como producto principal a la Directiva de Seguridad Nacional. 


Los procesos de la Seguridad y Defensa Nacional son siete (07), y tres (03) de ellos son fundamentales: La Política de Seguridad y Defensa Nacional, la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, y el Planeamiento Estratégico Integral de la Seguridad y Defensa Nacional (Planeamiento de largo Plazo). Además se diseñaronprocesos complementarios  como son: Desarrollo de Estudios Estratégicos para la Seguridad y Defensa Nacional, Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional, Desarrollo de Programas y Proyectos de Seguridad y Defensa Nacional. 

Todos estos procesos deben ser planeados, programados e implementados coordinadamente mediante otrodenominado Gestión del Sistema de Defensa Nacional, que se instrumentaliza a través del Planeamiento Estratégico del Sistema de Defensa Nacional, para armonizar procesos y componentes, de manera de actuar sistémica y articuladamente, con la finalidad que los esfuerzos (de gestión: recursos humanos y económicos) no queden dispersos y sin ser vinculadosapropiadamente, de tal forma que se evite cualquier efecto negativo  en el desarrollo y la  seguridad de todos.

Por lo tanto, el antiguo concepto de Planeamiento Estratégico para la Defensa ha sido reemplazado por el de Planeamiento Estratégico del Sistema de Defensa Nacional, que resulta ser un proceso integral, permanente y dinámico, en el que se integran los procesos de la seguridad y defensa nacional para concebir acciones de carácter multidimensional que permitan hacer frente a las amenazas y  preocupaciones que afectan a la Seguridad Nacional.

El enfoque multidimensional de la Seguridad Nacional, debe ser el norte para el entendimiento de las responsabilidades institucionales en la administración pública, y también en el ámbito privado (en su función de instrumento del poder nacional), lo cual no debe confundirse con la extrema idea de convertir a la gestión pública en actividades de Seguridad Nacional, más bien entender la importancia de impulsar los principios de prevención, coordinación y articulación interinstitucional que favorecen al cumplimiento de los deberes del Estado, consagrados en nuestra ley de leyes.

El enfoque multidimensional de nuestra Seguridad Nacional, se origina a partir de los ámbitos establecidos en la Constitución Política, e incorpora diversas facetas, convertidas en Categorías de la Seguridad Nacional quedentro de ellas destaca factores, que son los elementos principales por atenderse, para evitar que afecten la gobernabilidad y los intereses nacionales. Esos factores, deben ser inventariados, vigilados y ser motivo de la implementación de planes coordinados dentro de la administración pública, derivados de los procesos fundamentales de la Seguridad y Defensa Nacional.

Pero….el gran problema que actualmente tiene el Sistema de Defensa Nacional, es que los conocimientos de la adecuada gestión del sistema que debe desarrollarse a través de los procesos fundamentales (principalmente) de la Seguridad y Defensa Nacional, son poco conocidos (por civiles y militares, que no participaron en dicha transformación), pues se construyeron entre los años 2012 y 2015, y antes que empiecen a ser implementados, fueron truncados por haberse anulado a la entidad que estuvo a cargo de gestionarlos (SEDENA); y hoy se encuentran encargados a una reducida unidad funcional (En el Ministerio de Defensa), que tiene mucha dificultad para impulsar a un sistema tan grande como la propia administración pública, pues no solo debido a supequeña organización; además se encuentra ubicada en el cuarto nivel organizacional, dentro de un componente del propio sistema, que por añadidura está encargado del campo militar, lo cual no solo le resta  iniciativa, le obstaculiza su labor, sino que también mantiene - en el imaginario de nuestras sociedad - la equivocada idea que la Seguridad Nacional es una tarea que corresponde a las Fuerzas Armadas.

Para que se alcance  las condiciones que promuevan el bienestar general  (que a su vez nos facilite el ingreso al club de la OCDE), es importante que la administración pública actúe en concordancia a la Política de Modernización de la gestión pública; y, consecuentemente que, como integrantes  del Sistema de Defensa Nacional, implementen sus procesos fundamentales; lo cual requiere que  los funcionarios, directivos y servidores de la administración pública cumplan no solo sus responsabilidades como integrantes del Sistema de Defensa Nacional, sino también que difundan el alcance del enfoque multidimensional de la Seguridad Nacional. 

No queda duda, que estas dos acciones facilitarán la gobernabilidad y mejorarán las posibilidades para alcanzar los objetivos que inspiran nuestros intereses nacionales. Por eso, es imprescindible que el conocimiento refuerce la voluntad  como reza el casi olvidado antiguo himno pre- militar: Antes que todo el Perú!


domingo, 23 de diciembre de 2018

LA REHABILITACIÓN DE ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL

REDUNDANDO EN LA SEGURIDAD NACIONAL

En mérito al Decreto Legislativo N° 1299, el pasado mes de octubre, mediante  un acta firmada  por el Presidente de la Corte Suprema, Víctor Prado Saldarriaga, y el Ministro de Justicia, Vicente Zeballos Salinas se formalizó la transferencia de la  Gerencia de Centros Juveniles del Poder Judicial y sus órganos desconcentrados al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, lo cual significa que  todo el "Sistema de Reinserción Social del Adolescente en conflicto con la Ley Penal"  (SRSALP) dependerá de este ministerio, específicamente de la Dirección General de Asuntos Criminalísticos, conforme lo estableció la Resolución Ministerial N° 0483-2018-JUS, emitida el 09 de noviembre de 2018.

Así, esta dirección general no solo es ahora responsable de crear, estudiar y proponer medidas políticas destinadas a combatir la delincuencia de manera rápida, firme y eficaz, así como proponer mejoras del sistema penitenciario que favorezcan la reinserción de las personas encarceladas en nuestra sociedad, pues también tiene el gran reto de colocar en práctica sus propuestas para el mejor diagnóstico y rehabilitación de los adolescentes en conflicto con la ley penal.

No es poca cosa, se trata de 10 centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación (CJDR),  y 25 centros de orientación al adolescente (SOA), ubicados (los CJDR) en Lima, Ancón II (Anexo), Santa Margarita, Alfonso Ugarte (Arequipa), El Tambo (Huancayo), José Quiñones Gonzales (Chiclayo), Marcavalle (Cusco), Miguel Grau (Piura), Pucallpa y Trujillo; asi como  los SOA (régimen abierto: no quedan encerradosl) de Lima Este, Lima Norte, Rímac, Callao, Ventanilla, Arequipa, Ica, Tumbes, Cañete, Huaura, Chiclayo, Trujillo, Huancayo, Huancavelica, Chimbote, Sullana, Paucarpata, Ayacucho, Puno, Madre de Dios, Cusco, Huaraz, Pucallpa, Iquitos y Huánuco.

Sin duda que el centro juvenil de mayor renombre es el de Lima, donde solo este año se produjeron al menos tres motines, con quema de colchones y toma de rehenes, aunque sin fugas espectaculares como la ocurrida en el año nuevo de 2013, en que el sicario juvenil  Alexander Manuel Pérez Gutiérrez alias "Gringasho", contando con la miopía del tutor de servicio, escapó (cruzando varias rejas, puertas y seguridad  en su camino) junto con otros adolescentes recluidos, desde el patio de mayor seguridad  de la mencionada instalación.

Este centro estigmatizado como “Maranguita” por la ubicación que tiene desde que se creó en 1945,  viene tratando, como todos los centros del sistema, de apostar a una auténtica rehabilitación del adolescente en conflicto con la Ley Penal y promover su reinserción social, basados no solo en la experiencia adquirida en el transcurso de los años y en concordancia con las normas nacionales e internacionales sobre los derechos de los niños y adolescentes,  sino también empleando un marco teórico,  que incorpora el enfoque socioeducativo y sistémico, y la metodología de intervención formativo – preventiva – psicosocial, diferenciando dos modalidades de intervención (medio cerrado / medio abierto), fundamentados en la razón, la fe y el afecto, a fin de garantizar la resocializacion del adolescente en conflicto con la ley penal.

Para tal efecto se aprobó  - en el año 2013 - el "Plan Nacional  de Prevención y Tratamiento del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal" con tres objetivos de impacto: la reducción de conductas antisociales, lograr una administración de justicia eficaz y con enfoque garantista, y garantizar la resocialización del adolescente en conflicto con la ley penal y reparación de la víctima.

En el aspecto de la resocialización destacó la intención de alcanzar los siguientes objetivos: mejorar la eficacia de los programas socioeducativos en medio cerrado; ampliar la oferta de programas socioeducativos de medio abierto; y desarrollar programas de orientación para la ejecución de la remisión.

El referido plan, considerado como la, primera política  anti criminal que dictó el Consejo Nacional de Política Criminal (sic) , desafortunadamente no ha tenido avance significativo,  especialmente en lo que se refiere a la resocialización, persistiendo las mismas condiciones que originaron el plan, el cual fue diseñado para alcanzar sus objetivos a fines del presente año, pronto a fenecer. 

Y así, aún:
  • Existe limitada oferta de centros juveniles para ejecutar las medidas socioeducativas, especialmente en medio cerrado, lo cual conlleva a la sobrepoblación de ellos, dificultando el control y los propios aspectos socioeducativos.
  • La inadecuada infraestructura de los centros juveniles no permite que los programas de tratamiento sean aplicados según las normas establecidas en el SRSALP.
  • No se cuenta con destacamentos policiales en la mayoría de los centros juveniles de medio cerrado para el resguardo externo, y tampoco se ha desarrollado la especialización policial para la administración de menores.
  • No se dispone con el personal de tratamiento suficiente para dar una adecuada atención, y muchos de ellos no cuentan con la especialización o actualización necesaria.

Lo más grave es que, como en el caso de la fuga de alias "Gringasho", los directamente responsables de la seguridad y del tutelaje de la rehabilitación, se encuentran comprometidos en las fallas de los procesos que se realizan en los centros juveniles de medio cerrado. 

Al revisar las posibles causas encontramos que los tutores (quienes acompañan a los adolescentes permanentemente, bajo un ciclo de 24 por 48 hrs) tienen como remuneracion, aproximadamente 1,500 soles, lo cual sumado a la permisividad de los agentes de seguridad (con remuneración similar) ingresan cualquier artefacto que les sea requerido por los adolescentes, a quienes se supone deben vigilar y orientar.

Por otro lado, existe poco resultado en la reinserción de los adolescentes que salen de los medios cerrados, quienes no consiguen trabajo, engrosando al grupo de los que ni trabajan ni estudian, por lo que después de un tiempo (como sucede con adultos que egresan de las penitenciarías), recurren nuevamente al delito para obtener ingresos que les permita atender sus necesidades.

Es importante que se entienda claramente que de no efectuarse la implementación de medidas de manera articulada, coordinada multisectorialmente y en los tres  niveles de gobierno, como lo detalla la Política de Seguridad y Defensa Nacional, que el pasado 20 de diciembre cumplió un año de publicada, seguiremos sin solucionar, no solamente los problemas de rehabilitación y reinserción de los adolescentes en conflicto con la ley penal, sino también de aquellos adultos que salen de las penitenciarías, colocando en riesgo la seguridad ciudadana, la imagen del país, afectando la economía, la gobernabilidad y la seguridad nacional.

Feliz Navidad!  #ElPerúPrimero


miércoles, 5 de diciembre de 2018

EL NUEVO PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018-2023

LA IMPORTANCIA DE NO COMETER LOS MISMOS ERRORES


Cuando al ciudadano común y corriente se le pregunta sobre seguridad, de inmediato lo relacionará con su propia protección y la de su entorno inmediato: la seguridad ciudadana; y señalará que los avances son muy pocos o nulos. Algunos responsabilizarán directamente al gobierno (Ejecutivo) y con ellos a la Policía. Otros adicionalmente, lo relacionarán con la municipalidad a través del servicio de serenazgo; pero escasas personas denotarán la participación de los propios ciudadanos, la sociedad civil, el sector privado y los medios de comunicación para enfrentar la inseguridad ciudadana.

Este año, se dará por terminado el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana (PNSC)  2013-2018 , para dar paso a uno nuevo que empezará a regir a partir del año 2019. La propuesta fue elaborada por una comisión multisectorial que ha sostenido más de 30 sesiones de trabajo, desarrolladas entre los meses de marzo y octubre del presente año, para que finalmente el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) lo apruebe por unanimidad, el pasado 06 de noviembre.

La comisión multisectorial comprendió a los representantes de los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, Educación, Salud, Economía y Finanzas, Relaciones Exteriores, Transportes y Comunicaciones, Mujer y Poblaciones Vulnerables y Desarrollo e Inclusión Social. Asimismo, de la Policía Nacional del Perú, del Instituto Nacional Penitenciario y la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Por otro lado, se consideró la participación de los representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Asamblea Nacional de Presidentes Regionales, Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), Municipalidad Metropolitana de Lima, Sociedad Nacional de Seguridad y otras instituciones, en calidad de invitados.

A fin de contar con la participación de los directamente afectados, el Ministerio del Interior (CONASEC), comunicó el pasado 23 de noviembre que los ciudadanos podrían remitir sus opiniones, comentarios y sugerencias de los ciudadanos para mejorar la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, hasta el día de hoy, 05 de diciembre de 2018. Con la recolección de aportes, se procesarán las opiniones y sugerencias a fin de ser incluidas en la versión final del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023. Buena intención, que hubiera sido más productiva si se hubiera efectuado con mayor difusión.

A diferencia del plan por fenecer, la propuesta no refleja haber sido abordada bajo un esquema metodológico sólido, a pesar que incluye enfoques transversales interesantes y componentes de intervención (que solo son citados en un gráfico).

La propuesta presenta una evaluación engañosa del PNSC anterior, pues señala que “se aprecia que se alcanzó el cumplimiento de la meta en referida a la violencia contra la mujer, niños, niñas y adolescentes. Con respecto a los otros tres indicadores, se aprecia un cumplimiento parcial en torno a la victimización y reingreso de internos a establecimientos penitenciarios. El indicador relacionado a la prevalencia de consumo de drogas fue sólo medido hasta el año 2014”, soslayando cual ha sido el avance en la solución a las causas directas de la violencia y el delito que aún siguen incidiendo en la  ciudadanía.

Por otro lado, no se observa que se haya recogido informes de las principales ciudades afectadas por la violencia y el delito. Tampoco se señala haber tenido en consideración a la Política de Seguridad y Defensa Nacional publicada en diciembre de 2017, ni la situación de funcionamiento (en la materia específica) en las Oficinas de Seguridad y Defensa Nacional de las entidades públicas, particularmente en los gobiernos regionales y locales, y por último se desconoce la efectividad que han tenido los comités de seguridad ciudadana.

Estos aspectos dificultarán que el problema nacional sea resuelto adecuadamente, lo que  puede apreciarse rápidamente al compararse los objetivos estratégicos de los planes nacionales (del que está por terminar y de la propuesta aprobada)



Como puede observarse, los objetivos de la propuesta son más reactivos, y a pesar que se señala que la seguridad ciudadana es un problema que debe atenderse multisectorialmente (y en todos los niveles de gobierno), no queda claro que la responsabilidad sea de todos los componentes del Sistema de Seguridad Ciudadana y menos de la relación que se tiene con el Sistema de Defensa Nacional y con los instrumentos del poder nacional.

A pesar, que se puntualiza que en el PNSC 2013-2018 “la mayoría de indicadores a nivel de actividades se encuentran relacionados con la entrega de determinados productos (mapas, planes, actas, normas); o como productos de acciones específicas de sensibilización (eventos, charlas, talleres, cursos)” la propuesta contiene indicadores similares, que no miden el resultado final, es decir que no podrá determinarse el cambio de la situación problemática.

Se ha hecho bien en priorizar y focalizar algunos aspectos y territorios, pero no se ha debido dejar de lado aquellos aspectos que no fueron implementados como por ejemplo:

-       Fortalecimiento de capacidades de los gobiernos regionales y locales para que sus planes sean adecuadamente formulados y puedan ser articulados con los planes de desarrollo concertados (incluso cambio de éstos), y principalmente incluidos en los planes operativos. Nótese que, es muy probable que las asignaciones presupuestales de este plan no estén siendo consideradas en el presupuesto anual 2019.

-       Participación de los medios de comunicación social, que están presentes para informar la comisión del delito, pero ausentes (con pocas excepciones) en la labor educativa y de prevención que, como instrumentos del poder nacional, les corresponde.

-       Participación efectiva de las juntas vecinales: Los ciudadanos se quejan mucho y participan poco en actividades de prevención e información de situaciones de riesgo que a diario observan y que no comunican a las autoridades, muchas veces para no hacerse problemas, lo cual indica la necesidad de mejorar los canales de comunicación.

-       Estudio de modificaciones legales para que los agresores no sean liberados sin haber sido sancionados: De las diferentes quejas ciudadanas es fácil inferir que existe un vació legal por resolver.

-       Fortalecimiento de la especialización de la policía nacional

-       Articulación con el sistema de defensa nacional para la atención de otras amenazas a la seguridad nacional, que luego afectan a las personas y ciudades.

La seguridad ciudadana es un problema de los gobiernos locales, que cuando se deja de atender adecuadamente  se convierte en un problema nacional, como en nuestros días. Si se deja de implementar las acciones para mejorarla de manera efectiva, estaremos comprometiendo la imagen del país, la economía nacional y finalmente la seguridad nacional.

De allí la necesidad de plantear adecuadamente el problema, sin disimular los errores cometidos en la poca implementación del PNSC 2013-2018, y también cuidando en no volver a repetir los mismos errores; por tanto es menester nacional que el trabajo esté sustentado metodológicamente. 

Debe tenerse presente en todo momento, lo que la propia propuesta señala, en cada una de sus páginas: El Perú Primero

martes, 27 de noviembre de 2018

MODERNIZACIÓN DEL PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO DEL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

CLAVE PARA AVANZAR EN PROVECHO DE LA SEGURIDAD NACIONAL

En diciembre de 2012, mediante Decreto Legislativo N° 1129 se reguló la naturaleza, finalidad, funciones y estructura  del Sistema de Defensa Nacional, el cual garantiza la Seguridad Nacional, para la afirmación de los derechos fundamentales y el Estado constitucional de derecho, en el marco de una gestión pública moderna, razón por la que el ámbito de aplicación de dicho sistema, se encuentra en todo el territorio de la república, comprendiendo a los organismos públicos, personas naturales y jurídicas de nacionalidad peruana, quienes están obligadas a participar en la Defensa Nacional, conforme  lo establece la Constitución Política del Estado.

El Sistema de Defensa Nacional (llamado por algunos como Sistema de Seguridad y Defensa Nacional), compuesto por todas las entidades públicas del Estado, es - sin duda - el sistema funcional de mayor importancia en el país, ya que de su buen funcionamiento depende la gobernabilidad y por último la supervivencia de la Nación, razón por la que constituye en el único sistema funcional de responsabilidad constitucional del Presidente de la República.

Para su funcionamiento tiene como órgano de más alto nivel de decisión política y de coordinación estratégica al Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, que también es encabezado por el Presidente de la República, y que ahora – en reemplazo de la desaparecida Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA) – cuenta con una unidad funcional (dentro del Ministerio de Defensa), como la entidad responsable de la gestión del sistema a fin de articular el funcionamiento de sus componentes.

Para garantizar la Seguridad Nacional, el Sistema de Defensa Nacional desarrolla los Procesos de la Seguridad y Defensa Nacional teniendo como base las Políticas de Estado, la Concepción Política Estratégica y la Concepción Estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional. Dicho procesos, fueron concebidos para interrelacionarse tanto para la conducción política, como para la conducción estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional y se clasificaron en procesos fundamentales y procesos de soporte.

Los procesos fundamentales son: La Política, la Estrategia, y el Planeamiento Integral de la Seguridad y Defensa Nacional, mientras que los procesos de soporte o complementarios son: El desarrollo de estudios estratégicos, de programas y proyectos especiales para la Seguridad y Defensa Nacional, la Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional, y finalmente la Gestión del Sistema de Defensa Nacional.

El concepto que  primigeniamente se tuvo para interrelacionar los procesos de la Seguridad y Defensa Nacional se basó en la definición de una ruta crítica que colocaba a los procesos en dos ejes: el largo plazo, y el corto y mediano plazo, todos basados en la Concepción Política  Estratégica y la Concepción Estratégica de Seguridad y Defensa Nacional.
Para el largo plazo, se visualizó que el Planeamiento Integral de la Seguridad y Defensa Nacional, alineado con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, establezca las previsiones que determinen y preparen los recursos del Estado en los diferentes niveles de gobierno para hacer frente a las necesidades de desarrollo sostenido en condiciones de paz y seguridad.

Para el corto y mediano plazo, se estableció que la Política de Seguridad Nacional, determine  los lineamientos generales para alcanzar los Objetivos de Seguridad y Defensa Nacional, así como para orientar la formulación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, nunca antes desarrollada en la historia republicana nacional.

Esta estrategia nacional, determina el empleo ponderado de los instrumentos del Poder Nacional para alcanzar los objetivos propuestos en la Política de Seguridad y Defensa Nacional, constituyéndose como elemento de coordinación entre los distintos componentes del Sistema de Defensa Nacional y la sociedad, a partir de una perspectiva multidimensional de la Seguridad Nacional.

Tanto la Política como la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, así como las previsiones para el largo plazo, se deben interrelacionar para establecer las responsabilidades de los componentes del Sistema de Defensa Nacional, por medio de la Directiva de Seguridad y Defensa Nacional, como también por directivas específicas y lineamientos que permitan su implementación, a través de la gestión del Sistema de Defensa Nacional.

Para este propósito, es necesario tener en cuenta que por ser de interés público y de necesidad nacional, el Sistema de Defensa Nacional, amoldándose a la Política Nacional de Modernización de la gestión pública, cambia su planeamiento estratégico, articulando a sus siete procesos, lo cual se inicia analizando el Acuerdo Nacional y su vinculación al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, entendiéndose que este último instrumentaliza las aspiraciones para el futuro del Perú.

En base a ellos, la Concepción estratégica del gobernante y su correspondiente Concepción Estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional, son tamizadas por la Realidad Nacional, que nos revelará las necesidades públicas de seguridad permitiendo que se emita la Política de Seguridad y Defensa Nacional.

Simultáneamente el proceso denominado Planeamiento Estratégico Integral para la Seguridad y Defensa Nacional (que no debe confundirse con el Planeamiento Estratégico del Sistema de Defensa Nacional) se desarrolla alineado al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y coordinado – como elemento inspirador – con la Política de Seguridad y Defensa Nacional. 

De la interacción de los procesos fundamentales, se debe formular el Plan Estratégico para la Seguridad y Defensa Nacional, como último instrumento clave para instrumentalizar la Política de Seguridad y Defensa Nacional, lo cual reforzará la inclusión de las acciones necesarias que garanticen la seguridad nacional en los Planes Sectoriales Multianuales, en los Planes Estratégicos Institucionales, y principalmente en los Planes Operativos Institucionales, que aplican el Presupuesto Nacional.

Por otro lado, las directivas de Seguridad que apruebe el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, establecerán las responsabilidades necesarias, y a su vez, junto con las estrategias específicas, se constituirán como elementos retroalimentadores, y - en su debido momento - fortalecerán a los procesos fundamentales, para que finalmente se vinculen al presupuesto anual. 

De la misma forma se comportarán los procesos de soporte: El desarrollo de estudios estratégicos, y los programas y proyectos especiales para la Seguridad y Defensa Nacional; así como la Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional.

El planeamiento estratégico del Sistema de Defensa Nacional, conocido en los iniciales textos de Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional como Planeamiento Estratégico para la Defensa, se moderniza pues cambiando, de la emisión de una sola directiva a la interacción y articulación  de todos estos procesos, en el marco de una gestión que contiene un conjunto de acciones y procedimientos que deben realizar todos  los componentes del Sistema de Defensa Nacional, poniendo énfasis al fortalecimiento de capacidades, optimización del enlace interinstitucional, evaluación y supervisión que permitan garantizar la Seguridad Nacional que todos los peruanos de hoy y del mañana deseamos y debemos tener.

domingo, 28 de octubre de 2018

POR DIOS Y POR LA PATRIA


RECONOCIMIENTO REAL Y EFECTIVO A LOS VETERANOS DE GUERRA Y PACIFICACIÓN NACIONAL

"Cuando el peligro acecha - y no antes - Dios es venerado y el Soldado es solicitado; pero cuando el peligro ha pasado, Dios es olvidado y el Soldado, vilipendiado".

Una frase que en el día del Señor de los Milagros cobra singular relevancia, pues no solo acudimos a la parte final de nuestra tradicional muestra de fervor religioso, originado a partir del terremoto de 1655, y siguentes, que motivaron que  la sociedad limeña invoque clemencia al Todopoderoso; también  porque la reciente Ley N° 30826 ha declarado "el día 26 de octubre de cada año, como fecha destinada a honrar y reconocer el valor y patriotismo de los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía  Nacional que participaron en los conflictos armados en defensa de la soberanía  nacional y en el proceso de pacificación nacional, lucha contra el terrorismo y defensa de la democracia".

Dios y Patria es un binomio, presente en nuestra vida republicana, forjada por hombres con uniforme desde los inicios, cuando solo eramos "un conjunto de grupos étnicos diversos con relaciones a veces conflictivas entre ellos" (Contreras y Cueto, 2013).  

En la actualidad, pareciera que las cosas no cambiaron mucho: las relaciones entre algunos grupos  de peruanos (de distinto color, pero ahora político) siguen siendo conflictivas, y; las mujeres y hombres  con uniforme - siguiendo sus principios y patrióticos valores - continúan entregando su invalorable servicio en beneficio de todos los ciudadanos.

Y aunque los hombres y mujeres que ahora laboran en las Fuerzas Armadas y Policía Nacional (y sus familias) siguen enfrentando peligros y asumiendo riesgos, persiste el mal agradecimiento de muchos que olvidaron que nuestra Patria se contruyó sacando brillo a espadas y sables que  modelaron nuestro país para ser  la sociedad peruana que hoy aspira ingresar al primer mundo.

Muchos olvidaron que cuando nadie podía gobernar el Perú, lo hicieron los de uniforme; otros ni siquiera pueden reconocer los rostros de los héroes que sacrificaron sus vidas por el honor y defensa de nuestra integridad territorial; y también hay tantos que aún soslayan que viven en un clima de paz y mejores condiciones económicas, porque - gracias a Dios - hubo una generación de personas uniformadas que pelearon por nuestra soberanía nacional, y que además enfrentaron a la insanía terrorista que amenazaba con destruir nuestro orden democrático.

Hizo bien el Congreso de la República, como en los paises del primer mundo, en dedicar una fecha conmemorativa para no olvidar jamás que existen personas -que aunque ya no llevan puesto el uniforme de la Patria-   se les debe honrar y reconocer por siempre, pues lo dieron todo por una sociedad más segura.

Ahora, este reconocimiento debe ser real y efectivo, como de buen cristiano, y no solo de palabra o para la foto; no como lo hiciera el gobierno de PPK que incumplió su palabra.

Hay que honrar a los veteranos de guerra y la pacificación nacional como sí lo hizo el Congreso de la República  haciendo efectiva la equivalencia de sus pensiones, obedeciendo al sencillo razonamiento de: A mayor grado militar, mayor pensión; y a igualdad de grado corresponde pensión equivalente; y no como se venía ejecutando olvidando que "los actuales pensionistas que menciona el D Leg 1133" (en su segunda disposicion complementaria) son en - su gran mayoría - los soldados de ayer que nos dieron la paz y tranquilidad de hoy.

¡Honor y Gloria a los veteranos de guerra y de la pacificación nacional!

Jamás olvidemos que gracias a ellos gozamos la paz de nuestros días. 

!Qué los políticos, jueces y sociedad en general sean consecuentes con este reconocimiento!; 

¡el Tribunal Constitucional también!

jueves, 4 de enero de 2018

NUESTRA INCOHERENTE SEGURIDAD


...Y NUESTRA CONSTANTE INDOLENCIA

Si dicen que Dios es peruano, y pareciera serlo... debemos rezarle más para solucionar nuestras dificultades, pues a pesar de la casi permanente crisis del último año, a pesar de la inexistente articulación del Sistema de Seguridad Nacional (de Defensa, de acuerdo a la Constitución), supervivimos  como nación, aunque en medio de amenazas a la seguridad de todos, que aparentemente solo se combaten en el papel mas no en la vida real. Y por eso a diario seguimos teniendo problemas de inseguridad que afectan la vida ciudadana y de la que solo nos damos cuenta después de cada tragedia.

Nos hemos acostumbrado a las acciones reactivas y parece no importarnos.¿Cuánto dinero perdemos por nuestra falta de previsión? ¿Cuántas vidas colocamos en peligro por falta de articulación y coordinación?

Acaba de renunciar el segundo Ministro de Defensa del gobierno de PPK, gestión presidencial que empezó con el Decreto Supremo N° 061-2016-PCM que fusionó la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA) al Ministerio de Defensa, lo cual hasta la fecha sigue sin implementarse, pues aún no existe  un órgano dedicado a la tarea de gestionar y articular un sistema compuesto por todos las entidades públicas. La fusión de ambos organismos es una repetición de lo hecho en 2003, sin resultados positivos, pues desafortunadamente los Ministros no desarrollaron acciones en provecho de la Seguridad Nacional, limitándose al ámbito de las Fuerzas Armadas.

El pasado 22 de diciembre se publicó la Politica de Seguridad y Defensa Nacional, aprobada con Decreto Supremo N° 012-2017-DE, la misma que fuera diseñada, formulada y articulada por la desaparecida SEDENA. De hecho hay muy pocas variaciones en el contenido de dicha política nacional, pues su elaboración original obedeció a un trabajo metodológico y articulado; y la realidad nacional -en términos de seguridad- no ha variado significativamente. Ahora hay que hacerla realidad mediante un proceso de implementación, que también fue pautado antes de este ciclo.

Entonces, quien asuma el compromiso de colocarse el fajín de Ministro de Defensa deberá tener en cuenta que su función trasciende a las Fuerzas Armadas o a la gestión de riesgo de desastres (de rectoría de la PCM), de lo contrario seguiremos jugando a "ferrocarril carril carril" abandonando la gestión y articulación del sistema funcional de mayor importancia del Perú (de responsibilidad constitucional del Presidente de la República), que simple y lamentablemente no ha funcionado por falta de voluntad, de conocimiento,  o de tiempo, con la consecuente pérdida de millones de soles (por no enfrentarse adecuadamente a las amenazas), colocándonos en riesgo y peor, con la pérdida de vida de muchos peruanos.

La historia lo juzgará.

viernes, 24 de noviembre de 2017

GRATITUD ETERNA CON LAS FFAA Y PNP QUE LOGRARON LA PAZ DE NUESTROS DÍAS


EQUIVALENCIA EN LAS PENSIONES: A IGUAL GRADO, IGUAL PENSIÓN


Para nadie es novedad (salvo aquellos que ignoran la realidad nacional) que la vida de un militar o de un policía es muy diferente a la del ciudadano común que goza de todas las libertades, y que a diferencia de los uniformados, su familia no está pensando si retornará con vida  esa noche, esa semana, ese mes o ese año. 

Es una vida en la que se renuncia a la libertad de opinión y de expresión (no deliberancia);a elegir el lugar de residencia (se vive en el lugar donde lo destinan); transitar libremente por el territorio nacional (si se quiere viajar, se requiere autorización), a participar en la vida política; a formular peticiones colectivas; al disfrute del tiempo libre (limitado por razones del servicio); a reunirse por fines políticos; a prestar trabajo sin su libre consentimiento; a la jornada de 8 horas diarias o 48 semanales; a pertenecer a un sindicato o hacer huelga; a participar de la vida política; a ser elegido, entre otros. 

Una vida que incluso, por largo tiempo, (hasta la promulgación de la Ley 28359)  si se laboraba durante el tiempo libre, era pasible de ser pasado a la disponibilidad, porque es una profesión, una vida que se entrega 24 horas al día al servicio del país.

En los tiempos de guerra (como la librada contra el terrorismo y en defensa de la soberanía nacional durante los 80',90' y principios del siglo), las limitaciones obviamente fueron mayores, los riesgos superiores y el peligro incluía a  toda la familia. 

Gracias a los sacrificios de esos miles de peruanos, gozamos de la paz de nuestros días y de la posibilidad de desarrollo que la seguridad garantiza. Esta situación por cierto no es exclusiva de quienes estuvieron en filas solo en esos tiempos, lo ha sido siempre; y gracias a esos hombres y mujeres (ahora), la sociedad tiene la garantía de estar protegida: basta recordar quien puso las cosas en orden en el terremoto de Pisco, o en el reciente Niño Costero.

Por esta razón, la sociedad a lo largo de nuestra historia ha reconocido y ha dado distinción a este grupo humano que entrega su vida (y la de sus familias) al servicio de la Patria; y como parte de este reconocimiento ha distinguido sus vidas con un régimen laboral y previsional diferente, especial. No se trata de la Ley 19990, ni la Ley 20530 (de la que trata la modificación constitucional) ni de cualquier otro régimen en el que se goza de todos los derechos de cualquier ciudadano, estipulados en nuestra carta magna.

Mas allá de este razonamiento que responde a nuestra historia y a la historia universal (porque así y mejor se reconoce a los veterenos en otros paises), en los últimos años se generó una situación de maltrato con los pensionistas del régimen del DL N° 19846, a partir de una traición más de quien se levantara en armas, con el desprecio de sus camaradas pero con el aplauso de políticos que no comprenden o entienden la importancia que tiene para el país el hecho de conservar el ethos militar de sus FFAA. 

Maltrato contra la generación de quienes despreciaron la actuación de Locumba, dejando de ejecutar lo que el sentido común señala: a igual grado, corresponde similar pensión; a mayor grado corresponde mayor pensión. 

Revisemos el texto del DLeg N° 1133:
Los actuales pensionistas del régimen de pensiones del Decreto Ley N° 19846 (¿quiénes?:Los actuales) (Actuales, ¿cuándo?: en diciembre de 2012) percibirán además de la pensión y de los beneficios que actualmente vienen percibiendo, el monto equivalente  al incremento de la remuneración  que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el grado en base al cual percibe su pensión.

Dicho más claro, los pensionistas al 9 de diciembre de 2012 (que eran los actuales de ese momento) les corresponde percibir lo que estaban recibiendo mensualmente, más el monto del incremento que se otorga al personal en actividad. Pero, (aquí viene una de las traiciones y la venganza) a pesar que se señala claramente "los actuales pensionistas", quienes tuvieron esa condición (de actuales pensionistas) fueron soslayados del  "incremento de la remuneración  que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en en Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú".

En la práctica los nuevos pensionistas (a partir de 2013)  fueron los que recibieron el incremento monetario, mientras que los "antiguos" (los "actuales" al 9 de diciembre de 2012) fueron "castigados" , y no se destinaron los fondos que el Estado otorga a este régimen especial. Al no ser escuchados, se recurrió diversas acciones, pero no hubo voluntad de cumplir la ley, lo cual fue recogido por los candidatos presidenciales quienes se comprometieron  a corregir esta ilógica inequidad.

Como el Presidente PPK no dio muestras de cumplir el compromiso hecho, el Congreso de la República intervino para enmendar la injusticia, el incumplimiento de la Ley, que antojadizamente no era aplicado; y así tras idas y venidas promulgó por insistencia la Ley N° 30683, cuya parte medular, en realidad, tiene el mismo significado que lo escrito en el D Leg N° 1133; son palabras distintas pero que traducidas en soles son exactamente equivalentes. 

Observemos el texto del artículo único de la Ley N° 30683:
"Los pensionistas del régimen de pensiones del Decreto Ley N° 19846, perciben como pensión un monto equivalente a la remuneración consolidada que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el grado remunerativo al cual perciben su pensión de conformidad con los artículos  5, 10, 39, y 41 del Decreto Ley 19846 y sus normas modificatorias y complementarias".

Para tener presente, en diciembre de 2012, antes del D Leg N° 1133 (y 1132), no existía la remuneración consolidada. Ésta es igual a la remuneración de la época más el incremento otorgado en la nueva estructura especificada en el DLeg N° 1132.

Entonces, si lo señalado en el DLeg 1133 (no ejecutado) en soles, es equivalente, es igual a lo que se norma con la reciente Ley N° 30683, ¿De qué inconstitucionalidad se habla? La Ley N° 30683, simplemente hace lo que estamos mal acostumbrados en los últimos gobiernos: Una ley para que se cumpla la ley!


¿Camino a la OCDE? 
Si eso queremos, entonces cumplamos con la ley, los compromisos y usemos el sentido común! Y sobre todo seamos agradecidos con quienes nos brindaron la paz de hoy! Qué no haya guerra por las pensiones de los veteranos, qué haya justicia!

Las FFAA y PNP serán por siempre el sustento y respaldo de la Patria!