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viernes, 2 de abril de 2021

11 DE ABRIL: LA SEGURIDAD DEL PERÚ EN NUESTRO VOTO

CUIDADO CON EL SALTO AL VACÍO

La Seguridad Nacional es la situación que alcanza el Estado, en la que tiene garantizada la Independencia, Soberanía e Integridad Territorial, el Estado constitucional democrático de Derecho, la Paz Social y los Intereses Nacionales; así como la protección de la persona humana y los Derechos Humanos, mediante acciones de carácter multisectorial en todos los niveles de gobierno, que permitan hacer frente a las amenazas y preocupaciones con la finalidad de crear las condiciones para alcanzar mayores niveles de Bienestar General y propiciar el Bien Común.

¿Cuál es la relación que existe entre este concepto doctrinario con las próximas elecciones generales y la responsabilidad ciudadana?

Todos los peruanos tenemos el deber de proteger a nuestro país, por eso este 11 de abril estamos obligados no solo a asistir a las urnas, sino también a votar con responsabilidad analizando la trascendencia de nuestro acto; votar en blanco o viciado no es una opción patriótica, tampoco lo es votar por quien ofrece cosas no realizables. No nos dejemos engañar, no nos engañemos una vez más: La seguridad de todos depende de nuestro voto responsable 

¿Por qué la seguridad del Perú está en riesgo a causa de nuestro voto? 

En nuestros días vivimos en jaque constante a nuestra estabilidad afectando la salud, la integridad de nuestras vidas, la institucionalidad, el respeto a la ley, al orden, el empleo, la economía personal, familiar y nacional. Es decir, se ha puesto en peligro, se ha perdido la vida de miles, y mellado la vida ordinaria de millones a causa de la pandemia, la corrupción y el crimen.

Necesitamos un gobernante que tenga claro el problema y la solución, por eso debemos elegir a un Presidente que verdaderamente tenga las capacidades para solucionar los problemas nacionales.

Por muchos años, la mayoría de peruanos nos hemos dejado llevar por las promesas que quisimos escuchar, sin entender que vivimos en un mundo globalizado donde importa mucho, primero respetar la ley y el orden, pues la seguridad jurídica es requisito indispensable para atraer inversiones: Ningún capital vendrá al Perú, si se patea el tablero —creando incertidumbre— por no cumplir con el orden establecido en nuestra Constitución y las leyes. 

Tengamos presente que para salir de los problemas nacionales no hay que soñar en imposibles, estamos obligados a analizar las verdaderas posibilidades, capacidades, valores, experiencia, equipo y conexiones de quien sea el gobernante que elijamos. 

Finalmente, es imprescindible la credibilidad de la persona que colocaremos como primer servidor público. Depende de nosotros elegir bien y no caer en el error de creer a quien nos propone soluciones inviables.

Todos queremos superar las dificultades que tiene el Perú, pero ¿será posible que sigamos creyendo propuestas incumplibles o incluso mentiras? 





miércoles, 31 de marzo de 2021

¡SACUDIR LA INDOLENCIA!

INFORMÁNDOSE BIEN Y VELANDO POR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY Y EL ORDEN

Desde hace más de 35 años nuestra sociedad se ha caracterizado por vivir  dentro de constantes crisis de carácter político, económico, militar o de información. Y en todo ese tiempo, la gran mayoría de peruanos se ha preocupado principalmente por encontrar mejores formas de vida para satisfacer sus necesidades personales y superación familiar, antes que tener una participación activa en la solución de los problemas nacionales. 

Algunos, con mejor estrella o con mayor atrevimiento para el emprendimiento, han logrado alcanzar o superar sus objetivos  principalmente para mejorar su estatus económico, lo cual les ha permitido tener mejores condiciones para enfrentar las diversas crisis; en cambio otros han tenido que mantener una lucha constante contra las adversidades de la vida, sea por mala fortuna o decisiones equivocadas, haciendo que curiosamente, en ambos casos, sea por necesidad o por ausencia de ella, generalmente solo relacionaron su participación política durante las consultas populares o los procesos electorales.


Es necesario recordar que en los últimos 40 años, el Perú pasó por distintos problemas como son: la guerra contra las hordas terroristas, el fenómeno de "El Niño" de diversos años, los levantamientos del Frontón, la crisis de la estatización de la banca, los conflictos con el Ecuador, la súper inflación, el "fujishock", la disolución del Congreso del 92, el levantamiento del 13 de noviembre, la interpretación auténtica, la re- reelección, la autocracia, la marcha de los cuatro suyos, la fuga y vacancia de Fujimori, "el Arequipazo", las 
protestas masivas y huelgas de maestros, agricultores y trabajadores de salud, el linchamiento de Ilave, el escándalo Mufarech, el escándalo Merino, el escándalo Almeyda, el "Andahuaylazo", la crisis del gabinete Ferrero (a causa del nombramiento de Olivera como Canciller), "el Moquegüazo", "el Bagüazo", el terremoto de Pisco, los "narcoindultos", "los petroaudios", los conflictos minero de Conga, Tía María y Las Bambas, los conflictos de la minería ilegal e informal, la omnipresencia de  la primera dama en el gobierno de Humala, las crisis del ente rector del sistema de inteligencia, la delimitación marítima con Chile, los casos de corrupción involucrados con los presidentes y su relación con las empresas del "club de la construcción", el irrespeto y desentendimiento de la separación de poderes, el topamiento político de la administración pública con personas vinculadas al Presidente, la renuncia de Kuczynski antes que lo vaquen por escándalos de corrupción, las mentiras y aprovechamientos de los gobernantes,  entre otros, han sido situaciones que precedieron a  las denuncias del Contralor y Fiscal de la Nación que devinieron en mayores problemas políticos dentro de un proceso de reconstrucción nacional  "con cambios" inacabables, seguidos por la denegación fáctica para disolver el Congreso y crisis sucesivas del Poder Ejecutivo que llevaron a los procesos de vacancia de Vizcarra por incapacidad moral permanente, el último en medio de una crisis sanitaria por la pandemia del COVID-19,  hicieron que la asunción del Presidente del Congreso como Presidente de la República (vinculado con proyectos  que afectarían a la ley universitaria, y otros presuntos intereses particulares) fueron la gota que hiciera derramar el vaso de la tolerancia de la "generación equivocada".


En noviembre del año pasado, luego de varios días de protestas "pacíficas", azuzadas por políticos e infiltrados, sin guardar el distanciamiento social en previsión a la infección del SARS-CoV-2, la  provocación y la violencia  - principalmente en Lima- provocaron el penoso fallecimiento de dos personas, lo cual sumado a los "cacerolazos" de apoyo a la muchedumbre y su repercusión mediática, hizo que gran parte del gabinete Flores renunciara forzando a que Merino (criticado por todo) presente su dimisión de manera pública, siendo celebrado en las manifestaciones de jóvenes (y también adultos) que, sin un objetivo común y menos claro, habían protestado contra la vacancia, contra la corrupción, contra Merino, contra Vizcarra, contra la Policía, y por último contra la Constitución.


Y así, la calle, las ollas y algunos medios culparon al Congreso de la República por haber generado esta inestabilidad  al aprobar la vacancia, cuando este poder del Estado cumplió con su obligación de aplicar parte del artículo 113 de nuestra Constitución que señala como causal de la vacancia presidencial "su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso", existiendo sectores que señalan  que la acción pudo haber tenido legalidad, pero a la vez acusaban que fue ilegítima, más aún cuando el Tribunal Constitucional (TC) tenía pendiente resolver una contienda de competencia, respecto a la interpretación de la incapacidad moral permanente, a pesar que dicha causal se encuentra en nuestra máxima legislación con diferente texto desde 1839 (Art  82°), 1856 (Art 83°), 1860 (Art 88°), 1867 (Art 80°), y con la atribución explícita del Congreso  desde 1920 (Art 115°), y así también en las de 1933 (Art 144°) y 1979  (Art 206°). A pocos días de tan exagerada e injustificada reacción, el TC declaró improcedente la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo (en el gobierno de Vizcarra) respecto a la vacancia por permanente incapacidad moral, dejando en off-side a todos los equivocados.


La vacancia del presidente por incapacidad realizada correctamente por el Congreso de la República, no fue la primera de nuestra historia republicana. Recordemos que José Mariano de la Riva Agüero y Sánchez Boquete, el primero en llevar el título de presidente del Perú, fue depuesto de su cargo por el Congreso en 1823. Luego, en 1914, con la figura de incapacidad moral ya establecida constitucionalmente, Guillermo E. Billinghurst fue vacado por esta causa, no sin antes intentar disolver el Congreso de la República. Y el penúltimo caso y más recordado, ocurrió en el año 2000, después que desde Japón, Alberto Fujimori enviara su renuncia por fax al Congreso, renuncia que  se decidió no recibirla y ─por mayoría simple─ como estaba regulado en ese entonces, se determinó la vacancia a su mandato por incapacidad moral permanente. 


Hoy, ad-portas de las elecciones generales es necesario recapacitar la importancia de estar correctamente informados, particularmente los jóvenes cuya mayoría tiene como fuentes a redes sociales donde cunde la desinformación. 


Es sabido que los jóvenes (sobre todo aquellos que no estudian ni trabajan) son susceptibles de ser maniobrados justamente por su situación inestable que les hace pensar que existe injusticia. Esa vulnerabilidad, sumada a su desinformación hace que grupos de poder contrarios al Perú influyan sobre un grupo de jóvenes que correctamente debe llamarse "la generación equivocada".


Se equivocaron al no analizar correctamente la situación de separación de poderes, y a la interpretación correcta de la capacidad del Congreso de la República para vacar a una persona que ocupó la Presidencia de la República y que —según parece— calculó todo su accionar político para lograr influencia en diversos sectores del Estado, de manera que tuviera la posibilidad de evadir las acciones antitéticas a la ley  y antiéticas a la función pública.


Se equivocaron al hacer caso a un sesgado médico radial que avalaba que salir a protestas al aire libre era seguro para evitar contagiarse del COVID-19, lo que fue el origen de la segunda ola que hoy vivimos.


Se equivocaron pues en seguir como borreguitos a quienes los azuzaron, sin pensar, sin leer, sin analizar y sin respetar la ley y el orden y creer en ideologías que históricamente han llevado a la ruina a muchas naciones.


A pocos días de ir a las urnas,  tanto los jóvenes de la "generación equivocada" como también todos los adultos, tienen la obligación primero de asistir y ser responsables votando por un candidato (el voto en blanco o viciado si bien puede ser una expresión de rechazo, es también una "lavada de manos" que solo contribuye a que existan partidos que puedan superar la valla electoral sin merecerlo), y para ello previamente informarse bien, no solo de los planes de gobierno (que pudieran ser muy literarios), pero también de las características personales  de los candidatos, principalmente de quien postula a la Presidencia de la República.


Entonces, es imprescindible NO ELEGIR a un Presidente que sea mentiroso, deshonesto, y que por su derrotero, por la historia de su vida, podamos determinar que estando en el poder le "interesará un pepino" velar por el bienestar del pueblo peruano o simplemente que no tenga las capacidades para conducir nuestro futuro próximo.

Sea responsable, infórmese bien; y también contribuya con el Perú: cumpla la Ley y mantenga el orden. 

 

 

Referencias

https://diariouno.pe/columna/la-vacancia-del-virrey/
https://elcomercio.pe/politica/vacancia-presidencial-destituidos-tres-mandatarios-noticia-482865-noticia/?ref=ecr
https://elpopular.pe/actualidad/2020/11/11/son-4-presidentes-vacados-congreso-37148
http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/pensamientoconstitucional/article/download/8962/9370/0
https://elcomercio.pe/politica/presidentes-peru-vacados-incapacidad-moral-informe-noticia-482083-noticia/?ref=ecr




miércoles, 5 de diciembre de 2018

EL NUEVO PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018-2023

LA IMPORTANCIA DE NO COMETER LOS MISMOS ERRORES


Cuando al ciudadano común y corriente se le pregunta sobre seguridad, de inmediato lo relacionará con su propia protección y la de su entorno inmediato: la seguridad ciudadana; y señalará que los avances son muy pocos o nulos. Algunos responsabilizarán directamente al gobierno (Ejecutivo) y con ellos a la Policía. Otros adicionalmente, lo relacionarán con la municipalidad a través del servicio de serenazgo; pero escasas personas denotarán la participación de los propios ciudadanos, la sociedad civil, el sector privado y los medios de comunicación para enfrentar la inseguridad ciudadana.

Este año, se dará por terminado el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana (PNSC)  2013-2018 , para dar paso a uno nuevo que empezará a regir a partir del año 2019. La propuesta fue elaborada por una comisión multisectorial que ha sostenido más de 30 sesiones de trabajo, desarrolladas entre los meses de marzo y octubre del presente año, para que finalmente el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) lo apruebe por unanimidad, el pasado 06 de noviembre.

La comisión multisectorial comprendió a los representantes de los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, Educación, Salud, Economía y Finanzas, Relaciones Exteriores, Transportes y Comunicaciones, Mujer y Poblaciones Vulnerables y Desarrollo e Inclusión Social. Asimismo, de la Policía Nacional del Perú, del Instituto Nacional Penitenciario y la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Por otro lado, se consideró la participación de los representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Asamblea Nacional de Presidentes Regionales, Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), Municipalidad Metropolitana de Lima, Sociedad Nacional de Seguridad y otras instituciones, en calidad de invitados.

A fin de contar con la participación de los directamente afectados, el Ministerio del Interior (CONASEC), comunicó el pasado 23 de noviembre que los ciudadanos podrían remitir sus opiniones, comentarios y sugerencias de los ciudadanos para mejorar la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, hasta el día de hoy, 05 de diciembre de 2018. Con la recolección de aportes, se procesarán las opiniones y sugerencias a fin de ser incluidas en la versión final del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023. Buena intención, que hubiera sido más productiva si se hubiera efectuado con mayor difusión.

A diferencia del plan por fenecer, la propuesta no refleja haber sido abordada bajo un esquema metodológico sólido, a pesar que incluye enfoques transversales interesantes y componentes de intervención (que solo son citados en un gráfico).

La propuesta presenta una evaluación engañosa del PNSC anterior, pues señala que “se aprecia que se alcanzó el cumplimiento de la meta en referida a la violencia contra la mujer, niños, niñas y adolescentes. Con respecto a los otros tres indicadores, se aprecia un cumplimiento parcial en torno a la victimización y reingreso de internos a establecimientos penitenciarios. El indicador relacionado a la prevalencia de consumo de drogas fue sólo medido hasta el año 2014”, soslayando cual ha sido el avance en la solución a las causas directas de la violencia y el delito que aún siguen incidiendo en la  ciudadanía.

Por otro lado, no se observa que se haya recogido informes de las principales ciudades afectadas por la violencia y el delito. Tampoco se señala haber tenido en consideración a la Política de Seguridad y Defensa Nacional publicada en diciembre de 2017, ni la situación de funcionamiento (en la materia específica) en las Oficinas de Seguridad y Defensa Nacional de las entidades públicas, particularmente en los gobiernos regionales y locales, y por último se desconoce la efectividad que han tenido los comités de seguridad ciudadana.

Estos aspectos dificultarán que el problema nacional sea resuelto adecuadamente, lo que  puede apreciarse rápidamente al compararse los objetivos estratégicos de los planes nacionales (del que está por terminar y de la propuesta aprobada)



Como puede observarse, los objetivos de la propuesta son más reactivos, y a pesar que se señala que la seguridad ciudadana es un problema que debe atenderse multisectorialmente (y en todos los niveles de gobierno), no queda claro que la responsabilidad sea de todos los componentes del Sistema de Seguridad Ciudadana y menos de la relación que se tiene con el Sistema de Defensa Nacional y con los instrumentos del poder nacional.

A pesar, que se puntualiza que en el PNSC 2013-2018 “la mayoría de indicadores a nivel de actividades se encuentran relacionados con la entrega de determinados productos (mapas, planes, actas, normas); o como productos de acciones específicas de sensibilización (eventos, charlas, talleres, cursos)” la propuesta contiene indicadores similares, que no miden el resultado final, es decir que no podrá determinarse el cambio de la situación problemática.

Se ha hecho bien en priorizar y focalizar algunos aspectos y territorios, pero no se ha debido dejar de lado aquellos aspectos que no fueron implementados como por ejemplo:

-       Fortalecimiento de capacidades de los gobiernos regionales y locales para que sus planes sean adecuadamente formulados y puedan ser articulados con los planes de desarrollo concertados (incluso cambio de éstos), y principalmente incluidos en los planes operativos. Nótese que, es muy probable que las asignaciones presupuestales de este plan no estén siendo consideradas en el presupuesto anual 2019.

-       Participación de los medios de comunicación social, que están presentes para informar la comisión del delito, pero ausentes (con pocas excepciones) en la labor educativa y de prevención que, como instrumentos del poder nacional, les corresponde.

-       Participación efectiva de las juntas vecinales: Los ciudadanos se quejan mucho y participan poco en actividades de prevención e información de situaciones de riesgo que a diario observan y que no comunican a las autoridades, muchas veces para no hacerse problemas, lo cual indica la necesidad de mejorar los canales de comunicación.

-       Estudio de modificaciones legales para que los agresores no sean liberados sin haber sido sancionados: De las diferentes quejas ciudadanas es fácil inferir que existe un vació legal por resolver.

-       Fortalecimiento de la especialización de la policía nacional

-       Articulación con el sistema de defensa nacional para la atención de otras amenazas a la seguridad nacional, que luego afectan a las personas y ciudades.

La seguridad ciudadana es un problema de los gobiernos locales, que cuando se deja de atender adecuadamente  se convierte en un problema nacional, como en nuestros días. Si se deja de implementar las acciones para mejorarla de manera efectiva, estaremos comprometiendo la imagen del país, la economía nacional y finalmente la seguridad nacional.

De allí la necesidad de plantear adecuadamente el problema, sin disimular los errores cometidos en la poca implementación del PNSC 2013-2018, y también cuidando en no volver a repetir los mismos errores; por tanto es menester nacional que el trabajo esté sustentado metodológicamente. 

Debe tenerse presente en todo momento, lo que la propia propuesta señala, en cada una de sus páginas: El Perú Primero

jueves, 29 de noviembre de 2018

EL REFERÉNDUM DEL 9 DE DICIEMBRE

PENSANDO EN LOS INTERESES NACIONALES

A pocos días de realizarse el referéndum que intenta modificar algunos artículos de la Constitución Política, pero que ulteriormente no resolverá los principales problemas de nuestro país, nadie podrá negar que la gran mayoría de la población no conoce plenamente el contenido de los proyectos de ley circunscritos a las cuatro preguntas a resolverse este 9 de diciembre, fecha épica -por recordar la batalla de Ayacucho que liberó a toda América del yugo realista - en la que también se celebra el día del Ejército del Perú, una institución cuyos integrantes han dado claras muestras de sacrificio (familias incluidas) en defensa de la soberanía nacional y la democracia, logrando, junto a policías y civiles, alcanzar las condiciones de paz que hoy vivimos.

Debido a la crisis del Consejo Nacional de la Magistratura, encargada de nombrar jueces y fiscales, se plantea, mediante la pregunta 1, si se aprueba la reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Funciones. La primera novedad es el cambio de nombre de la entidad. Importante? Trascedental? No creemos.

Lo importante radica en que los integrantes de esa institución, de acuerdo al proyecto, ya no serán nombrados "a dedo", sino que serán seleccionados mediante concurso público a cargo de una Comisión Especial, conformado por 7 autoridades. Esto sí es una buena noticia, siempre que se verifique que los candidatos efectivamente cumplan con los requisitos, particularmente lo relacionado a la solvencia e idoneidad moral, para después no tener desagradables sorpresas. Cobra, entonces, relevancia en el control público, en las tareas de la Secretaría Técnica, que estaría a cargo del MINJUSDH.

Lo malo del proyecto es que, por efecto del cambio de nombre, será necesario modificar (sic) la Ley Orgánica (¿No será aprobar una nueva?) y esperar 90 días (se entiende útiles) para poder seleccionar a sus miembros, quienes solo  así podrán revisar los nombramientos, ratificaciones, evaluaciones y procedimientos disciplinarios efectuados por los consejeros removidos por el Congreso de la República.

Entonces, no esperemos que esta Junta Nacional de Justicia empiece a funcionar de inmediato. A pesar de ello, un SI contundente es necesario para ordenar el país, colocando a los más competentes para cumplir tan importantes responsabilidades. ¡Qué así sea!

La pregunta 2 está relacionada a regular el financiamiento de las organizaciones políticas, resaltándose que  éstas tendrán tambien financiamiento público.... What!? ?...Sí, financiamiento con el dinero de todos los peruanos, ese que es escaso para tantas necesidades.

De acuerdo al proyecto la propaganda electoral en radio y televisión se efectuará mediante financiamiento  público indirecto, propaganda que, como sabemos, es siempre la de costos más elevados.

Pueda que para algunos la propuesta les parezca interesante, pero  pensemos: ¿si no se ha podido cumplir adecuadamente con la fiscalización de los procesos anteriores? ¿acaso esto no significa que aún no estamos preparados para que del escaso erario nacional se distraiga fondos con este propósito? No es el momento, no es aún adecuado para nuestra realidad política bastante desordenada.

Un cambio constitucional que resultaría ser muy popular y tal vez de rápida respuesta, es si se estaría de acuerdo con la no reelección de congresistas. Debido a la mala imagen de los integrantes del Congeso de la República, no ahora sino desde hace mucho tiempo, la gran mayoría estaría de acuerdo.

Resulta que la pregunta 3 dice a la letra: ¿Aprueba usted la reforma constitucional que prohibe la reelección inmediata de parlamentarios de la República?, ojo: no dice congresistas porque está conectada a la pregunta 4, que cambia el nombre del Congreso de la República por el de Parlamento de la República.

Por tanto, de no aprobarse el proyecto de ley sobre ese tema (pregunta 4)  se quedaría sin sustento legal el cargo de Parlamentario de la República, pues la Constitución Política del Perú no tiene dicho cargo, en ninguna parte de su texto.

Por otro lado, reflexionemos ¿Resulta útil para la solución de los problemas del país que no exista reelección de nuestros representantes al Congreso? El mal desempeño de esa entidad es consecuencia, no de la reelección de sus integrantes, sino mas bien por la falta de capacidades de muchos de ellos que les limita desempeñarse de la mejor manera en el cargo, denotándose que la gran mayoría  no conoce los procedimientos parlamentarios y que ellos los aprende sobre la marcha (aunque no todos).

Los legisladores experimentados, los que dan la talla en la representación nacional, normalmente son los que experimentan el proceso político y parlamentario, y eso sólamente se consigue en la arena del Congreso.

Por eso es importante que nuestros representantes sean bien elegidos (responsabilidad del electorado) para que cumplan adecuadamente sus funciones. Limitar su reelección no va a solucionarlo. Lo que sí podría mejorar la labor del primer poder del Estado, sería condicionar el ejercicio del cargo de congresista al cumplimiento de un programa  que mejore sus conocimientos, eso sería mucho más efectivo, y para ello no se requiere una modificación constitucional.

Considerando que la pregunta 4 ha recibido el máximo apoyo  para que se vote por el NO, esta situación traería como consecuencia que así se gane el SI en la pregunta 3, la modificación resultaría inaplicable. Por ello consideramos que un NO, es mucho mejor para el país.

La pregunta 4, que ya tiene un NO por delante, debido a la extensa propaganda en su contra (y no por sus 59 modificaciones), desafortunadamente  es un proyecto que revela haber sido formulado como si fuera un "saludo a la bandera ajena", pues no es coherente en su contenido, y es además confuso.

Sin embargo, es necesario precisar que el hecho de intentar aclarar -en el proyecto de ley por consultar -  las condiciones en que se realizaría el cierre de la Cámara de Diputados, resulta totalmente legítimo, pues empleando como base  la Constitución vigente, el tema se encuentra dentro del artículado. Debe tenerse presente que el Poder Legislativo, tiene toda la potestad de modificar los proyectos de ley, sea quien sea el proponente.

A pesar de cualquier otro argumento, al igual que los proyectos de las dos preguntas anteriores, debemos ser conscientes que aún no estamos preparados para realizar estos cambios, pues estaríamos retrocediendo al año 1992 en que  existía alto retraso en los procedimientos parlamentarios  con la consecuente postergación de los cambios legislativos requeridos para la mejor gestión pública en provecho de la ciudadanía.

El Perú,  primero necesita madurar políticamente, para lo cual es necesario contar con profesionales que respondan a un manual de perfiles de puestos en el Ejecutivo, y también con  partidos políticos sólidos, con propósitos definidos,  con representantes elegidos democráticamente y no con el peso de su sus billeteras; y,  por supuesto, con intereses que respondan a las necesidades de las poblaciones a las que representan.

Definitivamente, el NO resulta ser adecuado para esta última pregunta.

Este 9 de diciembre, honrando a nuestros héroes y a quienes defendieron la paz, tengamos presente que "de los esfuerzos de hoy depende la suerte" no de América, tampoco de nuestra Patria, pero si del correcto ejercicio de nuestra democracia.

Acudamos a las urnas, con el conocimiento de lo que conviene a los intereses nacionales, y siendo conscientes que esos intereses se cuidan haciendo bien las cosas y no como en "carrera de caballos, parada de burros".

Por el bien del país, nuestro voto será: SI, NO, NO, NO.




viernes, 24 de noviembre de 2017

GRATITUD ETERNA CON LAS FFAA Y PNP QUE LOGRARON LA PAZ DE NUESTROS DÍAS


EQUIVALENCIA EN LAS PENSIONES: A IGUAL GRADO, IGUAL PENSIÓN


Para nadie es novedad (salvo aquellos que ignoran la realidad nacional) que la vida de un militar o de un policía es muy diferente a la del ciudadano común que goza de todas las libertades, y que a diferencia de los uniformados, su familia no está pensando si retornará con vida  esa noche, esa semana, ese mes o ese año. 

Es una vida en la que se renuncia a la libertad de opinión y de expresión (no deliberancia);a elegir el lugar de residencia (se vive en el lugar donde lo destinan); transitar libremente por el territorio nacional (si se quiere viajar, se requiere autorización), a participar en la vida política; a formular peticiones colectivas; al disfrute del tiempo libre (limitado por razones del servicio); a reunirse por fines políticos; a prestar trabajo sin su libre consentimiento; a la jornada de 8 horas diarias o 48 semanales; a pertenecer a un sindicato o hacer huelga; a participar de la vida política; a ser elegido, entre otros. 

Una vida que incluso, por largo tiempo, (hasta la promulgación de la Ley 28359)  si se laboraba durante el tiempo libre, era pasible de ser pasado a la disponibilidad, porque es una profesión, una vida que se entrega 24 horas al día al servicio del país.

En los tiempos de guerra (como la librada contra el terrorismo y en defensa de la soberanía nacional durante los 80',90' y principios del siglo), las limitaciones obviamente fueron mayores, los riesgos superiores y el peligro incluía a  toda la familia. 

Gracias a los sacrificios de esos miles de peruanos, gozamos de la paz de nuestros días y de la posibilidad de desarrollo que la seguridad garantiza. Esta situación por cierto no es exclusiva de quienes estuvieron en filas solo en esos tiempos, lo ha sido siempre; y gracias a esos hombres y mujeres (ahora), la sociedad tiene la garantía de estar protegida: basta recordar quien puso las cosas en orden en el terremoto de Pisco, o en el reciente Niño Costero.

Por esta razón, la sociedad a lo largo de nuestra historia ha reconocido y ha dado distinción a este grupo humano que entrega su vida (y la de sus familias) al servicio de la Patria; y como parte de este reconocimiento ha distinguido sus vidas con un régimen laboral y previsional diferente, especial. No se trata de la Ley 19990, ni la Ley 20530 (de la que trata la modificación constitucional) ni de cualquier otro régimen en el que se goza de todos los derechos de cualquier ciudadano, estipulados en nuestra carta magna.

Mas allá de este razonamiento que responde a nuestra historia y a la historia universal (porque así y mejor se reconoce a los veterenos en otros paises), en los últimos años se generó una situación de maltrato con los pensionistas del régimen del DL N° 19846, a partir de una traición más de quien se levantara en armas, con el desprecio de sus camaradas pero con el aplauso de políticos que no comprenden o entienden la importancia que tiene para el país el hecho de conservar el ethos militar de sus FFAA. 

Maltrato contra la generación de quienes despreciaron la actuación de Locumba, dejando de ejecutar lo que el sentido común señala: a igual grado, corresponde similar pensión; a mayor grado corresponde mayor pensión. 

Revisemos el texto del DLeg N° 1133:
Los actuales pensionistas del régimen de pensiones del Decreto Ley N° 19846 (¿quiénes?:Los actuales) (Actuales, ¿cuándo?: en diciembre de 2012) percibirán además de la pensión y de los beneficios que actualmente vienen percibiendo, el monto equivalente  al incremento de la remuneración  que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el grado en base al cual percibe su pensión.

Dicho más claro, los pensionistas al 9 de diciembre de 2012 (que eran los actuales de ese momento) les corresponde percibir lo que estaban recibiendo mensualmente, más el monto del incremento que se otorga al personal en actividad. Pero, (aquí viene una de las traiciones y la venganza) a pesar que se señala claramente "los actuales pensionistas", quienes tuvieron esa condición (de actuales pensionistas) fueron soslayados del  "incremento de la remuneración  que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en en Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú".

En la práctica los nuevos pensionistas (a partir de 2013)  fueron los que recibieron el incremento monetario, mientras que los "antiguos" (los "actuales" al 9 de diciembre de 2012) fueron "castigados" , y no se destinaron los fondos que el Estado otorga a este régimen especial. Al no ser escuchados, se recurrió diversas acciones, pero no hubo voluntad de cumplir la ley, lo cual fue recogido por los candidatos presidenciales quienes se comprometieron  a corregir esta ilógica inequidad.

Como el Presidente PPK no dio muestras de cumplir el compromiso hecho, el Congreso de la República intervino para enmendar la injusticia, el incumplimiento de la Ley, que antojadizamente no era aplicado; y así tras idas y venidas promulgó por insistencia la Ley N° 30683, cuya parte medular, en realidad, tiene el mismo significado que lo escrito en el D Leg N° 1133; son palabras distintas pero que traducidas en soles son exactamente equivalentes. 

Observemos el texto del artículo único de la Ley N° 30683:
"Los pensionistas del régimen de pensiones del Decreto Ley N° 19846, perciben como pensión un monto equivalente a la remuneración consolidada que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el grado remunerativo al cual perciben su pensión de conformidad con los artículos  5, 10, 39, y 41 del Decreto Ley 19846 y sus normas modificatorias y complementarias".

Para tener presente, en diciembre de 2012, antes del D Leg N° 1133 (y 1132), no existía la remuneración consolidada. Ésta es igual a la remuneración de la época más el incremento otorgado en la nueva estructura especificada en el DLeg N° 1132.

Entonces, si lo señalado en el DLeg 1133 (no ejecutado) en soles, es equivalente, es igual a lo que se norma con la reciente Ley N° 30683, ¿De qué inconstitucionalidad se habla? La Ley N° 30683, simplemente hace lo que estamos mal acostumbrados en los últimos gobiernos: Una ley para que se cumpla la ley!


¿Camino a la OCDE? 
Si eso queremos, entonces cumplamos con la ley, los compromisos y usemos el sentido común! Y sobre todo seamos agradecidos con quienes nos brindaron la paz de hoy! Qué no haya guerra por las pensiones de los veteranos, qué haya justicia!

Las FFAA y PNP serán por siempre el sustento y respaldo de la Patria!



martes, 31 de octubre de 2017

LA LEY DE MOVILIZACIÓN NACIONAL

LOS CAMBIOS PENDIENTES EN PROVECHO DE LA SEGURIDAD NACIONAL


La normatividad legal relativa a la movilización nacional empezó a regir en nuestro país mediante la Ley N° 7864 promulgada en octubre de 1933, relacionada a las "medidas destinadas a pasar de la organización de paz a la organización de guerra", denominándose a ellas como Movilización Nacional.

Esta particularidad es incluida recién en una Constitución el año de 1979, en el capítulo referido a la Defensa Nacional y el Orden Interno de la Constitución, estableciéndose que "La ley prescribe los alcances y los procedimientos de la movilización". Posteriormente, días antes de finalizar el gobierno del General Morales Bermúdez, en julio de 1980, se publicó el Decreto Ley N° 23118 precisándose que "la movilización es un proceso permanente inherente a la Defensa Nacional" y que "tiene por finalidad adecuar el Potencial Nacional a los requerimientos de la Defensa Nacional para disponer y asignar oportunamente los recursos necesarios que permitan afrontar situaciones de emergencia que atenten contra la Seguridad Nacional".

El mencionado concepto se mantuvo con el Decreto Legislativo N° 733 de 1991 - de corta duración - que fue derogado por la Ley N° 25415 de marzo de 1992, para  restituir la vigencia del Decreto Ley N° 23118 hasta 2003 en que se promulgó la Ley N° 28101.

La Constitución Política del Estado de 1993, que motivó la actualización de la Ley precitada, con lenguaje parecido a la del año 1979, señala que la "ley determina los alcances y procedimientos de la movilización para los efectos de la defensa nacional". En esa ley, vinculante hasta nuestros días, se conceptualiza que "la movilización es un proceso permanente e integral que consiste en adecuar el poder y potencial nacional a los requerimientos de la Defensa Nacional, a fin de disponer y asignar oportunamente los recursos necesarios para afrontar situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos o desastres que atenten contra la seguridad, cuando éstos superen las previsiones de personal  bienes y servicios, así como las posibilidades económicas y financieras".

En la actualidad, de manera general el sentido de este concepto, no ha variado. En realidad podríamos afirmar que este pensamiento está enmarcado en el pensamiento global. Así, para los Estados Unidos de América la movilización "es el proceso de reunión y organización de recursos nacionales para apoyar los objetivos nacionales en tiempo de guerra u otras emergencias" (Joint Publication 4-05, 2014).

En el Perú, a pesar de haber tenido conflictos externos, guerra contra el terrorismo y emergencias de gran magnitud, la movilización nacional nunca se ha puesto en práctica bajo los términos del Decreto Ley N° 23118 o de la Ley N° 28101, lo cual no significa que una ley de esta naturaleza no sea útil. Todo lo contrario, la seguridad de la nación depende primordialmente de medidas preventivas, y las disposiciones de la actual Ley de Movilización Nacional son precisamente actividades de salvaguarda ante la posibilidad del agotamiento de medios para enfrentar situaciones de emergencia.

La Ley N° 28101, a pesar de haberse formulado con anterioridad a la publicación del Reglamento de la Ley N° 26889, Ley Marco para la producción y sistematización legislativa, tiene la estructura apropiada, distinguiéndose claramente las disposiciones generales y las partes sustantiva, procedimental y final que debe observarse en toda Ley. Es así que considera los siguientes títulos: Generalidades, el proceso de movilización y desmovilización, organismos y responsabilidades, recursos de la movilización, dechos y retribuciones, infracciones y sanciones, financiamiento y ejecución de la movilización, y, disposiciones complementarias, transitorias y finales.

La ley propiamente  contiene precisiones legalmente aceptables y acordes con nuestra realidad, sin embargo en lo que se ha fallado es en la implementación. Las etapas de planeamiento y preparación han sido soslayados en todos los niveles, empezando por los planes, empadronamientos que no se han tomado con seriedad, quizás porque a la hora de la emergencia, las Fuerzas Armadas han asumido el problema con sus propios medios o con apoyo de entidades de manera oficial, aunque sobrepasando las formalidades establecidas en los instrumentos de implementación de la ley.

La falta de asignación presupuestal, ha sido otro gran problema, limitando no, pero si anulando la posibilidad de realizar ejercicios de movilización y demovilización, con lo que se trasmitió un equivocado mensaje a la población, con el riesgo consecuente a la seguridad nacional.

En los años transcurridos desde la concepción de la necesidad de prepararnos para afrontar situaciones de emergencia - vía movilización nacional -que son casi los mismos años desde la creación del Sistema de Defensa Nacional, sus componentes son prácticamente los mismos, variándose particularmente la ubicación del ente técnico, hoy no definido en razón de no haberse implementado el DS N° 061-2016- PCM que -entre otros- fusionó a la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional al Ministerio de Defensa (algo que también se hizo en 2003, sin resultados positivos).

Los contenidos que requieren ser modificados en la Ley N° 28101 son:
  • El aspecto conceptual del planeamiento de la desmovilización, que contrariamente a lo precisado en el artículo 11°, debe realizarse en forma concurrente con la etapa de movilización propiamente dicha. No es adecuado, esperar el  momento en que se visualiza el término de la movilización para recién pensar en planear la desmovilización. 
  • Las funciones que corresponden al Consejo de Defensa Nacional (hoy Consejo de Seguridad y Defensa Nacional) deben circunscribirse al máximo nivel del proceso, vale decir: disponer la ejecución de la movilización y desmovilización, la emisión de la directiva nacional y otras disposiciones complementarias que por el nivel sea necesaria la concurrencia del Consejo. Los planes y otros documentos deben ser administrados por la entidad que gestione y articule al Sistema de Defensa Nacional.
  • Las sanciones por imponer deben ser claras, por lo que se debe corregir el artículo 36.5
  • No es adecuado mantener la posibilidad de doble sanción como lo contempla el artículo 37° de la ley.


Los aspectos de forma que requieren ser modificados, se encuentran relacionados a la actualización de los nombres de las entidades que garantizan el proceso de la movilización, para lo cual es imprescindible que se defina la situación del organismo encargado de la gestión y articulación del Sistema de Defensa Nacional, que se encuentra en el limbo legal por falta de implementación del DS N° 061-2016-PCM.

En consecuencia, para que el proceso de movilización nacional funcione adecadamente es imprescindible primero culminar las etapas pendientes de realizar desde el Ejecutivo, para luego tramitar las modificaciones sugeridas. 

Por último será necesario modificar los instrumentos de implementación que hagan del proceso una gestión práctica y útil, y que necesariamente deben encontrarse respaldados del presupuesto correspondiente. Caso contrario este proceso -importante para la seguridad de la nación- seguirá siendo un saludo a la bandera ajena. 

martes, 3 de octubre de 2017

PERÚ, PERÚ, PERÚ!!!

#PONTELACAMISETA

Estamos a pocos días de la presentación de la Presidenta del Consejo de Ministros y su gabinete ante el Congeso de la República, para cumplir con el mandato constitucional de exponer la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión, pero - como se preveía para estos días- la preocupación popular ha colocado en primer lugar a los partidos de fútbol para la clasificación al torneo mundial de Rusia 2018.

Mientras tanto, la Primera Ministra se ha dedicado a  sostener reuniones con las diferentes bncadas políticas a fin de obtener - sin dificultad - el voto de confianza del Legislativo, que le permita conducir la implementación de políticas o acciones de política, ante la ausencia de políticas conocidas. Y hacemos esta distinción porque es totalmente legal que el gobierno desarrolle acciones que persigan un fin, sin que se encuentren detallados en un documento que lleve las características de política pública, y que a este conjunto de acciones las denomine política.

En este contexto, es recomendable que se evite gobernar sin comprometer la participación de la sociedad, sin observar los problemas por resolver, sin actuar  coordinadamente, siempre conducirá a cuestionar su legitimidad e incrementará la incertidumbre que tanto daño hace a la imagen-país.
En esta segunda etapa, el Ejecutivo tiene la gran oportunidad de enfocarse en los intereses nacionales y dar muestras fácticas que ese es su verdadero norte; las palabras no valen.

Creemos que lo primero que debería hacer, es conocer cuáles son sus alcances y sus límites, para evitar la duplicidad de funciones y gasto innecesario de recursos, por lo que es de particular importancia que las autoridades (Ministros, Viceministros, Directores) y sus equipos de asesores conozcan bien  la ley y  la respeten. 
Cualquier innovación será siempre bienvenida, pero debe cuidarse que no se quede en la informalidad vg: El GORE-Ejecutivo se instauró cuando había una Comisión encargada de hacer lo mismo en la PCM; el COEN-INDECI y el COEN-MINDEF (creado para "articular la participación multisectorial del Estado en la gestión del riesgo de desastres para la atención de emergencias ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados durante el año 2017") siguen operando simultáneamente dentro de un mismo sector.

La organización es - entonces - el primer paso que el gobierno debiera adecuar, si quiere enrumbar en favor de los intereses nacionales, lo cual incluye el sinceramiento y priorización de las políticas públicas por implementar. Para este fin, a estas alturas, debe haber hecho un análisis de la realidad nacional y aceptar que los problemas del país están íntimamente a la seguridad nacional, que tercamente se niega a gestionar, a pesar que la Constitución Política le otorga tremenda responsabilidad. De no hacerlo, continuarán desarrollándose las amenazas a nuestra seguridad, como son la delincuencia común y el crimen organizado, la corrupción, el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, minería legal e informal, etc, amenazas que deben ser tratadas sistémicamente y no con esfuerzos dispersos, amenazas que impiden nuestro camino al desarrollo.

Es indispensable que la Presidenta del Consejo de Ministros, presente el reajuste de la Política General del Gobierno corrigiendo yerros,  y defina claramente los objetivos por alcanzar, señalando metas medibles, sin olvidar de considerar las promesas de campaña que hicieron que PPK logre su deseo personal: ser la primera autoridad nacional. 

En estas circunstancias, sería recomendable que el gobierno (tres Poderes) escuche el clamor del pueblo, y atienda sus necesidades, y que - de verdad - se ponga la camiseta del Perú!



martes, 25 de julio de 2017

FRUSTRACIÓN PRESIDENCIAL VS FRUSTRACION NACIONAL

¡QUÉ DIOS Y LA NACIÓN OS LO DEMANDEN!

Todos los peruanos queremos lo mejor para nuestras familias, y por tanto lo mejor para nuestro país. Por eso también deseamos que nuestras autoridades tengan éxito en sus gestiones, pues se supone que ellos velan por la población nacional y los intereses nacionales, más aún si se trata del Presidente de la República, Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, y Presidente del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional.

Para sorpresa de muchos el presidente ha manifestado que "una frustración muy grande es Chinchero. Porque yo creo que este proyecto se politizó....". Para la mayoría de los analistas, que  concuerdan que el contrato con Kuntur Wasi era lesivo para el Estado, la mayor frustración es cuánto se ha dejado de hacer en este ciclo gubernamental (un año perdido, para ser gentil) echándose la culpa al Niño Costero y al caso Lavajato (plop!).

No ha crecido la inversión, no se combatió al contrabando ni a la competencia desleal de las importaciones, la informalidad sigue avanzando, no hay progreso en la reforma del Estado, no hay pensamiento estratégico en sectores claves de la economía. No hay respeto a la institucionalidad ni a las leyes, no se reglamentan las leyes, existen decretos supremos y políticas sin implementar, tampoco se comunica bien. No hay muestras de voluntad política para la lucha contra la corrupción, tanto así que para la gran mayoría el gobierno no hace el esfuerzo suficiente en el trámite de extradición de Toledo (porque estarían involucrados el "presi" y su premier). Los maestros y los médicos siguen protestando en las calles.


El "presi", no cumple con las promesas de campaña. A pesar del avance en seguridad ciudadana, la percepción no mejora. En fin, se denota un alto grado de incumplimiento u omisión de la función pública que, a decir del código penal, es punible de pena privativa de libertad no mayor de dos años, pero -desafortunadamente - este aspecto es soslayado por el Ministerio Público.

Si todo lo anterior es grave, mucho más lo es el abandono al sistema funcional de responsabilidad constitucional de la primera autoridad: los problemas del país han dejado de planearse de manera coordinada, permitiendo que las amenazas a la seguridad no sean tratadas de manera sistémica, mostrándose ineficiencia en el gasto e ineficaficia en la acción: No se aprendió del Niño Costero, y peor:
los fondos previstos para estos fines en el Ministerio de Defensa (al haberse desaparecido a la SEDENA) que se incluyeron en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para la "formulación de políticas y directrices de planeamiento estratégico de la seguridad y defensa nacional"  se reflejan en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) con CERO SOLES, sea por desconocimiento o por falta de  voluntad política, lo cual junto a la precaria producción de inteligencia constituyen graves riesgos para la seguridad y la economía nacional que debiera corregirse este 28 de julio, a menos que se prefiera la intervención del Congreso de la República (para llamarlo obstruccionista ¿?)


También llama la atención la falta de publicidad de los más de 100 entendimientos firmados con Chile en el Congreso binacional realizado este mes. ¿Se coordinó con el Congreso de la República el contenido de ellos?


La cereza en la torta, la pone la intención de facultar y promover intereses extranjeros en nuestras zonas fronterizas. En marzo pasado se emitió el Decreto Supremo N° 001-2017-RE declarándose de necesidad pública que  cualquier Estado pueda adquirir bienes dentro de los 50 kilómetros de la frontera para la instalación de un local consular y para la residencia de funcionarios consulares, utilizando como pretexto a la Convención de Viena sobre relaciones consulares.

No señor; No, no, no!  
Esto no tiene ninguna necesidad pública. Necesidad pública son la salud, la educación y la seguridad que se descuida por dedicar mayor impulso a obras donde existen millones, que podrían favorecer a conocidas empresas.

La letra pequeña de este ciclo gubernamental pareciera ser olvidarse de los intereses nacionales, aprovechando de cualquier incidente coyuntural para disimularlo, y cuando no hay alguno relevante recurrir a la grosera actitud de "estudiar" el indulto a Fujimori. 

Tanto así se aprovecha de la coyuntura política,  que también está pasando desapercibida la Resolución Ministerial N° 334-2017-PRODUCE en la que se pone en discusión el proyecto de decreto supremo mediante el cual se  pretende conceder terrenos a empresas chilenas dentro de los 50 kilómetros de la frontera. O sea, no importa la seguridad fronteriza, menos importa las empresas nacionales. 

Por Dios y por la Patria! ¿Cuál es la necesidad pública?!

Si fuera de real necesidad pública, ¿Por qué no va Zavalita a Tacna y explica a su heroico  pueblo tremenda afrenta? 

Porque seguramente lo sacarían a patadas.