sábado, 17 de diciembre de 2022

LAVADO DE CEREBRO CONTRA LA SEGURIDAD NACIONAL

 (Publicado en el Diario Correo el 17 de diciembre de 2022)

Unos cuantos miles, arrogándose inconstitucionalmente el ejercicio del poder del pueblo, han bloqueado carreteras, causado zozobra, alarma y temor a la población empleando artefactos explosivos y otros pertrechos, ocasionando estragos y grave perturbación de la tranquilidad pública con efectos en nuestra economía e imagen internacional, todo por su infundado capricho de no reconocer el orden constitucional y democrático al haberse vacado correctamente a Pedro Castillo.

 

No reconocen a Dina Boluarte y quieren cerrar el Congreso de la República, bajo el erróneo argumento que no los representan, cuando ellos mismos los eligieron por un periodo de 5 años. Todos, incluso las actuales autoridades, tienen que entender que el ordenamiento constitucional no se debe alterar por la amenaza de una minoría que ha originado escenarios de riesgo contra la Seguridad Nacional.

 

También debe quedar claro que el estado de emergencia –en vigencia– significa efectuar acciones efectivas para recuperar la paz social, y todos los peruanos debemos aceptar que –en este periodo– está prohibido las reuniones, especialmente aquellas que generaron daño público, el cierre de aeropuertos y bloqueo de carreteras, afectando el abastecimiento. El imperio de la ley es un imperativo, no se negocia con quien viola la ley: el Perú merece respeto; ¿lo burlaréis?

jueves, 1 de diciembre de 2022

JURAMENTO O PERJURIO POR LA INSTITUCIONALIDAD DEMOCRÁTICA

 

Posible escenario de riesgo

En circunstancias de incertidumbre política –que indudablemente afectan a la imagen del Perú con repercusiones negativas para la economía nacional– Betssy Chávez Chino juramentó como Presidenta del Consejo de Ministros empleando una fórmula particularmente significativa.

Chávez, juró “por el respeto al Estado de Derecho y la restitución del equilibrio y la separación de poderes”, destacados aspectos que la Doctrina de Seguridad Nacional emplea para explicar el objeto de la Seguridad Nacional denominado “Estado constitucional democrático de derecho”.

Un objeto de la Seguridad Nacional es un aspecto prioritario del Estado que permite identificar y priorizar lo que se debe proteger y debe ser garantizado en términos de su continuidad, por cuanto su afectación pondría en grave riesgo la supervivencia del propio Estado.

En este sentido,  para garantizar el Desarrollo y la Seguridad Nacional, es importante implementar  –en la vía de los hechos– acciones para proteger el Estado constitucional democrático de derecho por ser la condición en que rige la supremacía de la Constitución Política sobre las demás leyes, la separación de poderes, la existencia de una jurisdicción constitucional, y la democracia como régimen y organización política; ordenamiento indispensable para la supervivencia de la República que no exime de su subordinación a ninguno de sus integrantes u organizaciones.

Implementar estas acciones significa no solo promover el respeto al ordenamiento constitucional, sino principalmente demostrarlo con actos, con pruebas tangibles, y no solo utilizando recursos retóricos. Respetar y cumplir lo ordenado por la Constitución y las leyes, exige asimismo tener la capacidad de entendimiento de lo que nuestras normas legales precisan; una aptitud de comprensión de lectura que permita guardar coherencia entre el discurso y los hechos, y sobre todo que irradie una conducta ejemplar a los ciudadanos.

Cuando esta coherencia no se manifiesta; o peor, si se actúa en dirección contraria a lo que se profesa, produce una pésima señal a las partes interesadas: ciudadanos y empresarios; genera mayor incertidumbre, causa desánimo y consecuentemente retrae cualquier tipo de inversión ocasionando peores efectos en el bolsillo de todos los peruanos, lo cual se refleja en el alto costo de vida y poco valor del dinero que se evidencia diariamente al intentar obtener el pan de cada día.

Los juramentos que se cumplen generan confianza, dan esperanza; aquellos que resultan en engaño, merman la credibilidad y la seguridad. La Patria necesita los primeros; también exige de buenos peruanos que demuestren su fidelidad: ¡Hay que verlos!

lunes, 31 de octubre de 2022

FORTALECER LA EDUCACIÓN E IDENTIDAD NACIONAL: UN DEBER DE TODOS LOS PERUANOS

 

Manteniéndose firme en la finalidad de contribuir con el perfeccionamiento del conocimiento científico y la capacitación especializada en favor de la Seguridad Nacional –a través de tres líneas de investigación: Seguridad, Desarrollo y Defensa Nacional– el Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN-EPG) ha cumplido 72 años de vida institucional, destacándose por ser una escuela de posgrado donde “las ideas se exponen, no se imponen”, con la tranquilidad de que tampoco se censuran.

 

El concepto de la interdependencia de la seguridad con el desarrollo –antes poco entendido– cobra mayor importancia cuando se vive circunstancias en que la carestía amenaza la seguridad de las personas y la estabilidad de la gobernabilidad, no solo ocasionada por factores externos, sino también por aquellos de orden político y social generados por actores nacionales.

 

En estas condiciones, adquiere especial relevancia el análisis académico que desarrolla el CAEN-EPG a través de doce programas de posgrado, dos revistas académicas y –desde 2018– desarrollando un evento internacional denominado “Conferencia Anual de Seguridad y Defensa”, que este año se llevará a cabo los días 3 y 4 de noviembre, bajo el tema “Conflicto Rusia Ucrania: impactos y perspectivas en América Latina”.

 

La Seguridad Nacional es un asunto que sobrepasa a las Fuerzas Armadas; por eso se sostiene en el Sistema de Defensa Nacional compuesto por todas las entidades que pertenecen al Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales, y que es presidido –conforme lo especifica nuestra Constitución Política– por el Presidente de la República, siendo este el único sistema funcional de responsabilidad constitucional del tal servidor público.

 

Entonces, debe tenerse en cuenta que los problemas de la seguridad nacional se configuran desde diversas dimensiones; y por tanto, requieren la intervención multisectorial y de los diferentes niveles de gobierno, pero que no debe de dejar de contar con la intervención de todos los peruanos.

 

Por tal razón, la educación para la Seguridad Nacional –fuera de las aulas del CAEN-EPG– es un imperativo que necesita la colaboración de toda la sociedad, para así fortalecer el civismo, el ejercicio de la buena ciudadanía y la reafirmación de nuestra identidad nacional, traducida en hechos que evidencien el compromiso de participar en la vida política nacional, presentando propuestas y también denunciando a los malos peruanos –que ocupando algún cargo público– solo se preocupan de su propio interés antes de realizar acciones en provecho del progreso y bienestar del pueblo peruano. La Patria así lo reclama.

domingo, 9 de octubre de 2022

DIGNIDAD NACIONAL: UN CONCEPTO PARA REFORZAR

 

Muchas veces en nuestra vida republicana, particularmente por conveniencia política, se ha distorsionado los hechos de nuestra historia, ocasionando confusión en la formación de la ciudadanía; y qué mejor ejemplo observar que actualmente –aunque parezca mentira– existen muchos jóvenes que creen que Abimael Guzmán fue un luchador social.

 

Hace pocos días, se cumplió 54 años de la irrupción de una Junta Militar encabezada por el General Juan Velasco Alvarado, intervención catalogada como golpe de Estado, aunque el artículo 213 de la Constitución Política del Perú señalaba que “La finalidad de la fuerza armada es asegurar los derechos de la República, el cumplimiento de la Constitución y de las leyes y la conservación del orden público”.

 

Días después, el 09 de octubre de 1968, se declaró nulos el contrato celebrado entre el Estado y la International Petroleum Company; y también el Acta de Talara; y así, el gobierno tomó posesión de los yacimientos de la Brea y Pariñas, e instituyó la fecha como el “Día de la Dignidad Nacional” por cautelarse los intereses nacionales, de acuerdo a la ley fundamental y al derecho minero.

 

El General Velasco tuvo aciertos, pero también errores, como los vinculados a la libertad contra la prensa, materializado con la expropiación de varios medios de comunicación, incluyendo al Diario Expreso. Contradictoriamente, la dignidad nacional que se resaltó ese 9 de octubre, fue mellada en 1974 al afectarse la libre expresión de quienes dirigían medios opositores a su gobierno.

Más allá de esos hechos, todos los peruanos debemos recordar –en el Año del fortalecimiento de la soberanía nacional– que la dignidad se explica por la autonomía propia, pues solamente el que sabe y puede gobernarse a sí mismo, resulta un sujeto libre; caso contrario reflejaría ser un simple súbdito pues permitiría estar bajo el dictado de otro que no respeta sus derechos o que viola la institucionalidad constitucional y democrática de nuestro Perú.

 

En esas condiciones, realmente se deja de ser un ciudadano, se pierde la dignidad y no se tiene soberanía. Y aunque la fecha, ya no forma parte del calendario cívico, debe motivarnos para recordar que la dignidad se basa en el reconocimiento de que la persona debe ser meritoria de consideración; y que –como peruanos– debemos respetarnos sin importar condición alguna. Merecemos que el fin supremo del la sociedad y el Estado no caiga en el olvido por la indolencia que aun abruma a muchos.

 

sábado, 24 de septiembre de 2022

RESPALDO NACIONAL A NUESTRAS FF.AA

(Publicado en el Diario Correo el 24 de setiembre de 2022)


Internacionalmente, las Fuerzas Armadas constituyen un importante instrumento del poder nacional, pues tienen la grave responsabilidad de proteger la independencia, la soberanía y la integridad territorial. El Perú, no es la excepción; sin embargo, pese a la evidencia histórica, por muchos años ha existido discrepancia –en algunos sectores–respecto a su participación en la vida nacional, quizás motivados porque en los inicios de nuestra república, ante la ausencia de cuadros políticos, fueron los militares quienes asumieron el gobierno; y en otros casos, por hacerlo en cumplimiento de la misión de defender la institucionalidad constitucional y democrática, sin dejar de mencionar que también hubo pasiones políticas que las afectaron.

Las Fuerzas Armadas y la sociedad en general, están obligadas a salvaguardar al Perú de los problemas que ponen en riesgo a nuestras vidas, que menoscaban las oportunidades para alcanzar mayores niveles de bienestar y que también mellan la estabilidad de la república.

 

En nuestros días, las Fuerzas Armadas –aún con medios limitados– siguen protegiendo al Perú, y sus miembros entienden con absoluta claridad su tarea constitucional, ligada principalmente a la defensa de la soberanía nacional e integridad territorial, así como al desarrollo y la defensa civil.

 

En tal virtud, es un imperativo nacional invertir en el desarrollo de sus capacidades y roles estratégicos; y al conmemorar su día institucional, el compromiso de todos los peruanos debe ser respaldarlas, sabiendo que continuarán cumpliendo con su histórica responsabilidad de defender a la Patria “contra cualquier amenaza que vaya contra nuestro amado Perú”, como lo enfatizó recientemente el jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas: “¡unidos, firmes y dignos!”.


viernes, 26 de agosto de 2022

DÍA DE LA DEFENSA NACIONAL: MENOS CELEBRACIÓN MÁS ACCIÓN

(Publicado en el diario EXPRESO el 26 de agosto de 2022) 


Cuando en 1989 se promulgó la Ley N° 25005, instituyendo que cada 27 de agosto se conmemore el “Día de la Defensa Nacional” en homenaje a la reincorporación de la heroica Tacna al territorio nacional –luego de cerca de medio siglo de cautiverio– aún se tenía el concepto limitado de la seguridad nacional vinculada exclusivamente a la protección de la integridad territorial, a pesar de que, más de cinco lustros antes, el General de División Edgardo Mercado Jarrín –en la X Conferencia de Ejércitos Americanos– cuestionó “la limitada concepción de los fines de un Estado tradicional donde la seguridad representaba esencialmente la defensa del territorio, sin considerar los factores de desequilibrio económico-sociales, y el complejo fenómeno de la dependencia externa y todo aquello que interna y externamente afecta sustancialmente la vida de la Nación”.

Actualmente debe entenderse que la Defensa Nacional forma parte de la Seguridad Nacional, y conforme a nuestra Constitución Política, todos los peruanos tenemos la obligación de participar en ella; por tanto, es necesario contribuir con el Sistema de Defensa Nacional, cuya gestión está vinculada a enfrentar a las amenazas a la seguridad de la Nación, las cuales –en nuestra realidad– se presentan en múltiples dimensiones superando al campo militar, lo que implica luchar contra la corrupción, alteración del orden interno, minería ilegal, contaminación ambiental, irrespeto a la institucionalidad democrática, ineficiencia en la gestión de la pública, entre otros, para así tener mayores oportunidades de mejorar el desarrollo, la economía y bienestar de la población.

La dirección de este importante sistema funcional es de exclusiva responsabilidad constitucional del Presidente de la República, y tiene como principal instrumento de gestión a la “Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030”, pero –desafortunadamente– ésta aún se encuentra pendiente de implementación.

Si queremos alcanzar una situación de tranquilidad, paz, estabilidad, de respeto al ordenamiento constitucional y democrático que beneficie al Perú con la recuperación de su buena imagen para la atracción de inversión privada, generación de empleo y consecuentemente mayores ingresos al erario nacional para el logro de nuestros objetivos nacionales, todos los peruanos necesitamos que el Sistema de Defensa Nacional funcione realmente, y para ello es indispensable que se ponga en práctica su política nacional.

Los hechos indican que seguimos a la deriva, postergando nuestra seguridad, desarrollo y bienestar mellando la defensa y dignidad de las personas. En estas condiciones, verdaderamente nos engañamos si pretendemos celebrar esta fecha.

domingo, 24 de abril de 2022

¿UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE?

Y…., ¿DÓNDE QUEDA EL ORDENAMIENTO DEMOCRÁTICO Y EL ESTADO DE DERECHO?

 

Nuestro ordenamiento democrático, está regido desde que nacimos como República y se encuentra sustentado en una norma principal: La Constitución Política del Perú, la cual debe ser cumplida por todos los peruanos, pues solo de esa forma podremos crecer como sociedad, pues siendo coherente con ella, a través de nuestra conducta y actos, reflejaremos ser una nación ordenada, creíble, y que reúne todos los requisitos para que la inversión privada se interese en colocar sus capitales, sin ningún temor, con certidumbre, con confianza, con seguridad.

Por tal razón, no se puede estar a favor del proyecto de ley 01744 que propone autorizar una convocatoria para la elección de representantes populares integrantes de la asamblea constituyente, toda vez que es incoherente, carece de fundamento razonable y constitucional; y no concuerda con el fortalecimiento del régimen democrático y el estado de derecho que profesamos. Debe ser declarada inadmisible. Veamos:

1.     Objeto de la ley

Se indica que tiene por objeto “superar la crisis económica, ambiental, política y social supuestamente “generada por el fracaso del modelo económico e institucional que tiene como fundamento normativo la Constitución de 1993”.

La Constitución del año 1993, establece que la iniciativa privada es libre y que se ejerce en una economía social de mercado en la que el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.

Este principio orientador ha facilitado que nuestra economía haya crecido y se haya sostenido en el tiempo, hasta junio de 2021, sin embargo, debe reconocerse que para este logro ha sido fundamental la actuación de los gobiernos, creando condiciones de certidumbre y confianza en los capitales privados, a fin que realicen inversiones dentro de un marco jurídico y una situación de paz, libre de violencia, indispensable para que cualquier inversionista coloque su dinero en condiciones de seguridad.

Es, por tanto, indispensable para la economía nacional, que se implemente una política económica con hechos y actuaciones de gobierno claras, transparentes, que garanticen la inversión para que se cumpla la orientación constitucional. Entonces, si el modelo ha funcionado muy bien en cerca de 30 años, ha sido justamente porque ha existido un buen ejercicio gubernamental, permitiendo que la economía crezca.


En consecuencia, es falso que el modelo económico haya fallado por lo normado en la Constitución de 1993.

Por otro lado, si el Proyecto de Ley tiene la intención de autorizar una convocatoria de elecciones, esa idea debe ser señalada en el objeto de la norma.

 

2.     Finalidad

La creación de una Asamblea Constituyente que elaboren una Constitución para la República del Perú, es antitética a la Constitución vigente.

Este fundamento basta para declarar inadmisible este proyecto de ley.

 

3.     ¿Por qué 300 representantes?

No se fundamenta la razón para que exista 300 representantes; ¿por qué no otra cifra?

El razonamiento empleado para el cálculo comparándola con la realidad chilena, es engañoso, y divide a la población antojadizamente para hacer el cálculo. ¿Y qué pasaría si hubieran tomado como parámetro a los Estados Unidos de América? Resultaría que como en ese país se tiene una población de 332,916,000 habitantes y 435 representantes al Congreso, por analogía para nuestro caso corresponderían solo 39 representantes.

Queda claro, entonces que el razonamiento empleado es antojadizo y nada técnico.

 

4. Autorización para convocar a la elección de representantes a la Asamblea Constituyente

No existe respaldo constitucional para que el Presidente de la República o el Congreso convoque a elecciones para una Asamblea Constituyente.

Este fundamento, es otro que justifica declarar inadmisible a este proyecto de ley.

 

5.     Auto convocatoria por soberanía popular

No existe respaldo constitucional para la creación de una Asamblea Constitucional, y menos para justificar que un millón de firmas sean suficientes para ello.

Este es otro fundamento que hace inadmisible al proyecto de ley.

 

6.     Exposición de motivos

Trata de desvirtuar la vigencia de la Constitución que tiene cerca de 30 años de vigor. Es incoherente todo el argumento presentado. Resulta insensato tratar de justificar una norma para cambiar la Constitución, justificando la propuesta con el desconocimiento de la misma Constitución, y que resulta ser la misma que ha llevado al Congreso de la República,  otorgando la representación nacional, a las mismas personas que proponen este proyecto de ley, desconociéndola.

 

7.     Análisis Costo beneficio

Se dice que no irrogará costos al Estado, vinculando la norma solo a los procesos electorales, pero soslaya que:

300 representantes x 15,500 x 12= 55,800,000. Ahora, tendría que sumarse a los asesores, técnicos, gastos administrativos, instalaciones, etc que obviamente significan un costo al Estado.

 

8.     Vinculación con el Acuerdo Nacional

Totalmente falaz pensar que esta norma se ajuste a las Políticas de Estado mencionadas. Solo para muestra hay que reflexionar sobre una de las citadas: Fortalecimiento del régimen democrático y del Estado de derecho.

No se puede hablar de fortalecimiento del régimen democrático cuando se trata de alterar el orden establecido.

No se puede justificar el estado de derecho tratando de vulnerar el ordenamiento constitucional.

Si existen ideas que refieren realizar un cambio en nuestra actual Constitución, éstas deben ser conducidas a través de los procedimientos constitucionales señalados en la propia norma, y que ya han sido empleados anteriormente. 

El intento de justificar el empleo de otra vía para cambiarla en su totalidad, significa simplemente que es una clara intención de romper el ordenamiento democrático de la República del Perú.

Finalmente, es importante reflexionar que hace falta de un mayor conocimiento de la Constitución Política vigente. Aunque no existe un estudio nacional sobre el grado de entendimiento de nuestra norma máxima, puedo asegurar que este es escaso. El solo hecho que haya unos cuantos congresistas que presenten este proyecto de ley, es un indicador muy representativo.

Entonces, ¿Cómo pretender cambiar algo que no se conoce o no se entiende? 

sábado, 23 de abril de 2022

SOBERANÍA NACIONAL

 PARA VIVIR EN LIBERTAD


De conformidad con el Decreto Supremo N° 003-2022-PC publicado en enero pasado,  se declaró al  presente año como el "Año del fortalecimiento de la soberanía nacional", teniendo en consideración que nuestra Constitución Política establece que la República del Perú es democrática, social, independiente y soberana; siendo deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.

Asimismo, que   la Política General de Gobierno para el período 2021-2026, aprobada con Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM,  contiene diez (10) ejes referidos a: la generación de bienestar y protección social con seguridad alimentaria; reactivación económica y de actividades productivas con desarrollo agrario y rural; impulso de la ciencia, tecnología e innovación; fortalecimiento del sistema educativo y recuperación de los aprendizajes; descentralización, fortalecimiento institucional y del servicio civil; fortalecimiento del sistema democrático, seguridad ciudadana y lucha contra la corrupción, narcotráfico y terrorismo; gestión eficiente de riesgos y amenazas a los derechos de las personas y su entorno; gobierno y transformación digital con equidad; conducción de una diplomacia nacional, autónoma, democrática, social y descentralizada; y, Estado Intercultural para la promoción de la diversidad cultural.

Fortalecer nuestra soberanía nacional se encuentra es una tarea directamente vinculada con la seguridad nacional, expresada en lo que su doctrina denomina objetos de la seguridad nacional: Independencia, soberanía e integridad territorial; derechos humanos; estado constitucional democrático de derecho; intereses nacionales; y paz social.

No se puede pensar en ser un país soberano si permitimos que muchos de nuestros ciudadanos se encuentren amenazados por delincuentes, de cuchillo en mano o de saco y corbata, y que atenten contra sus derechos largamente explicados en nuestra Constitución Política; tampoco si nuestros intereses nacionales son postergados por otros de índole particular o por ideologías contrarias a nuestra república. No seremos soberanos, si por desconocimiento, por soberbia o por intereses personales, existan peruanos que no les importe respetar el orden democrático instaurado desde que nacimos como nación-estado independiente, sustentados en las ideas de libertad e igualdad intrínsecas al espíritu humano. Si las reglas expresadas en la Constitución Política y las Leyes de la República no se respetan o no se hacen cumplir, simplemente estamos atentando contra nuestra propia soberanía.

Para fortalecer nuestra soberanía nacional, el primer paso –que debe ser principal preocupación de las autoridades que dirigen el Sistema de Defensa Nacional– constituye en llevar a la vía de los hechos acciones en provecho de nuestra identidad nacional. No se podrá pensar en soberanía si no hay identificación con los principios democráticos de la República del Perú. Este esfuerzo, tiene exclusiva importancia de ser destacado y denotado en la actuación de las autoridades y servidores públicos y por la conducta ciudadana que demuestre compromiso real y efectivo de querer defender la Patria de aquellos que intenten agraviarla.

El Sistema de Defensa Nacional fue creado legalmente en 1979, y desde ese año la responsabilidad constitucional de su dirección corresponde al primer servidor del Estado: El Presidente de la República. Es entonces él, quien tiene la gravísima obligación que todos los peruanos vivamos líbres de toda subordinación ajena a nuestro ordenamiento democrático instituído desde que nacimos como la República del Perú; y por esa misma razón su primera atribución constitucional es cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.

Cuando nos organizamos como república, y se aprobó la primera Constitución en 1823, quedó instituido claramente que quien viola a la fidelidad de nuestra carta magna, sencillamente se convierte en delincuente.