EN LA HORA CLAVE PARA CAMBIAR LA IMAGEN DETERIORADA
El Congreso de la República del Perú, el Primer Poder del Estado, tiene este 17 de julio la gran oportunidad de redimirse con el pueblo peruano asumiendo con honor la grave responsabilidad del cumplimiento de sus funciones: la convocatoria de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2012–2013 ampliada hasta esa fecha, tiene la finalidad primordial que el Pleno del Congreso de la República se reúna para elegir al Defensor del Pueblo, a seis magistrados del Tribunal Constitucional y a los directores del Banco Central de Reserva del Perú.
Como sabemos, el nombramiento de estas autoridades está pendiente desde el gobierno anterior, a pesar que se encuentra regulado por la propia Constitución Política, cuyo tenor es bueno recordar:
- Los Directores del Banco Central de Reserva
"Artículo 86.- El Banco es gobernado por un Directorio de siete miembros. El Poder Ejecutivo designa a cuatro, entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica a éste y elige a los tres restantes, con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.Todos los directores del Banco son nombrados por el período constitucional que corresponde al Presidente de la República. No representan a entidad ni interés particular algunos. El Congreso puede removerlos por falta grave. En caso de remoción, los nuevos directores completan el correspondiente período constitucional."
- El Defensor del Pueblo
"Artículo 161.- La Defensoría del Pueblo es autónoma. Los órganos públicos están obligados a colaborar con la Defensoría del Pueblo cuando ésta lo requiere.Su estructura, en el ámbito nacional, se establece por ley orgánica. El Defensor del Pueblo es elegido y removido por el Congreso con el voto de los dos tercios de su número legal. Goza de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas de los congresistas. Para ser elegido Defensor del Pueblo se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad y ser abogado.El cargo dura cinco años y no está sujeto a mandato imperativo. Tiene las mismas incompatibilidades que los vocales supremos."
- Los miembros del Tribunal Constitucional
"Artículo 201.- El Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución. Es autónomo e independiente. Se compone de siete miembros elegidos por cinco años.Para ser miembro del Tribunal Constitucional, se exigen los mismos requisitos que para ser vocal de la Corte Suprema. Los miembros del Tribunal Constitucional gozan de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas que los congresistas. Les alcanzan las mismas incompatibilidades. No hay reelección inmediata. Los miembros del Tribunal Constitucional son elegidos por el Congreso de la República con el voto favorable de los dos tercios del número legal de sus miembros. No pueden ser elegidos magistrados del Tribunal Constitucional los jueces o fiscales que no han dejado el cargo con un año de anticipación."
Los Congresistas de la República en los últimos 20 años no gozan de prestigio y confianza de la propia ciudadanía que les ha brindado la oportunidad de representarlos para cumplir con las funciones de legislar y fiscalizar: dando leyes, velando por el respeto de la Constitución y desarrollar a plenitud otras ocho funciones más, señaladas en el Art 102 de la Carta Magna.
A pesar que la ciudadanía no participa aún enérgicamente, por la mala actuación de sus legisladores, la rápida promulgación de la Ley del Servicio Civil, está siendo una muestra de lo que puede hacer una población indignada cuando se siente atropellada por la poca buena voluntad de gestión de las autoridades elegidas en las urnas.
- La indolencia para dar cumplimiento al Procedimiento de control sobre la legislación delegada, exclusivamente para el caso de los decretos legislativos que contravengan la Constitución Política o excedan el marco de la delegación de facultades otorgadas por el Congreso.Nadie dijo "esta boca es mía" en el Congreso, nunca se recomendó la derogación o la modificación para subsanar el exceso o la contravención,en el tema de la modificación de la Ley del Servicio Militar, que ha llegado incluso a que el Poder Judicial detenga el sorteo previsto en el Decreto Legislativo N° 1146.
- La aprobación del proyecto de la Ley del Servicio Civil, sin una adecuada revisión, sin haberse hecho acumulación de los textos sustitutorios, habiéndose oído a los gremios pero sin escucharlos, sacándose la aprobación del pleno "contra viento y marea" al mismo estilo de antaño: al carpetazo, la mayoría manda, aunque las razones digan lo contrario, todo por consigna partidaria. La respuesta se recibe en las calles y toda la buena gestión gubernamental - estabilidad económica de por medio - se pone en riesgo por la terca postura de alguien que no cavila adecuadamente.
- La determinación de candidatos para ocupar los cargos, principalmente en el Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo, ha dado el triste espectáculo de la repartición de un botín, más que la equilibrada selección, donde primordialmente prime los intereses del Perú, antes que los particulares o partidarios.
“Fue como una repartija. Un reparto es un acuerdo lógico que se tiene que dar en el Congreso entre distintas fuerzas, pero se convierte en repartija cuando lo desnaturalizan en su esencia. En lugar de buscar a personas idóneas para encargarse del TC han puesto a abogados que tienen militancia política”, dijo en declaraciones para RPP el Congresista Mauricio Mulder, describiendo, en efecto lo sucedido en el Congreso.
“De la noche a la mañana le han dado tres cupos al nacionalismo. El fujimorismo ha venido con la consigna de aceptar lo que sea por meter a (Rolando) Souza y no es constitucionalista, es penalista”, criticó. En ese sentido, Mulder cuestionó directamente la postulación de Pilar Freitas, ex procuradora cercana a Alejandro Toledo, a la Defensoría del Pueblo. “El señor Toledo ha mandado a decir, a través de su vocero, que la Defensoría del Pueblo es de PP, como si fuera una propiedad”.....Todo lo que refleja una pobrísima actitud del Primer Poder del Estado.
Mas allá de los intereses partidarios, está siempre el Perú. El propio Presidente de la República, a través de RPP, ha recalcado en reciente entrevista que "uno como Estado y como Gobierno tengo la obligación constitucional, así no quiera, que es de defender la propiedad privada, como tengo que respetar el estado derecho y fortalecer la independencia de los poderes del Estado".
Dijo también, que su visión de país, es una visión de largo plazo en la cual podamos consolidar las instituciones. Si pues, el respeto al Perú, es el respeto a las Leyes y las Instituciones. Las instituciones tienen reglas que las sostienen y las instituciones fundamentales las regula incluso la propia Constitución, como es el caso de los magistrados del Tribunal Constitucional, los Directores del Banco Central de Reserva y el Defensor del Pueblo.
La responsabilidad del Congreso para nombrar a las autoridades más idóneas a los cargos señalados debe ser tan independiente que en el supuesto negado de infracción constitucional, el propio Parlamento tenga la libertad de acusarlos en acatamiento del Art 99° de la Constitución Política.
El Presidente del Poder Legislativo ha señalado hoy que existen magistrados, como el presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, que tuvieron vínculos con los tenedores de los bonos agrarios.“Urviola ha sido ejecutivo del Banco de Crédito, por lo que no podría tener imparcialidad al momento de dar el fallo”, razón por la que el procurador del Congreso ha interpuesto una solicitud ante el colegiado, a fin de que sus miembros se inhiban de votar sobre el caso del bono agrario.
Este mismo criterio debe observar el Pleno del Congreso, guardando coherencia con el respeto a la independencia de los poderes, guardando coherencia con el respeto de la institucionalidad democrática, guardando respeto al pueblo del Perú.
Entonces, sería un grave error de todos los Congresistas de la República que, este histórico 17 de julio, saquen como sea el nombramiento de estas autoridades(voto en bloque,"intercambio de figuritas"), porque simplemente tienen los votos, sin observar la más importante calificación: Que las autoridades por elegir no representen a entidad ni interés particular alguno.El único interés de ellos,debe ser siempre el Perú.
La historia os juzgará!
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