martes, 21 de noviembre de 2017

INVENTARIO DE ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES

IMPORTANTE PASO EN FAVOR DE LA SEGURIDAD NACIONAL

En mayo de 2015 se dieron las primeras acciones multisectoriales en el proceso de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional con el desarrollo de talleres para la determinación de los activos críticos nacionales (ACN), vale decir de todo aquello que el Perú debe proteger para asegurar el logro de los objetivos nacionales y garantizar la supervivencia del Estado.

Desafortunadamente, los principales componentes del Sistema de Defensa Nacional (SIDENA)  no tenían la menor idea de lo que se trataba, y tras consultas al interior de sus organizaciones formularon listados de personas, infraestructuras, computadoras, vehículos, etc, la gran mayoría de poco valor para el ámbito  nacional. 

En realidad, no era  culpa de las personas a quienes se les encargó la tarea, pues nunca habían analizado el problema, probablemente porque en sucesivos gobiernos no se ha llegado a comprender la importancia de la gestión y articulación del SIDENA, algo que se empezó a modificar con el Decreto Legislativo N°1129 y su reglamentación,  cuando por primera vez en la historia nacional se diseña y se hace conocer los procesos de la Seguridad y Defensa Nacional.

Como los listados remitidos no cumplieron con las características necesarias, se tuvo que replantear el procedimiento, y se puso a prueba  un método que incluía, manual, guías, un aplicativo para el registro, y una serie de sesiones de capacitación dirigida a servidores públicos para realizar la identificación de los activos críticos nacionales. 

Estas sesiones se efectuaron primero en forma centralizada, a finales de noviembre e inicio de diciembre de 2015; y  descentralizadamente desde diciembre de 2015 hasta junio de 2016, mes en que se obtuvo el registro de cerca del 85% de información requerida.

Analizados los resultados preliminares, en julio de 2016, se concluyó que era imprescindible formalizar todo el procedimiento, toda vez que la única norma legal que mencionaba (y solo su concepto) a los activos críticos nacionales era el reglamento del DLeg N° 1141. Por tanto, se convino que era necesario conformar una comisión interinstitucional (SEDENA -DINI - CEPLAN) para formular la reglamentación nacional de los ACN, en la que se incluiría el proceso de identificación y registro, mejorado en base a lo experimentado desde mayo de 2015 a junio de 2016; la validación; gestión de riesgo; seguimiento; así  como determinación y verificación de las medidas de protección pertinentes. 

Como era de esperarse el Primer Ministro de ese entonces (el de la luz verde) seguía en rojo para los temas de seguridad nacional (igual que un año antes  cuando  dejó al final de la bandeja de pendientes la propuesta de Política de Seguridad y Defensa Nacional) y se restó importancia a este requerimiento, que recientemente, (con aspectos que pueden mejorarse), ha sido aprobado, mediante el Decreto Supremo N° 106-2017-PCM, publicado el 10 de noviembre en el diario oficial.

Aunque el "Reglamento para la identificación, evaluación y gestión de riesgos de los Activos Críticos Nacionales" es un importante paso en favor de la seguridad nacional, urge su mejoramiento inmediato pues no solo se ha obviado el extenso trabajo y experiencia multisectorial  previa, sino que también se ha soslayado la doctrina - elaborada por años - que sustenta la necesidad y empleo del inventario de activos críticos nacionales, denotándose cierto desconocimiento de la gestión pública y del funcionamiento del Sistema de Defensa Nacional, todo lo cual no favorece a los procesos, aún truncos desde el DS N°061-2016-PCM, en provecho de la seguridad de todos los peruanos.

A pesar de esta adversidad, al igual que nuestra clasificación al mundial de Rusia, ...SÍ SE PUEDE!.... 

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