martes, 15 de septiembre de 2015

DISEÑO DE LA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL-1

PRIMERA PARTE

INTRODUCCION

 

La República del Perú, ha tenido a lo largo de su historia, diferentes amenazas que han mellado su soberanía, su seguridad e independencia. Gobiernos de base militar, anti-militar, dictatorial y democrática no lograron concebir la necesidad de disponer de una Estrategia de Seguridad Nacional o como le denominamos legalmente hoy una Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional.

Y eso no es de extrañar, los Estados Unidos de América, nuestro mayor referente en el tema, la tuvo por primera vez  a partir de 1986, en que se firma el Acta de Reorganización del Departamento de Defensa, conocido como el Acta Goldwater-Nichols. Anteriormente, desde la formalización del National Security Staff (NSS) (la SEDENA de los EEUU) solamente se realizaban reportes que fueron impulsados por el presidente Kennedy, a partir de la crisis de los misiles, lo cual le dio relieve a esa organización de manera tal que en el ala oeste de la Casa Blanca se instaló la conocida SALA DE SITUACIÓN, un  referente para el proyecto Tahuantinsuyo que la SEDENA  ha presentado como una necesidad para la buena conducción de la Seguridad y Defensa Nacional.

Al hablar de estrategia debemos anotar que en muchos países, inclusive el nuestro existe diferencias en los conceptos sobre el significado de estrategia, sobre todo al relacionarlos con el de política. Para algunos – como lo creemos nosotros -  la política  proporciona la orientación para estructurar la estrategia que pone en acción dicha política. Para otros la estrategia es la que proporciona la orientación general  sobre cuales recursos van a ser aplicados y cómo se les va a aplicar y a continuación de ello poder formular la política.

Creemos también que sigue vigente el concepto que define a la Estrategia Nacional como el arte y ciencia de desarrollar y emplear los factores humanos, económicos, físicos y políticos de la Nación, incluyendo a las Fuerzas Armadas, tanto en tiempo de paz como en la guerra, para alcanzar los Objetivos Nacionales.

Por otro lado apreciamos que aún persiste confusión al tratar de entender el significado de Política la cual sostenemos, como lo señala el Profesor Enrique Louffatt, distinguido Doctor en Administración y docente en planeamiento estratégico de la Universidad de ESAN , constituye la norma o normas que orientan la decisión sin constituir específicamente la decisión. Es decir, fija el contexto, el ámbito, los límites dentro de los cuales  se debe ejecutar la acción determinada: lo que se puede o no  hacer.

El presente trabajo, ha sido  concebido considerando una amplitud de criterios, el análisis comparado de otras estrategias nacionales, grandes estrategias que no se circunscriben al empleo de las fuerzas de seguridad sino al concurso de todas las organizaciones estatales y de la sociedad civil, pues estamos seguros que la participación  de todas las organizaciones a lo largo del territorio y de  la ciudadanía en general constituye la clave para que la Estrategia se logre implementar en todos sus extremos.

La presentación de este diseño concebido como idea general inicialmente, ha sido perfeccionada en algunos pequeños detalles, a lo largo del presente año, particularmente en el empleo de términos que aún se está concordando en el Comité de Doctrina que la SEDENA  ha impulsado como una necesidad, que  recogimos al inicio del presente trabajo obtenido a través de un análisis FODA.

Asimismo, observamos – también en el curso  del  perfeccionamiento del diseño - que  es imprescindible el fortalecimiento del conocimiento de las funciones que realiza la SEDENA como gran elemento articulador del Sistema de Defensa Nacional, así como la imperiosa necesidad de contar con la mejor información de nuestra realidad nacional integrada y actualizada oportunamente para el proceso de la implementación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional que presentamos con la esperanza que el papel y la tinta trasciendan para beneficio de todos los peruanos de esta generación y de las venideras, recordando siempre que la Estrategia es importante, pero ella no significa nada si no se implementa y ejecuta a cabalidad.

 1. ESTRUCTURA DEL TRABAJO

 El presente trabajo, que guarda especial importancia por tratarse del diseño de la estructura de la primera Estrategia de Seguridad Nacional, se desarrolló bajo  la siguiente esquema:

-       Estudio de los antecedentes  del Sistema de Defensa Nacional en el Perú

-       Revisión de conceptos fundamentales

-       Análisis de la situación inicial para la formulación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional

-       Fases del proceso de formulación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional.

-       Revisión y estudio comparativo de las Estrategias de Seguridad Nacional de países de interés

-       Determinación de la estructura  de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional

-       Necesidades de personal

-       Propuesta de plan de trabajo

-       Consideraciones finales


1.1 ESTUDIO DE LOS ANTECEDENTES  DEL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL EN EL PERÚ

Para dar inicio al planteamiento del diseño de la Estrategia de Seguridad Nacional, es necesario revisar la historia reciente del Sistema de Seguridad Nacional (Defensa Nacional), de tal manera de tener una idea general de como se ha considerado la Seguridad Nacional en la gestión del Estado, así como el tratamiento y la importancia que  ha merecido en el curso de la historia.


1.2 REVISIÓN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES

El marco doctrinario es fundamental para determinar y emplear  un lenguaje común en la formulación de tan importante documento. Para tal fin es necesario revisar y analizar  los aspectos doctrinarios emitidos por el Centro de Altos  Estudios Nacionales, los empleados por el Ministerio de Defensa, lo incluidos en el marco legal anterior y vigente y por último los propuestos por la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional.


Debe entenderse que esta actividad es primordial, pues por muchos años hemos tenido diversas organizaciones que se encuentran involucradas en la gestión y administración de estructuras encargadas de contribuir y garantizar la Seguridad y Defensa Nacional, y sin embargo los conceptos y definiciones no han sido homogéneos, creando dificultad en el entendimiento en los integrantes del Sistema de Defensa Nacional.

En este esfuerzo, no se puede prescindir del lenguaje empleado en el mundo global, pues el Perú se encuentra insertado en diversas organismos regionales y globales en las que se manejan estos conceptos, los cuales de cierta forma deberían estar armonizados con los que se empleen en el ámbito nacional.

1.3 ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN INICIAL PARA LA FORMULACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

 Un estudio del  “intorno”  y entorno de las condiciones existentes  servirá como pauta inicial para adoptar acciones que permitan desarrollar apropiadamente la formulación de la Estrategia de Seguridad ´y Defensa Nacional, superando las debilidades y amenazas que se aprecien puedan afectar el desarrollo de este trabajo.

 En consecuencia, las opciones estratégicas que se determinen de este análisis inicial, no deberán soslayarse pues podría afectar no solo  la  formulación de un documento de importancia para  la organización, sino también dificultar el mejor curso para la seguridad de todos los peruanos, en el devenir de  las próximas generaciones.

1.4 FASES DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

 De cierta forma con los pasos previos se ha expuesto las primeras actividades  del proceso para la formulación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional que, como todo estudio general o proceso de decisiones en el mundo real, parten del conocimiento del problema, que para nuestro caso lo constituyen el estudio de los antecedentes y del marco teórico existente, para luego pasar al estudio para la formulación de  la mejor  alternativa de solución.

1.5 REVISIÓN Y ESTUDIO COMPARATIVO DE LAS ESTRATEGIAS DE SEGURIDAD NACIONAL DE PAÍSES DE INTERÉS.

 En las actuales condiciones, no podemos dejar de observar la experiencia que han tenido países de mucha más trayectoria en el ámbito de la seguridad,  que inclusive han tenido que enfrentar a conflictos de mayor intensidad, duración y cantidad que el nuestro. Por tal razón efectuar un análisis comparativo de las estructuras de las Estrategias Nacionales de otros países es importante para encontrar nuestra propia estructura, amoldándola a la que usualmente se emplea en gestión pública nacional.

1.6 DETERMINACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL Y SU CORRESPONDIENTE EXPLICACIÓN

 Una vez realizado el análisis comparativo y bajo la luz de lo que concibe como definición de  Estrategia, se planteará la estructura para la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional,  considerando por supuesto los conceptos de  maestros clásicos como Machiavelli, Thucidides,Sun Tzu, Jomini,Clausewitz entre otros, hasta las concepciones más actuales, empezando desde Hutinton pasando por Paret, los conceptos desarrollados en la National Defense University  e incluso las consideraciones de Warden y las preconizadas por el Instituto Español de Estudios Estratégicos.

1.7 PROPUESTA DE PLAN DE TRABAJO

 Concebida la estructura y el diseño de la estructura  del proceso requerido para la formulación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, se debe trazar una línea en el tiempo en el que se establezca cada una de las etapas y actividades por realizar hasta la culminación del trabajo.

1.8 NECESIDADES DE PERSONAL

 Consecuente con el plan de trabajo, se inferirá las necesidades de personal que contribuyan a desarrollar la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, no solo en la parte de la formulación propiamente dicha sino también en la articulación, coordinación y armonización que se requiera realizar con otros actores y componentes del Sistema de Defensa Nacional, así con otros organismo y personalidades de la sociedad civil.

 1.9 CONSIDERACIONES FINALES

Por último, se adicionará todos los aspectos complementarios no incluidos en las actividades, que por su trascendencia e importancia se estimen necesarias en la inclusión del procedimiento.

2. ANTECEDENTES

 La Seguridad Nacional es un asunto que infiere la preocupación nacional, pues es una situación que se debe alcanzar plenamente para facilitar las actividades de desarrollo que coadyuven a la consecución del progreso y el bienestar de la población.

 Los esfuerzos de todo Estado no deben descuidarse en este aspecto, fundamental para el diario devenir de la vida nacional. Lo entienden así los gobernantes de las sociedades más avanzadas, sin importar el hecho que todas han tenido que pasar por una fase de entendimiento, en la que se aprendió la necesidad de contar con un ente que trabaje paralelamente a los organismos del Poder Ejecutivo, llámese Ministerios, con la finalidad que el Jefe de Estado cuente con el adecuado asesoramiento en asuntos de Seguridad Nacional.

 Los Estados Unidos de América, uno de los países más adelantados a nivel global en el desarrollo de un Sistema de Seguridad Nacional, tuvieron también que pasar  por este proceso, a partir de la creación del Consejo de Seguridad Nacional, tomando a este organismo – incluso por el propio Presidente en 1947– como una “sospechosa imposición del Congreso”.

 En nuestra realidad nacional, el asunto de la seguridad nacional comúnmente ha sido relacionado como materia de militares, razón por lo que la mayoría de los gobernantes, sin formación en seguridad o defensa nacional, soslayaron la importancia de profundizar la implementación de la Seguridad y la Defensa Nacional.

Es recién en el año 1969 que mediante Decreto Ley N° 17532, Ley Orgánica de la Presidencia de la República, se determinan los organismos consultivos y de apoyo dependientes de la Presidencia de la República:

 

-       El Consejo Nacional de Desarrollo Económico y Social

-       El Instituto Nacional de Planificación

-       El Consejo de Defensa Nacional

-       La Secretaría de Defensa Nacional

-       El Servicio de Inteligencia Nacional

-       El Comité de Asesoramiento del Presidente de la República

 En dicha norma legal se estableció que el Consejo de Defensa Nacional orienta la conducción de la política de seguridad integral del Estado y que la Secretaría de Defensa Nacional planifica la Defensa que demanda la obtención de los objetivos nacionales en el campo de la Seguridad Integral.

Diez años después, en 1979, a propuesta de la Secretaría de Defensa Nacional, se emite el Decreto Ley N° 22653, Ley del Sistema de Defensa Nacional, primer dispositivo legal de la historia republicana que norma la estructura institucional de un sistema tan importante, considerando que el bienestar general de la población se alcanza dentro de una situación en la que esté garantizada la Seguridad Integral del Estado. La ley prescribió los componentes del Sistema, sus atribuciones y responsabilidades, determinando que el organismo de más alto nivel de decisión en el Sistema, es el Consejo de Defensa Nacional cuyas responsabilidades comprendían:

 

-       Participar en la formulación de los Objetivos Nacionales

-       Establecer los Objetivos de Defensa Nacional

-       Decidir la Política de Defensa Nacional

-       Aprobar los Planes de Defensa Nacional; y

-       Aprobar las medidas que garanticen la consolidación y el perfeccionamiento del Sistema de Defensa Nacional

 En esta norma legal, la Secretaría de Defensa Nacional tenía como funciones:

 

-       Asesorar al Consejo de Defensa Nacional y a su Presidente

-       Concebir, planificar y proponer al Consejo de Defensa Nacional los Objetivos y la Política de Defensa Nacional, así como las previsiones y acciones que garanticen la seguridad del país.

-       Coordinar el planeamiento de la Defensa Nacional de acuerdo con la política aprobada por el Consejo de Defensa Nacional; y

-       Participar en la formulación y difusión de la Doctrina de Defensa Nacional.

 

En setiembre de 1987, se publica el Decreto Legislativo N° 441, Ley Orgánica de la Secretaría de Defensa Nacional que hace que este organismo ya no sea dependiente del Presidente de la República, sino del Ministerio de Defensa modificando  sus funciones en los  siguientes términos:

 

-       Proponer, desde el punto de vista de la Defensa Nacional, los elementos de juicio para el establecimiento de los objetivos nacionales;

-       Formular, planificar y proponer al Ministro de Defensa los objetivos nacionales;

-       Orientar, coordinar e integrar el planeamiento de la defensa de acuerdo con la política de Defensa Nacional;

-       Efectuar y promover estudios e investigaciones que requiera la Defensa Nacional;

-       Proponer al Ministerio de Defensa los planes de Defensa Nacional para su aprobación; 

-       Proponer al Ministro de Defensa las acciones a nivel nacional que garanticen la seguridad del país, correspondiente a los campos político, económico y psicosocial;

-       Proponer las acciones para la movilización del país, de acuerdo con los requerimientos de la Defensa Nacional;

-       Compatibilizar con el Instituto Nacional de Planificación las acciones de la Defensa con las del Desarrollo;

-       Formular y proponer las medidas para la consolidación y el perfeccionamiento de Sistema de Defensa Nacional; y,

-       Participar en la formulación y difusión de la Doctrina de Seguridad y de Defensa Nacional.

Con la dación de otro Decreto Legislativo, el N° 743 publicado el 12 de diciembre de 1991, se establece que la Secretaría de Defensa Nacional es el Organismo encargado de la concepción, adopción y planeamiento integral de la Defensa Nacional, y de la coordinación, supervisión y orientación de la ejecución de las acciones en los Campos de Acción No Militares, así como en la formulación y difusión de la doctrina de Seguridad y Defensa Nacional. Constituye un Pliego Presupuestal autónomo dentro del Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, siendo sus nuevas funciones las siguientes:

-       Formular, planificar y proponer al Consejo de Defensa Nacional los objetivos y política de Defensa Nacional, así como las previsiones y acciones que garanticen la seguridad del país. 

-       Formular, dirigir y coordinar el Planeamiento integral de la Defensa Nacional. 

-       Proponer al Consejo de Defensa Nacional las normas para la Movilización Nacional de acuerdo con los requerimientos de la Defensa Nacional. 

-       Orientar, coordinar, supervisar y evaluar el Planeamiento de la Defensa de acuerdo con la política de Defensa Nacional. 

-       Formular y proponer al Consejo de Defensa Nacional la doctrina de la Defensa Nacional para su aprobación y difusión. 

-       Capacitar al personal de los diferentes órganos del Sistema de Defensa Nacional. 

-       Efectuar y promover los estudios e investigaciones que requiera la Defensa Nacional. 

-       Promover la cooperación técnica e intercambio cultural de carácter internacional en aspectos doctrinarios de la Defensa Nacional. 

-       Formular y proponer las medidas para la consolidación y perfeccionamiento del Sistema de Defensa Nacional, dentro del proceso de Pacificación Nacional. 

-       Coordinar con el Sector Educación la formulación de los programas educativos relacionados con la Defensa Nacional y su posterior evaluación. 

Un dispositivo legal adicional, producto de la reforma del Sector Defensa, que  “se inició con la creación del nuevo Ministerio de Defensa, órgano del Poder Ejecutivo encargado de diseñar, ejecutar y supervisar la Política de Defensa y de cumplir dos roles fundamentales: Constituir un instrumento de control democrático de las Fuerzas Armadas; y garantizar su apropiado funcionamiento como fuerza militar”, precisa, que “en este sentido era necesario dotar al Ministerio (de Defensa) de una estructura orgánica moderna y eficiente, que se llevó a cabo con la Ley Nº 27860 “Ley del Ministerio de Defensa” de 11 de noviembre de 2002”, creando los despachos viceministeriales de Asuntos Administrativos y Económicos y, de Asuntos Logísticos y de Personal, encargados de orientar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas sectoriales en materia económica y de ejecución presupuestal, y en materia logística y de personal, respectivamente.

 

Esta Ley, integró como órganos de línea, al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a la Dirección General de Política y Estrategia, en reemplazo de la Secretaría de Defensa Nacional, apareciendo por primera vez  el término Estrategia en un organismo dedicado a la Seguridad y Defensa Nacional definiéndose como la Dirección encargada de:

-       Articular y dirigir las actividades del planeamiento estratégico integral de la Defensa Nacional y organizacional del sector. Normar, coordinar, orientar, evaluar y supervisar los sistemas de planificación, presupuesto, inversión pública, organización, programación y racionalización del Sector Defensa.

-       Formular y difundir la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional. Orientar, coordinar y supervisar las actividades de las Oficinas de Defensa de todas las entidades públicas.

-       Proponer iniciativas de política de Defensa Nacional en el ámbito internacional.

-       Gestionar la implementación de los Acuerdos internacionales en los temas de Defensa Regional y Seguridad Hemisférica.

Dentro de su ámbito funcional, se incluía nuevamente como en su creación,  al Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN) anteriormente denominado CAEM.

En el Reglamento de la Ley N° 27860 autorizado con Decreto Supremo Decreto Supremo Nº 004-DE-SG se especifica las responsabilidades comprendiendo las siguientes:

-       Proponer al titular del Sector la Política de Defensa Nacional. 

-       Proponer los objetivos y estrategias de la Defensa Nacional. 

-       Formular y difundir la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional. 

-       Normar, orientar, evaluar y supervisar el planeamiento estratégico del Sector, acorde con la Política de Defensa Nacional. Asimismo los ámbitos de inversión pública, programación, racionalización, doctrina, estadística e informática del Sector Defensa.

-       Proponer las normas para la Movilización Nacional de acuerdo con los requerimientos de la Defensa Nacional. 

-       Gestionar la implementación de los Acuerdos Internacionales en temas de Defensa Regional y Seguridad Hemisférica.

-       Proponer iniciativas de Política de Defensa Nacional en el ámbito internacional, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores. 

-       Coordinar, de acuerdo a Ley, con los organismos nacionales e internacionales pertinentes, la participación en misiones de paz, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores. 

-       Orientar la conducción de los asuntos internacionales y de carácter político-estratégico que involucren las actividades del Sector Defensa, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores. 

-       Promover los estudios, investigaciones, convenios académicos y actividades multisectoriales de capacitación que requiera la Defensa Nacional. 

-       Proporcionar capacitación a nivel de postgrado en Defensa Nacional, a través del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN). 

-       Orientar las actividades de las Oficinas de Defensa de las entidades públicas.

En marzo de 2005, se promulgó la Ley N°28478, Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, estableciéndose que el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional es el conjunto interrelacionado de elementos del Estado cuyas funciones están orientadas a garantizar seguridad nacional mediante la concepción, planeamiento, dirección, preparación, ejecución y supervisión de la defensa nacional.

Allí se definió que el Consejo de Seguridad Nacional,como el órgano rector del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, le correspondía aprobar:

-       La Política de Seguridad y Defensa Nacional;

-       Los requerimientos presupuestales originados como consecuencia del Planeamiento Estratégico para la Seguridad y Defensa Nacional;

-       Las adquisiciones de equipamiento militar de carácter estratégico destinado a la Defensa Nacional procurando dentro de la función asignada a cada institución castrense la estandarización del equipamiento; 

-       Las directivas sobre Seguridad Nacional; y

-       Los demás aspectos relacionados con la Seguridad Nacional.

Consecuencia del anterior dispositivo legal,  una nueva Ley promulgada en julio de 2007, la Ley N° 29075  dispone que la Dirección General de Política y Estrategia, deje de ser un órgano de línea, pasando a depender del Viceministerio de Políticas para la Defensa con las siguientes funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Decreto Supremo N° 001-2008-DE  en enero de 2008:

-       Coordinar y supervisar la formulación  y ejecución de las directivas de planeamiento estratégico para la defensa de los organismos  que forman parte del Sistema.

-       Proponer las políticas públicas para la Seguridad y la Defensa Nacional.

-       Proponer, dirigir y supervisar el planeamiento estratégico integral  para la Seguridad y Defensa Nacional.

-       Proponer las directrices para el planeamiento de los campos no militares para la Seguridad y Defensa Nacional.

-       Coordinar y supervisar la formulación y ejecución de las directivas  de planeamiento estratégico  para la Defensa, de los organismos  que forman parte del Sistema de Defensa Nacional.

-       Actuar como Secretario del Consejo de Seguridad Nacional.

-       Proponer y coordinar las directivas, normas técnicas y doctrina nacional que orientan el planeamiento del proceso de movilización nacional.

-       Supervisar y coordinar el desarrollo de las actividades de las Oficinas de Defensa Nacional en las entidades públicas, derivadas de las políticas de estado para la Defensa y Seguridad Nacional.

-       Mantener actualizado el Libro Blanco de la de Defensa Nacional.

-       Formular a la Alta Dirección la propuesta de las políticas, misión visión, objetivos y estrategias sectoriales.

Bajo el concepto de la misma Ley N° 29075, el alcance de la Dirección General de  Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, se reformuló con la emisión de un nuevo Reglamento de Organización y funciones de dicha cartera ministerial, de la siguiente manera:

-       Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar,  y evaluar las políticas de Seguridad y Defensa Nacional aplicable a todos los niveles de gobierno.

-       Dictar normas y lineamientos técnicos para la implementación y evaluación  de las políticas de Seguridad y Defensa Nacional.

-       Coordinar con los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales, la implementación de las políticas de Seguridad y Defensa Nacional, y evaluar su cumplimiento.

-       Proporcionar apoyo técnico a los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales para el adecuado cumplimiento de las funciones generales de las Oficinas de Defensa Nacional.

-       Coordinar y la formulación y ejecución de las directivas o planes estratégicos para la Seguridad y Defensa Nacional.

-       Dirigir y supervisar el planeamiento estratégico del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional.

-       Coordinar la participación de las Fuerzas Armadas en el desarrollo socio económico del país y en la Defensa Civil.

-       Planear, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar la Movilización Nacional.

-       Mantener actualizado el Libro Blanco de la de Defensa Nacional.

-       Coordinar con la Dirección Nacional de Inteligencia, para que provea la inteligencia necesaria para la formulación de los planes estratégicos para la Defensa Nacional.

-       Actuar como Secretario del Consejo de Seguridad Nacional.

Con  el Decreto Legislativo 1129  se redefinieron importantes alcances relativos a la Seguridad y Defensa Nacional, así tenemos:

-       El Sistema de Defensa Nacional es el conjunto interrelacionado de principios, normas, procedimientos, técnicas, instrumentos y elementos del Estado, cuya finalidad es garantizar la Seguridad Nacional mediante la concepción, planeamiento, dirección, preparación, ejecución y supervisión de acciones en todos los campos de la Defensa Nacional.

 

-       El Sistema de Defensa Nacional es presidido por el Presidente de la República y está compuesto por:

 

-       El Consejo de Seguridad y Defensa Nacional;

-       La Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional - SEDENA;

-       La Dirección Nacional de Inteligencia, ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional; y,

-       Los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Locales.

 

El Sistema de Gestión de Riesgos de Desastres, el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y los otros Sistemas Administrativos y Funcionales del Estado, coadyuvan al mejor cumplimiento de la finalidad del Sistema de Defensa Nacional, conforme a la normatividad vigente.

 

Corresponde al Consejo de Seguridad y Defensa Nacional aprobar:

 

o   Los Objetivos y la Política de Seguridad y Defensa Nacional;

o   Las normas y lineamientos técnicos para la implementación y evaluación de la política de Seguridad y Defensa Nacional;

o   Las Directivas sobre Seguridad y Defensa Nacional;

o   Las normas y disposiciones relacionadas a la Movilización Nacional;

o    Las medidas para el perfeccionamiento del Sistema de Defensa Nacional; y,

o    Los demás aspectos relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional.

 El Reglamento de esta Ley, aprobado con Decreto Supremo N° 037 -2013-PCM incorpora nuevos conceptos en la historia del Sistema de Defensa Nacional, así tenemos:

-       Se establece que la Política de Seguridad y Defensa Nacional proporciona lineamientos generales para estructurar, coordinar y armonizar los esfuerzos del Estado para hacer frente a las amenazas, preocupaciones y desafíos a la Seguridad Nacional.

-       Especifica que los Instrumentos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional son:

 

o   La Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional;

o   La Directiva de Seguridad y Defensa Nacional;

o   La Directiva para el Planeamiento Estratégico Integral de la Seguridad y Defensa Nacional;

o   Las Directivas específicas de Seguridad y Defensa Nacional;

o   Los planes sectoriales, planes de desarrollo concertado y planes que incluyan acciones referidas a la Seguridad y Defensa Nacional;

o   Los Programas y Proyectos Especiales vinculados a la Seguridad y Defensa Nacional;

o   La Directiva de Movilización Nacional;

o   Otros instrumentos de política y estrategia relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional.

 

-       También define por primera vez, entre otros, que la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional es el proceso por el cual se determina el empleo ponderado de los instrumentos del Poder Nacional para alcanzar los Objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional; constituye un instrumento que actúa como elemento de coordinación entre los distintos componentes del Sistema y la sociedad, a partir de una perspectiva multidimensional de la Seguridad  Nacional.

3. CONCEPTOS FUNDAMENTALES

 El concepto de  Seguridad Nacional es un tema  que diversos países en todos los continentes han requerido primero, definir para posteriormente trabajar en la implementación de sus respectivos sistemas de seguridad.

 El Perú no es ajeno a esta realidad, por lo que el punto de partida - para el diseño y formulación de la Estrategia de Seguridad Nacional - se encuentra en la definición de los conceptos de seguridad y defensa que nos permitan elaborar un modelo estratégico adaptado a nuestra realidad nacional.

 El diccionario de la lengua Española nos brinda unas connotaciones iniciales, así tenemos:

  1. Seguridad     : La cualidad de seguro;
  2. Seguro          :

(1)  Libre y exento de todo peligro, daño o riesgo

(2)  seguridad, certeza, confianza.

 La Constitución Política del Perú, no nos ofrece definiciones sobre el particular, pero nos brinda algunos  preceptos relativos a la Seguridad y Defensa, en los siguientes artículos:

 

  1. Artículo 1°. La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

 

  1. Artículo 38°. Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación.

 

  1. Artículo 44°. Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior.

 

  1. Artículo 54°. El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley. En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.

El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.

 

  1. Artículo 58°. La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.

 

  1. Artículo 118°. Corresponde al Presidente de la República, en relación con la defensa Nacional :

-       Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.

-       Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.

-       Presidir el Sistema de Defensa Nacional; y organizar, distribuir y disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

-       Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, de la integridad del territorio y de la soberanía del Estado.

-      Declarar la guerra y firmar  la paz,            conautorización del Congreso.    

 

  1. Artículo 163°. El Estado garantiza la Seguridad de la Nación mediante el Sistema de Defensa Nacional. La Defensa Nacional es integral y permanente. Se desarrolla en los ámbitos interno y externo. Toda persona, natural o jurídica, está obligada a participar en la Defensa nacional, de conformidad con la ley.

 

  1. Artículo 164°. La dirección, la preparación y el ejercicio de la Defensa Nacional se realizan a través de un sistema cuya organización y cuyas funciones determina la ley. El Presidente de la República dirige el Sistema de Defensa Nacional. La ley determina los alcances y procedimientos de la movilización para los efectos de la defensa nacional.
  2. Artículo 165°. Las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea. Tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República. Asumen el control del orden interno de conformidad con el artículo 137 de la Constitución.

 

  1. Artículo 166°. La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.

 

  1. Artículo 171°. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional participan en el desarrollo económico y social del país, y en la defensa civil de acuerdo a ley.

 El Ministerio de Defensa en su esfuerzo por dar el marco conceptual de la materia  emitió los siguientes conceptos:

  1. Es la situación en la cual el Estado tiene garantizada su independencia, soberanía e integridad territorial y la población los derechos fundamentales establecidos en la Constitución.[1]

 

  1. Es la condición de viabilidad, estabilidad, continuidad y bienestar del Estado y la Nación, a través de políticas públicas especializadas sectoriales de defensa y orden interno, inteligencia y en campos o dominios no militares; para protegerlo y ponerlo fuera de peligro, ante situaciones de amenaza, daño potencial o riesgo.[2]

 

  1. La Seguridad y la Defensa Nacional son reconocidas por la Constitución y las leyes como una de las funciones esenciales del Estado, el mismo que a su vez se constituye en garante de la Seguridad de la Nación, a través del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, que tiene por función realizar el planeamiento estratégico de la Defensa del Estado  peruano, con la participación de todos los campos de la actividad nacional.[3]


El DLeg 1129, publicado en diciembre de 2012, que regula el Sistema  de Defensa Nacional, estipula que el Sistema de Defensa Nacional garantiza la Seguridad Nacional, para la afirmación de los derechos fundamentales y el estado constitucional de los derechos fundamentales y el estado constitucional de derecho, en el marco de una gestión pública moderna.

Asimismo señala que tiene como ámbito de aplicación a todo el territorio de la República y que comprende entre sus componentes, a los organismos públicos, personas naturales y jurídicas de nacionalidad peruana, los cuales están obligados a participar en la Defensa Nacional. Añade que las personas naturales y jurídicas extranjeras domiciliadas en el país están obligadas a participar en la Defensa Nacional.

 

El Sistema de Defensa Nacional es el conjunto interrelacionado de principios, normas, procedimientos, técnicas, instrumentos y elementos del Estado, cuya finalidad es garantizar la Seguridad Nacional mediante la concepción, planeamiento, dirección, preparación, ejecución y supervisión de acciones en todos los campos de la Defensa Nacional.[1]

 

En el análisis de la definición del concepto de Seguridad y Defensa Nacional resulta necesario revisar también, los postulados de los países del ámbito sudamericano más cercano al nuestro, así tenemos:

 

ECUADOR

La seguridad nacional es una condición en la cual el Estado considera la inexistencia de cualquier forma de agresión externa, presión política y coerción, de modo que se creen las condiciones necesarias para que la nación encuentre un ambiente de paz, bienestar y desarrollo.


La defensa nacional constituye todas las acciones coordinadas por una nación para desarrollar una capacidad de protección efectiva de su población, recursos, patrimonio cultural e intereses, que le permita enfrentar cualquier tipo de amenaza o agresión actual o potencial, con el propósito de garantizar un estado de convivencia pacífica de la sociedad.

 

COLOMBIA

Es la acción integrada de las autoridades y la comunidad, para garantizar la certeza del ejercicio de los derechos y libertades de todos los habitantes del territorio nacional, en orden a preservar la convivencia ciudadana.


Es la integración y acción coordinada del Poder Nacional para perseguir, enfrentar y contrarrestar en todo tiempo y cualquier momento, todo acto de amenaza o agresión de carácter interno o externo que comprometa la soberanía e independencia de la Nación, su integridad territorial y el orden constitucional.

 

BRASIL

Condición que permite al país la preservación de la soberanía y la integridad territorial, la realización de sus intereses nacionales, libre de presiones y amenazas de cualquier naturaleza, y la garantía a los ciudadanos del ejercicio de sus derechos y deberes constitucionales.


Conjunto de medidas y acciones del Estado, con énfasis en la expresión militar, para la defensa del territorio, la soberanía y los intereses nacionales contra amenazas preponderantemente externas, potenciales o manifiestas.

 

BOLIVIA

Seguridad interna: está ligada estrechamente a las amenazas que pueden obstaculizar el desarrollo y la seguridad interna, entre las que se encuentran la corrupción, delincuencia, inestabilidad política, tráfico de armas, narcotráfico, terrorismo.


La seguridad y defensa nacional, como un sistema integrado con el objeto de neutralizar, rechazar o destruir cualquier acción tendente a vulnerarlas.
Seguridad externa: cuenta con los mecanismos institucionales proporcionados por la defensa y la diplomacia. Tiene que ver con la independencia nacional, integridad territorial y soberanía nacionales.


CHILE

Es el producto de un conjunto de actividades que el Estado realiza para avanzar hacia el logro de sus objetivos, resguardar los intereses nacionales en relación con riesgos, amenazas o interferencias importantes.


Es una de las funciones básicas del Estado. Se la observa en tanto conjunto de actividades que tienen como efecto salvaguardar determinados bienes vitales para el país. Brinda por una parte, protección a la población, al territorio y a los bienes y actividades que se desarrollan dentro de las fronteras nacionales y concurre, por la otra a apoyar la gestión de la política exterior de Chile.


La seguridad consiste en una condición que se desea establecer para que se realicen los fines del Estado y de la Nación, particularmente los del desarrollo social y económico.

 

 

En la VI Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, realizada en Noviembre de 2004 en Quito-Ecuador, la distinción entre Seguridad y Defensa no se mencionó directamente en las discusiones. Estaba implícito que el tratamiento de las nuevas problemáticas de la seguridad, en una reunión de esta naturaleza, supone considerar la participación de las Fuerzas Armadas en estos escenarios. Particularmente los países del Cono Sur propusieron tanto la consideración de la distinción entre seguridad y defensa, como la necesidad de ajustarse a los marcos legales internos.

 

Nuestras definiciones refieren entonces a la Seguridad como “la situación en la cual el Estado tiene garantizado su independencia, soberanía e integridad y, la población los derechos fundamentales establecidos en la Constitución”; y a la Defensa Nacional como “el conjunto de medidas, previsiones y acciones que el Estado genera, adopta y ejecuta en forma integral y permanente, se desarrolla en los ámbitos externo e interno”, precisando que “La Política de Seguridad y Defensa Nacional es una Política de Estado que tiene por finalidad orientar la selección, preparación y utilización de los medios del Estado para la obtención y mantenimiento de la Seguridad Nacional, tanto en el frente externo como en el interno”.

 

Entonces, cuando nos referimos al término Seguridad, debemos observar dos connotaciones: la Seguridad como “efecto”[2] y “la expresión global, activa y permanente de la defensa nacional”[3], por lo que inferimos que la Defensa es un concepto más específico que la Seguridad; y así cuando antaño hablábamos de “Defensa Nacional” primero, “Seguridad Integral” después, o como hoy “Seguridad y Defensa Nacional” o simplemente “Seguridad Nacional” nos referimos a ese concepto amplio, estratégico, global, del cual la Defensa es sólo uno de sus “instrumentos” y al cual se unen los clásicos: Político (Diplomático), Económico, Social; y otros como Información y financiero, que otrora denominábamos como “dominios” o “campos”, y que tal vez por ello su participación era más pasiva y hasta tal vez nula, por no tenerse ese concepto de “instrumento del poder nacional”, que le da mayor relevancia, mayor vigor. De esta manera, la renovada sentencia que la “Defensa Nacional es tarea de todos”, no quedará en la simple frase retórica, sino que se traslada a la asignación de tareas para asegurar la independencia, soberanía e integridad nacional, conduciendo a la Nación conforme a los “intereses nacionales”, que permitan el cumplimiento de nuestros grandes objetivos, los cuales deben ser necesariamente identificados y reconocidos como propios, por todos los peruanos.

 

Con el propósito de “conversar el mismo idioma“ en el Sistema de Defensa Nacional, impulsamos  el estudio y discusión de términos generales para la conceptualización de  los conceptos fundamentales referidos a la Seguridad Nacional, así tenemos:

 

SEGURIDAD NACIONAL

Situación en la que el Estado tiene garantizada su soberanía, independencia e integridad territorial, el Estado constitucional de derecho, la paz social y la protección de sus intereses nacionales; así como los derechos fundamentales de la persona, mediante la articulación de acciones de Defensa Nacional, Mantenimiento del  Orden Interno y Desarrollo Humano, que permitan hacer frente a las amenazas, preocupaciones y desafíos, y crear las condiciones propicias para el bienestar general.

 

DEFENSA NACIONAL

Conjunto de previsiones y acciones que el Estado genera y ejecuta permanentemente para garantizar la soberanía, independencia e integridad territorial; así como la protección de los intereses nacionales.

 

MANTENIMIENTO DEL ORDEN INTERNO

Previsiones y acciones que el Estado adopta permanentemente para garantizar la estabilidad y el normal funcionamiento de la institucionalidad político – jurídica

 

DESARROLLO HUMANO

Proceso de creación, ampliación o incremento racional, sostenido y sustentable de las condiciones que garanticen  el ambiente necesario para que las personas y los grupos humanos puedan desarrollar sus potencialidades para  llevar una vida creativa y productiva conforme con sus necesidades e intereses.                    

 

AMENAZAS

Actividades o acciones que son percibidas como una situación latente en la que un actor puede afectar la Seguridad Nacional.

 

PREOCUPACIONES

Actividades o situaciones potencialmente desfavorables que obstaculizan el desarrollo y podrían contribuir a la generación o mayor impacto de las amenazas que afectan la Seguridad Nacional.

 

DESAFÍOS

Retos que asume el Estado para consolidar el Desarrollo y reducir el efecto de los factores contribuyentes a las amenazas que afectan la Seguridad Nacional.

 

FACTORES CONTRIBUYENTES

Son condiciones o situaciones que pueden conducir a la creación, propagación y transformación de amenazas que incrementan las vulnerabilidades del Estado.


3.1 OTROS CONCEPTOS IMPORTANTES EN EL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

 

INTERESES NACIONALES.-

Desde un punto de vista etimológico, podemos definir interés, como una preocupación natural y/o general, así como tener un derecho objetivo sobre algo. El interés nacional, puede definirse entonces, de forma genérica, como la defensa y promoción objetivos de un Estado en todos los ámbitos.

También puede conceptualizarse como los valores y bienes inmateriales que constituyen las  aspiraciones básicas en el orden internacional y el fundamento del bienestar y la prosperidad de  un país.

Dentro de los intereses nacionales existen algunos de particular transcendencia, cuya salvaguarda merece, si llega el caso, un esfuerzo de defensa. Esos son los intereses nacionales de seguridad, que son los fines que debe alcanzar la política de seguridad y defensa nacional.

Su definición es siempre muy amplia y genérica pues no es posible prever a priori todos los posibles escenarios que puedan presentarse.

“El interés nacional es difícil de codificar puesto que varía coyunturalmente. De hecho, su correcta identificación y el acertado empleo de la potencia en su defensa son el componente básico de la acción de gobierno. Lo invariable no son los intereses, sino los valores, y la Constitución los recoge de manera nítida. Una Estrategia de Seguridad Nacional que los sumiese explícitamente podría enlazar la acción política con el plano jurídico, hoy el único vinculante”[1]

Los intereses nacionales son el fundamento y la razón de ser de la política exterior de una nación, aunque no siempre es fácil mostrar la conexión entre algunas situaciones y los intereses nacionales para justificar ciertas acciones de gobierno, especialmente cuando se trata de aplicar medios militares.

En una democracia, los intereses nacionales deben ser un conjunto de prioridades legítimas comprendidas y compartidas a nivel nacional que rijan nuestras relaciones con el resto del mundo; podrían incluir valores si la población estimara que son tan íntimos a su identidad nacional que está dispuesta a pagar un precio para promoverlos (finalmente los valores morales no son otra cosa que intereses intangibles).

La falta de claridad en la definición de los intereses nacionales dificultará su comprensión y asunción por los ciudadanos, lo que a su vez puede conllevar que el empleo de los medios del Estado, y como último recurso las Fuerzas Armadas en su consecución o defensa, no cuente con el apoyo popular. Asimismo, una expresión clara de los intereses vitales nacionales favorecerá que sean comprendidos y respetados en la esfera internacional.

CONCEPTOS NACIONALES DE INTERESES NACIONALES

DEL MINISTERIO DE DEFENSA[2]

 De acuerdo al Ministerio de Defensa, los Intereses Nacionales están constituidos por las necesidades y aspiraciones, amplias y duraderas que posee la Nación que se traducen en Objetivos Nacionales, que vienen a ser la expresión formal de los intereses y aspiraciones nacionales.

 Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación.

Conscientes de las necesidades y aspiraciones, amplias y duraderas que posee la Nación, y en coherencia con el Acuerdo Nacional, que estipula cuatro grandes objetivos, se han identificado los           siguientes Intereses Nacionales:

-  Permanencia y fortalecimiento del Estado peruano.

-  Desarrollo sostenido con equidad y justicia social, en un marco      de convivencia pacífica.

-  Incremento y fortalecimiento de la presencia y proyección estratégica del Perú a nivel regional e internacional.

Intereses Vitales de la Defensa Nacional

-  Mantener la independencia, soberanía, e integridad territorial.

-  Fortalecer el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. 

-  Desarrollar e impulsar el poder y potencial nacional.

-  Colaborar con la estabilidad y gobernabilidad permanente del país

-  Favorecer la explotación racional de nuestros recursos naturales y la  protección del medio ambiente y de su biodiversidad.

-  Contribuir a la preservación del patrimonio nacional.

Otros Intereses de Defensa Nacional

-  Apoyar y participar en los mecanismos de desarrollo, como medio para consolidar la pacificación    nacional.

-  Priorizar los mecanismos de desarrollo de las regiones de frontera como medio para asegurar el control territorial pleno, promoviendo la integración de la zonas fronterizas con los países vecinos.

-  Consolidar nuestras alianzas estratégicas con Brasil, Colombia y Estados Unidos de América.

-  Cumplir con los acuerdos del “Tratado de Paz de Itamaratí”.

-  Solución del diferendo marítimo con Chile.

-  Incrementar la participación del Perú  en las operaciones de paz de las Naciones Unidas.

-  Fortalecer la presencia del Perú en la Antártida.

La soberanía nacional se ha definido tradicionalmente como el poder supremo mediante el cual un estado independiente se gobierna a sí mismo, o de otra manera, como la independencia internacional de un estado combinada con el derecho y el poder que le asiste para regular sus asuntos internos sin imposiciones exteriores.

En consecuencia, un estado soberano será aquel que está en situación de gobernarse sin interferencias de una potencia extranjera. Parece por tanto que el mismo concepto de Estado contiene en sí mismo la nota de la soberanía.  La soberanía nacional en sí misma no es algo tangible, por lo que para entender su relación con el esquema de interés nacional y, aún más importante, para estudiar cómo defenderla, es necesario identificar los elementos que la constituyen.

EL PLAN BICENTENARIO  (OBJETIVOS NACIONALES)

A fin de defender los intereses nacionales, el Perú despliega una política exterior orientada a fortalecer las normas y principios del Derecho Internacional Público y en favor del multilateralismo, participando activamente en el tratamiento de los temas de la agenda del sistema internacional en foros y organismos internacionales, en especial de promoción de los valores de la democracia, los derechos humanos y sobre las nuevas amenazas como el tráfico ilícito de drogas, la criminalidad internacional organizada, la lucha contra la corrupción, el cambio climático, el terrorismo, etc.[1]

Partiendo de la sistematización de la información recogida en los talleres y de la identificación de las tendencias del entorno, denominadas megatendencias, para situar los problemas y oportunidades de la realidad nacional, y con base en las Políticas de Estado del Acuerdo Nacional, así como en la revisión de los diferentes instrumentos de planeamiento elaborados por las entidades públicas y privadas, entre febrero y julio del 2009, se identificaron seis objetivos nacionales, en torno a los cuales se definieron seis ejes estratégicos para el Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021 y formularon las respectivas propuestas de lineamientos estratégicos:[2]

-  Derechos fundamentales y dignidad de las personas.

-  Oportunidades y acceso a los servicios

-  Estado y gobernabilidad

-  Economía, competitividad y empleo

-  Desarrollo regional e infraestructura

-  Recursos naturales y ambiente

DEL CAEN

Necesidades colectivas.- necesidades materiales y/o espirituales, generalizadas en la colectividad nacional, que revisten importancia para su existencia  y para el desenvolvimiento de su progreso futuro. Constituyen una infraestructura de requisitos para la vida social, que se caracterizan por ser mensurables, determinables, por lo tanto definibles y variables en el espacio y el tiempo que se pueden determinar por amplio consenso. Son entendidas  como las carencias o insuficiencias históricamente sentidas y generalizadas en la Nación como conjunto humano, y que además denotan notable importancia para su existencia y desenvolvimiento.

Teniendo como base el estudio de la Realidad Nacional, se puede inferir las carencias o insuficiencias de alta significación, es decir las necesidades colectivas, que presenta la Nación en su conjunto, en todos los aspectos.

Intereses  Nacionales: La expresión de los deseos colectivos despertados por las necesidades  materiales y espirituales de toda la Nación y perseguidos en un momento determinado por priorización de necesidades de corto y mediano plazo.

No todas las necesidades colectivas asumen la categoría de intereses nacionales, pues para el caso sólo se considera los de alcance nacional. Igualmente, todos los intereses nacionales no son del mismo rango, hay que diferenciar al menos en dos categorías:

-  Intereses Nacionales Vitales: Imperativos, que reposan en valores perdurables y trascendentales, se relacionan con la misma existencia de la Nación.

-  Intereses Nacionales Opcionales: Optativos, reposan en valores que se renuevan, afectan a la promoción de la nación, más no a su existencia como tal.

Aspiraciones Nacionales, son fervientes deseos colectivos, históricamente sentidos que constituyen  la integración y proyección de los intereses nacionales en la conciencia nacional y por tanto generalizados en los más amplios sectores de la colectividad nacional.

Constituyen una jerarquía superior a la que han llegado ciertos intereses nacionales, que por sus diversos factores, como permanencia histórica, significado, beneficio colectivo, se han incorporado en el pensamiento generalizado de todos o la mayoría de peruanos, despertando expectativas y fervientes deseos en pro de su realización.

3.2 ESTRATEGIA DE SEGURIDAD NACIONAL:

Al igual que con otros términos militares, el vocablo “estrategia” ha sido adoptado por múltiples disciplinas, desde la economía y el comercio, hasta la política y las relaciones internacionales. En todas estas facetas, este concepto viene a ser considerado la forma de alcanzar el objetivo que se persigue.

En su acepción más simple, es la calculada e integrada relación entre los medios disponibles y la consecución de los fines deseados, de tal manera que el riesgo asumido, el diferencial entre fines y medios, sea el menor posible. 

Desde el punto de vista de la seguridad nacional, estrategia supone la gestión integral de todos los elementos que componen el poder del Estado para alcanzar los objetivos nacionales dentro del sistema internacional. En este sentido, la estrategia se convierte en un proceso racional conformado por una variedad de acciones cuidadosamente integradas.

Se define también como el proceso mediante el que se dirige, orienta y coordina todas las energías y fuerzas de la nación hacia la preservación de los intereses nacionales.

Como habíamos puntualizado anteriormente el Reglamento del Decreto Legislativo 1129, Decreto Legislativo que regula el Sistema de Defensa Nacional, nos ofrece el siguiente alcance de la Estrategia de Seguridad Nacional (Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, ESDN): Primero lo define como un instrumento de  la Política de Seguridad y Defensa Nacional y como el proceso por el cual se determina el empleo ponderado de los instrumentos del Poder Nacional para alcanzar los Objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional. Señala un aspecto importante, cual es señalar que la ESDN también constituye un instrumento que actúa como elemento de coordinación entre los distintos componentes del Sistema y la sociedad, a partir de una perspectiva multidimensional de la Seguridad  Nacional.

En el orden internacional vigente, una Estrategia de Seguridad Nacional incluye los principios, valores e intereses en que ésta se sustenta (previo análisis de los riesgos, amenazas y vulnerabilidades, y las causas que los producen) y establece los marcos de actuación con las bases para proporcionar una respuesta integral que garantice la protección de los intereses nacionales asegurando el respeto a lo establecido en la Constitución y  los tratados internacionales suscritos por el país.

En otras palabras, una Estrategia de Seguridad debe encerrar en su contenido la respuesta a las siguientes interrogantes: ¿a qué seguridad nos referimos?,¿qué queremos proteger?,¿de qué vamos a protegernos?, ¿qué tenemos que hacer?, ¿cómo lo vamos a hacer?, ¿con qué lo vamos a hacer?, ¿con quién más vamos a hacerlo?, y por último ¿qué debemos hacer después de la emisión de la estrategia?

4. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN INICIAL PARA LA FORMULACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

 Como quiera que el desarrollo de este proceso cuyo producto principal, más no el último,  es el documento denominado: Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, será el primero en  desarrollarse  en el Sistema de Defensa Nacional, es necesario efectuar un análisis de la situación del entorno e intorno  para determinar  las mejores opciones estratégicas que favorezcan el desarrollo de su formulación:

En el análisis del entorno (situación hacia el exterior de la organización) observamos  que la formulación e implementación de una Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional  favorecerá con los objetivos nacionales y con el interés nacional de avanzar hacia el desarrollo y bienestar de la población nacional, algo que no tiene ningún tinte político ni que obedece a  la posición partidaria o de gobierno de turno. Es pues una necesidad que trasciende en el tiempo.

La Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional, es un organismo público de reciente creación. A pesar de ello muchos de sus profesionales, no solo cuentan con una vasta experiencia en la materia, también han sido capacitados en asuntos de Seguridad y Defensa, lo cual permite que la entidad esté en condiciones de alcanzar los objetivos propuestos con adecuada celeridad, siempre y cuando la propia organización brinde las facilidades administrativas del caso.

Esta capacidad profesional, que se señala en el párrafo anterior, se ve reflejada también en la posibilidad de lograr la concurrencia y participación de otros especialistas, con la finalidad de aprovechar la experiencia y conocimiento de expertos o de autoridades del Poder Ejecutivo, en beneficio del funcionamiento del Sistema de Defensa Nacional.

A fin de coadyuvar al cumplimiento de sus funciones, es necesario disponer de la mejor y más actualizada información de inteligencia, toda vez que eso permitirá realizar las apreciaciones y análisis adecuadamente de manera tal de permitir entregar productos óptimos al Presidente del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional. En ese propósito, es menester que la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) fortalezca a su vez sus atribuciones de ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional, lo cual también constituye un interés primordial en provecho de la Seguridad y Defensa Nacional

 Al iniciar  la apreciación para dar inicio al proceso de formulación del diseño y de la propia Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional del país, es necesario adoptar algunas acciones que permitan que este proceso se desarrolle en forma favorable, tales como:

-       Desarrollar el diseño considerando la participación integral de la Nación, a fin de contar con la participación de todos los implicados en la Seguridad Nacional

 

-       Desarrollar una campaña de información destacando la importancia del Sistema de Defensa Nacional, con el objeto de que las autoridades y la población conozcan los alcances de del SIDENA, la labor de la SEDENA, y las responsabilidades constitucionales de todos los actores.

 

-       Destacar la necesidad de contar con todas las necesidades satisfechas en la organización, pues mucha puede ser la voluntad de los que participan en el proceso, sin embargo el soporte administrativo, más aún en una entidad cuya organización está en ciernes, es indispensable para alcanzar oportunamente las metas que se han de establecer en el diseño de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional.



[1] Plan Bicentenario. P.120

[2] Plan Bicentenario. P.6



[1] Bárcenas Medina, Luis Alberto. (2009). Una Estrategia de Seguridad Nacional para España. Revista de Política Exterior núm 128, marzo/abril. P. 130.

[2] Ministerio de Defensa (2011) Compendio Políticas de Seguridad Y Defensa Nacional 2011 – 2016.P.158



[1] DL 1129

 

[2]Jaime García Covarrubias, Transformación de la Defensa: El caso de EEUU y su aplicación en Latinoamérica, MilitaryReview Ed Marzo-Abril 2005

[3]Enrique Bernales Ballesteros, La Constitución de 1993 Análisis comparado, Pág. 723, Quinta Edición- Julio 1999.



[1] Ministerio de Defensa (2011) Compendio Políticas de Seguridad Y Defensa Nacional 2011 – 2016.

[2]Ibidem

[3]Dva 01-2010


 

 





martes, 1 de septiembre de 2015

ROL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL EN LA SEGURIDAD NACIONAL


ELEMENTO CLAVE PARA QUE   LA CONSTITUCIÓN   POLÍTICA DEL ESTADO NO SEA LETRA MUERTA
La seguridad nacional es un asunto que preocupa a  todos los peruanos, pues es una situación que se debe alcanzar plenamente para facilitar las actividades de desarrollo que coadyuven a la consecución del progreso y el bienestar de la población.

Los esfuerzos de todo Estado no deben descuidarse en este aspecto, fundamental para el diario devenir de la vida nacional. Lo entienden así los gobernantes de las sociedades más avanzadas, sin importar el hecho que todas han tenido que pasar por una fase de entendimiento, en la que se aprendió la necesidad que el Jefe de Estado cuente con los elementos necesarios para tratar y decidir los asuntos de seguridad nacional.

Los Estados Unidos de América, antes de llegar a ser uno de los países más adelantados a nivel global en el desarrollo de un Sistema de Seguridad Nacional, también tuvieron que pasar  por un proceso de adecuación, a partir de la creación del Consejo de Seguridad Nacional (y su staff), tomando a este organismo – incluso por el propio Presidente en 1947– como una “sospechosa imposición del Congreso”.

En nuestra realidad nacional, el asunto de la seguridad nacional comúnmente ha sido relacionado como materia de militares, razón por lo que la mayoría de los gobernantes, sin formación en seguridad o defensa nacional, soslayaron la importancia de profundizar la implementación del Sistema de Defensa Nacional establecido en la Constitución Política del Estado.


ANTECEDENTES

Origen                    

En el año 1969 mediante Decreto Ley N° 17532, Ley Orgánica de la Presidencia de la República, se determinan los organismos consultivos y de apoyo dependientes de la Presidencia de la República:

-        El Consejo Nacional de Desarrollo Económico y Social
-        El Instituto Nacional de Planificación
-        El Consejo de Defensa Nacional
-        La Secretaría de Defensa Nacional
-        El Servicio de Inteligencia Nacional
-        El Comité de Asesoramiento del Presidente de la República

En dicha norma legal, se estableció que el Consejo de Defensa Nacional era responsable de orientar la conducción de la política de seguridad integral del Estado y que la Secretaría de Defensa Nacional planifica la Defensa que demanda la obtención de los objetivos nacionales en el campo de la Seguridad Integral.

Diez años después, en 1979, a propuesta de la Secretaría de Defensa Nacional, se emite el Decreto Ley N° 22653, Ley del Sistema de Defensa Nacional, primer dispositivo legal de la historia republicana que norma la estructura institucional de un sistema tan importante, considerando que “el bienestar general de la población se alcanza dentro de una situación en la que esté garantizada la Seguridad Integral del Estado”. La ley prescribió los componentes del Sistema, sus atribuciones y responsabilidades, determinando que el organismo de más alto nivel de decisión en el Sistema, es el Consejo de Defensa Nacional.

En esta norma legal, la Secretaría de Defensa Nacional tenía como funciones:

-        Asesorar al Consejo de Defensa Nacional y a su Presidente


-        Concebir, planificar y proponer al Consejo de Defensa Nacional los Objetivos y la    Política de Defensa Nacional, así como las previsiones y acciones que garanticen la seguridad del país.

-        Coordinar el planeamiento de la Defensa Nacional de acuerdo con la política aprobada por el Consejo de Defensa Nacional; y

-        Participar en la formulación y difusión de la Doctrina de Defensa Nacional.
 


 
Cambios de dependencia de la Secretaría de Defensa Nacional en la estructura del Estado

En setiembre de 1987, se publica el Decreto Legislativo N° 441, Ley Orgánica de la Secretaría de Defensa Nacional que hace que este organismo ya no sea dependiente del Presidente de la República, sino del Ministerio de Defensa.

Con la dación de otro Decreto Legislativo, el N° 743 publicado el 12 de diciembre de 1991, se establece que la Secretaría de Defensa Nacional es el organismo encargado de la concepción, adopción y planeamiento integral de la Defensa Nacional, y de la coordinación, supervisión y orientación de la ejecución de las acciones en los Campos de Acción No Militares, la formulación y difusión de la doctrina de Seguridad y Defensa Nacional; y además formular , planificar y proponer al Consejo de Defensa Nacional los Objetivos y Política de Defensa Nacional (obviamente incorporando el campo militar), prescribiéndose  que constituye un Pliego Presupuestal autónomo dentro del Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros. 

Cierre de la Secretaría de Defensa Nacional por absorción a  Ministerio de Defensa reestructurado

Un dispositivo legal adicional, producto de la reforma del Sector Defensa, que  “se inició con la creación del nuevo Ministerio de Defensa, órgano del Poder Ejecutivo encargado de diseñar, ejecutar y supervisar la Política de Defensa y de cumplir dos roles fundamentales: Constituir un instrumento de control democrático de las Fuerzas Armadas; y garantizar su apropiado funcionamiento como fuerza militar”, precisa, que “en este sentido era necesario dotar al Ministerio (de Defensa) de una estructura orgánica moderna y eficiente”, que se llevó a cabo con la Ley Nº 27860 Ley del Ministerio de Defensa de 11 de noviembre de 2002, creando los Despachos Viceministeriales de Asuntos Administrativos y Económicos y, de Asuntos Logísticos y de Personal, e  integró como órganos de línea al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a la Dirección General de Política y Estrategia, en reemplazo de la Secretaría de Defensa Nacional.

En julio de 2007, la Ley N° 29075  dispone que la Dirección General de Política y Estrategia, deje de ser un órgano de línea, pasando a depender del Viceministerio de Políticas para la Defensa, lo cual en la práctica minimizó sus responsabilidades, y redujo su alcance nacional.


Creación de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional

Con  el Decreto Legislativo N° 1129, Decreto Legislativo que regula el Sistema de Defensa Nacional, emitido el 06 de diciembre de 2012,  se redefinieron importantes alcances relativos a la Seguridad y Defensa Nacional, como son:

-        El Sistema de Defensa Nacional es el conjunto interrelacionado de principios, normas, procedimientos, técnicas, instrumentos y elementos del Estado, cuya finalidad es garantizar la Seguridad Nacional mediante la concepción, planeamiento, dirección, preparación, ejecución y supervisión de acciones en todos los campos de la Defensa Nacional.

-        El Sistema de Defensa Nacional es presidido por el Presidente de la República y está compuesto por:

§  El Consejo de Seguridad y Defensa Nacional;

§  La Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional - SEDENA;

§  La Dirección Nacional de Inteligencia, ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional; y,

§  Los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Locales.

-        También se establece que el Sistema de Gestión de Riesgos de Desastres, el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y los otros Sistemas Administrativos y Funcionales del Estado, coadyuvan al mejor cumplimiento de la finalidad del Sistema de Defensa Nacional.

El Decreto Legislativo N° 1131, Decreto Legislativo que crea la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional, emitido en la misma fecha del Decreto Legislativo N° 1129,  establece que  esta entidad es  un organismo público ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, responsable de la gestión del Sistema de Defensa Nacional, con competencia en todo el territorio nacional; y que articula el funcionamiento del citado Sistema con las entidades que lo conforman.


IMPORTANCIA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL PARA QUE FUNCIONE EL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

El Sistema de Defensa Nacional, es tal vez el sistema funcional más grande e importante de nuestro país; sin embargo desde su creación en 1979,   nunca fue implementado, nunca fue articulado y consecuentemente, por esta grave omisión, se ha tenido expuesta a la deriva la seguridad del pueblo peruano. De  allí que, los fenómenos de terrorismo, narcotráfico y todos los delitos conexos a ellos, que tuvieron sus primeras incidencias en la década de los 80, aún amenazan a la seguridad nacional.

Hoy en día la seguridad nacional se ve afectada por la delincuencia común, tráfico de armas, tala ilegal, trata de personas, lavado de activos, minería ilegal e informal, contrabando, tráfico ilícito de drogas, terrorismo y sus órganos de fachada, corrupción; y podría ser vulnerable  al ataque de sus sistemas informáticos y comunicaciones,  su economía, medio ambiente y recursos naturales. A todo ello, no se puede dejar de mencionar los posibles intereses de agentes extranjeros, que incluso – aunque negado hoy – puedan afectar la soberanía, independencia  e integridad territorial.

El lector, podrá preguntarse ¿Acaso, no existen organismos que se encarguen de atender a todas estas actividades que afectan al Perú? Y claro que –  en su mayoría – existen. Sin embargo, los esfuerzos están dispersos y se ha venido actuando sin las adecuadas coordinaciones, incluso con acciones que podrían considerarse que se han realizado a espalda de los intereses o conocimiento de la propia población. Por esta razón, la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional ha recibido la importante tarea de articular el funcionamiento del Sistema de Defensa Nacional con las entidades que lo conforman, vale decir con todas las entidades públicas existentes.

Los componentes del Sistema de Defensa Nacional, se sirven de las Oficinas de Seguridad y Defensa Nacional, para ser el nexo funcional con la SEDENA. Estas Oficinas, desafortunadamente no estaban ni capacitadas ni implementadas e incluso – muchas de ellas – desarrollaban tareas ajenas a sus funciones, situación que está siendo subsanada por la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional, a través de diversas jornadas de capacitación realizadas en Lima como en las diferentes regiones del país.

Para que el Sistema de Defensa Nacional empiece a funcionar adecuadamente, es imprescindible disponer de una política pública de Seguridad y Defensa Nacional, la cual explícitamente como tal, no existe, lo cual explica el motivo por el cual el sistema  no ha podido ser implementado. Veamos:

En el año 2004, el Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Política y Estrategia (que reemplazó a la antigua SEDENA) propuso la “Política de Estado para la Defensa y la Seguridad Nacional”, la cual fue aprobada con Decreto Supremo N° 001-B-2004-DE-SG[i]. Lamentablemente esta política, que constituía un anexo del DS anterior, nunca fue publicada, toda vez que su texto tiene el carácter de secreto[ii]. Obviamente, si el texto de la Política es secreto, no puede ser un documento público, ergo no constituye una política pública, y por lo tanto constituye la causa principal por la que durante tantos años, el Sistema de Defensa Nacional no  haya podido funcionar adecuadamente.

Con  la promulgación del Decreto Legislativo N.° 1129, que regula el Sistema de Defensa Nacional, se busca incorporar a las políticas de gobierno, la reforma del Sistema de Defensa Nacional con el objeto de fortalecer su constitución y funcionamiento para que permita promover el desarrollo del país y garantizar la seguridad de la Nación, así como la plena vigencia de los derechos fundamentales, el bienestar de la población y la consolidación del estado constitucional de derecho; todo lo cual contribuye a la paz, al desarrollo integral y a la justicia social.

La Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional, en cumplimiento de los Decretos Legislativos N| 1129 y 1131, así como con la finalidad de atender la necesidad pública de plantear soluciones articuladas que permitan garantizar la Seguridad Nacional, efectuó el proceso de formulación de la Política de Seguridad y Defensa Nacional basada en la concepción del enfoque multidimensional de la Seguridad Nacional, la condición de no emitir una propuesta de carácter clasificado, y con la proyección de disponer de una política pública que sea aplicable en todos los niveles de gobierno.

 Este proceso contó con la participación de las entidades públicas del Poder Ejecutivo, así como también de entidades privadas, materializada a través de reuniones de coordinación, consulta, talleres de trabajo y visitas a las diferentes regiones del país que permitieron - no sólo exponer el método científico que la sustenta, sino también  - socializar su contenido. La propuesta, una vez aprobada constituirá en el elemento fundamental para que el Sistema de Defensa Nacional, se implemente y articule como corresponde a un país que va en camino de incorporarse a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y consecuentemente al primer mundo.

A partir de la aprobación de la Política de Seguridad y Defensa Nacional, se podrán desarrollar apropiadamente  los otros procesos de la Seguridad y Defensa Nacional con la participación no sólo los 19 ministerios, sino también con otros 21  Organismos Públicos adscritos a los sectores, así como con los 25 gobiernos regionales, a los que se irán sumando los gobiernos locales de mayor importancia y trascendencia nacional.

Esta labor de articulación, nunca antes realizada, actualmente se encuentra en su fácil inicial, pues la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional, como parte de sus acciones,  ha desarrollado los modelos adecuados que están siendo incorporados en la gestión pública nacional, los que permitirán que en los próximos años el Sistema de Defensa Nacional, exista de verdad, y funcione en provecho de la seguridad de todos los peruanos.

La Seguridad Nacional, no se trata pues de un tema de militares. Esa concepción, resulta hoy totalmente anacrónica, de allí la importancia de la aprobación e  implementación de la  Política de Seguridad y Defensa Nacional, que contempla la seguridad nacional de manera técnica, real, con enfoque multidimensional; y que ha sido formulada teniendo como norte a las Políticas de Estado establecidas en el Acuerdo Nacional, así como al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; lo cual ha facilitado que vislumbre soluciones sistémicas a los múltiples problemas que afectan a la seguridad de la persona humana y del propio Estado; problemas  que por largos años no han sido tratados en forma coordinada, porque sencillamente el Sistema solamente existía en el papel y no se disponía de entidad alguna encargada  de articularlo.




[i] Diario “El Peruano” de 10 de marzo de 2004
[ii] Art 1° del DS N° 001-B-2004-DE-SG

jueves, 2 de abril de 2015

POLITIQUEROS Y "GOBERNANTES"

EL CALVARIO POLÍTICO DE NUESTRO PERÚ

Quiérase o no, nuestro país como cualquier otro encarga su administración y el futuro de su población, en manos de gobernantes que - en nuestro caso - casi nunca han logrado satisfacer a la expectativa general, sea porque no cumplen con sus promesas electorales, toman decisiones equivocadas, se dejan influenciar por personas de su entorno, se aíslan de la realidad nacional, establecen prioridades distintas al interés nacional, entregan cargos de confianza a personas sin el perfil requerido, no planean o lo hacen inadecuadamente, no se comunican ni dialogan oportunamente; en fin, no reúnen las características indispensables para gobernar; aquellas que todos los peruanos debiéramos observar al momento de elegir nuestro destino.

Esta situación, se complica más cuando los opositores buscan resaltar el mínimo error del gobernante de turno, yerro que muchas veces es replicado - en exceso - por algunos medios de prensa que  no reparan convertir la noble profesión, en el vil oficio. Y así, entramos "entra en trompo" con problemas menores que, luego cual bola de nieve, llegan a afectar la gobernabilidad. 

¡Qué bueno fuera que esas zancadillas entre politiqueros mejorasen las condiciones de vida de todos los peruanos!; lamentablemente lo único que logran es, primero alejarnos de la aspiración de llegar a ser un país del primer mundo y después reflejar una imagen de "país bananero" para satisfacción de nuestros adversarios y para temor de los inversionistas.

Los peruanos debemos, sacudirnos de la "indolencia de esclavo" y procurar mayor participación para exigir que en nuestro país rija el imperio de la ley, y así podamos tener políticos, que cuiden la "salud" de los peruanos, a la "manera de los pastores y vaqueros", como lo decía el gran Platón.

Quien aspire a formar parte de un gobierno, además de reunir los pergaminos y capacidades personales ya señalados, esencialmente debe conocer como funciona e interaccionan  las entidades estatales y también, cómo éstas se articulan con la sociedad.

Quien aspire a formar parte de un gobierno, primordialmente debe conocer las necesidades del pueblo, las aspiraciones de éste, como también,  los intereses nacionales que favorezcan el  desarrollo de sus ciudadanos y también alcanzar el tan ansiado bienestar general.

Si estuviéramos solos en el mundo, tal vez eso sería suficiente, pero como no es así, también debe ser consciente que todo país, tiene fuerzas opositoras, nacionales y foráneas, que discurrirán en dirección contraria a  la voluntad general de los peruanos.

Por eso, como lo señalaba Sun Tzu, "lo que le vale al soberano ilustrado para luchar, conquistar y lograr las cosas a un nivel superior al de los hombres  ordinarios, es la capacidad de prognosis que poseen. Lo que llamamos capacidad de prognosis no puede provenir de los espíritus, ni de los dioses, ni ser producto de analogías con eventos pasados. Debe ser obtenido de hombres que conocen la situación del enemigo.De ahí se deduce el empleo de espías"

Para gobernar el país y poder llevarlo por el camino del primer mundo, se requiere salvar todas las dificultades que interpondrán los enemigos, adversarios y amenazas contra la Seguridad Nacional. Solamente el gobernante que tenga toda la información útil, podrá adoptar la mejor decisión en favor del Perú.


Toda esta información, solamente puede ser proporcionada por una entidad especializada en el manejo de la actividad de Inteligencia.Y si  se quiere tener éxito, debe entenderse claramente dos conceptos fundamentales: primero, la actividad de inteligencia, a diferencia del resto de otras en el Estado, es secreta; y segundo la Inteligencia, la de verdad, debe saberlo todo. 

Muchos politiqueros, podrán argumentar que son preceptos totalitarios, porque no terminan de entender  que esas dos condiciones son generales, para cualquier tipo de gobierno. Para un gobierno democrático la Inteligencia además, primero, debe obedecer estrictamente a los intereses nacionales, no a los intereses políticos partidarios; y segundo debe estar sometido a los controles  que aseguren, que la actividad se desarrolle cumpliendo lo señalado, y por supuesto, una última característica, aunque parezca redundante, que su trabajo no sea revelado por nadie, pues de lo contrario, no sería secreto, no sería Inteligencia.

Y si ello sucediera, seguir los consejos de Sun Tzu, quien dio una receta acorde con sus tiempos: "Si los planes de operaciones secretos son prematuramente divulgados, el agente junto con las personas a quien éste contó los planes deben ser ejecutados". 

Ahora bien,y solamente para caracterizar la actividad de Inteligencia en el Perú, pensemos juntos: si todo país tiene enemigos, adversarios y amenazas, ¿se mostrarán solos? ¿Se expondrán fácilmente?. 

Para ilustrar mejor, pensemos en la mayor amenaza del Perú: la corrupción. 
Los corruptos, ¿se mostrarán fácilmente?.Los corruptos, aquellos cuya mayor aspiración es llenarse los bolsillos con el dinero de todos los peruanos, se colocarán un letrero para poder ser identificados?, ¿Cuál es la forma de diferenciar a un ciudadano correcto de otro que es corrupto?,¿Cómo saber que un ciudadano no es atrapado por la tentación de la corrupción?,¿Qué suelen hacer los corruptos con el dinero de sus ganancias? Si lo invierten, ¿lo harán a nombre propio? o ¿utilizarán a familiares o amigos como testaferros?. La compra de inmuebles, ¿no  es una forma que emplean los corruptos, para "invertir" sus ganancias?

Después de haber dado respuesta a estas interrogantes, podrá entenderse un poco que el acopio de datos sobre propiedades , que por lo demás es información pública, no es ningún ilícito, sino más bien un procedimiento para distinguir entre inocentes y corruptos. No hay que rasgarse las vestiduras, ni confundir a la opinión pública señalando que se atenta contra la intimidad, la intimidad no es pública.

No está mal que,  para buscar información se incluya también a  personas conocidas por no ser corruptas. ¿Acaso la experiencia no nos ha enseñado que muchas personas conocidas como notables, resultaron ser corruptas? 



El Perú, como cualquier país que se precie de estar encaminado  hacia el primer mundo, debe contar con un aparato de Inteligencia que actúe en forma secreta, que lo sepa todo y que sea controlado adecuadamente, para que provea la información útil que facilite la adopción de las mejores decisiones, para así desarrollar las políticas del Acuerdo Nacional y alcanzar los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional,  porque solo así se alcanzará  el bienestar y beneficio de toda su población.



Finalmente, debe quedar claro que todo gobernante, todo aquel que se precie de ser político y principalmente todos los integrantes del aparato estatal que sirven a todos los peruanos - por ser de interés público y de necesidad nacional -  deben considerar que la Seguridad Nacional debe estar  alineada al Acuerdo Nacional y vinculada únicamente a una Política y a una Estrategia  que responda a los intereses nacionales. Lo demás, debe ser reclamado por la población - a viva  voz -  como traición a la Patria.


domingo, 1 de marzo de 2015

REORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA

ANÁLISIS TÉCNICO

La Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Decreto Supremo 013-2015 ha declarado en reorganización la Dirección Nacional de Inteligencia por un periodo de ciento ochenta días. Las consideraciones del mencionado decreto supremo señalan que, resulta necesario reorganizarla “con el objeto de fortalecer su rectoría en el sistema de inteligencia nacional; lograr mayores niveles de confianza en la ciudadanía; eficiencia en la producción de inteligencia en materia de seguridad nacional; y, el uso transparente de los recursos públicos todo ello en el marco del pleno respeto de las normas constitucionales y los principios democráticos que rigen al Estado peruano”.

Una serie de dispositivos legales precede esta “necesidad pública”, aunque ninguno de ellos contiene un aspecto normativo que prevea un proceso de  reorganización. Si no existe una norma legal que prevea la reorganización de esta entidad y siendo el DLeg 1141 una norma de rango de ley, solamente otra ley debiera modificarla para incluir el proceso de reorganización. Corresponde al Congreso de la República y al Tribunal Constitucional pronunciarse sobre este aspecto.

Ahora bien, dentro de las normas de la parte considerativa  del DS 015-2015-PCM, se incluye al propio DLeg 1141 que expidiera el Ejecutivo en diciembre de 2012, en uso de atribuciones de la ley 29915 justamente para dinamizar la producción de inteligencia nacional en un marco de control democrático, mediante la mejor fiscalización del Congreso de la República, la Contraloría General de la República y la propia Presidencia del Consejo de Ministros, que ulteriormente lograría, por esta acción, la confianza de la población nacional.

El DLeg 1141 contempla que la producción de inteligencia se realiza de acuerdo al Plan de Inteligencia Nacional, el cual debe ser aprobado por el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional el mes de abril del año anterior a su aplicación, vale decir con la suficiente anticipación para efectos presupuestales y con el concurso de las más altas autoridades nacionales.

La rectoría del Sistema de inteligencia Nacional, y el control del uso de los fondos públicos, son aspectos que también se encuentran descritos en el DLeg 1141, el cual tampoco fue objetado por el Congreso de la República. 

Los mecanismos para la producción de inteligencia y su correspondiente control introducidos en el DLeg 1141, de hecho superan a la derogada Ley 28664, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI. 

Pareciera que no se ha observado que la población muestra su confianza, no con la emisión de nuevos dispositivos legales, sino con muestras claras del cumplimiento de ellas, y mejor aún  con el ejercicio del control que en ellas se emite; y el DLeg 1141  de hecho contiene una serie de actividades de control, que probablemente no se han ejercido.

En este contexto antitético al sentido común, para ser gentil, se dispone el nombramiento de una comisión reorganizadora de alto nivel que estará “integrada por tres personalidades de distinguida e intachable trayectoria personal y profesional”, que recuerda a la comisión reorganizadora que en la primera década de este siglo diera como resultado crear un órgano de línea en el Ministerio de Defensa, para atender la política de Seguridad y Defensa Nacional en los campos no militares, lo cual no tuvo ningún sentido y naturalmente ningún resultado positivo, en ese aspecto.


Este razonamiento, debe llamarnos la atención, pues no solo se trata de contar con personalidades intachables, es también importante, para la seguridad nacional, que dichas personalidades tengan el suficiente conocimiento y la experiencia adecuada para que puedan cumplir con la tarea establecida.

Para colocar la cereza de la torta, el DS 015-2015-PCM dispone que los otros componentes del Sistema de Inteligencia Nacional “se encargarán de producir Inteligencia Nacional para el Presidente de la República y el Consejo de Ministros”, lo que no solo revela de desconocimiento, pues  de estos componentes solamente dos tienen capacidad para producir inteligencia: militar y policial, que no son igual a la producción de inteligencia nacional.

Por último, al dejar de encargar la labor de rectoría, se  infiere que cada órgano de inteligencia deberá proporcionar esta inteligencia nacional, al Presidente de la República para las demás decisiones y para la ejecución de los procesos de la Seguridad Nacional, lo cual es contrario al principio de especialidad de la actividad de inteligencia.

En estas condiciones, ¿se podrá  producir el conocimiento útil para el proceso de toma de decisiones en materia de seguridad nacional?
¿Se podrá proteger las capacidades nacionales y evitar acciones de inteligencia de actores que representen amenazas a la seguridad nacional?



domingo, 18 de enero de 2015

ARTICULACIÓN DE LOS PROCESOS DE LA SEGURIDAD NACIONAL

SU VINCULACIÓN AL QUEHACER, POLÍTICO, SOCIAL Y ECONÓMICO DEL PAÍS

En diciembre de 2012, mediante Decreto Legislativo N° 1129 se reguló la naturaleza, finalidad, funciones y estructura  del Sistema de Defensa Nacional, el cual garantiza la Seguridad Nacional, para la afirmación de los derechos fundamentales y el Estado constitucional de derecho, en el marco de una gestión pública moderna, razón por la que el ámbito de aplicación de dicho sistema, se encuentra en todo el territorio de la república, comprendiendo a los organismos públicos, personas naturales y jurídicas de nacionalidad peruana, quienes están obligadas a participar en la Defensa Nacional, conforme  lo establece la Constitución Política del Estado.

El órgano de más alto nivel de decisión política y de coordinación estratégica en materia de Seguridad y Defensa Nacional es el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, el que es presidido por el Presidente de la República, el mismo que cuenta con la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA) como la entidad responsable de la gestión del sistema a fin de articular el funcionamiento de sus componentes.

Para garantizar la Seguridad Nacional, el Sistema de Defensa Nacional desarrolla los Procesos de la Seguridad y Defensa Nacional teniendo como base las Políticas de Estado, la Concepción Política Estratégica y la Concepción Estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional. Dicho procesos, fueron concebidos para  interrelacionarse tanto para la conducción política, como para la conducción estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional y se clasificaron en procesos fundamentales y procesos de soporte.

Los procesos fundamentales son: La Política,  la Estrategia, y el Planeamiento Integral de la Seguridad y Defensa Nacional, mientras que los procesos de soporte que inicialmente se determinaron son: El desarrollo de estudios estratégicos, de  programas y proyectos especiales para la Seguridad y Defensa Nacional, la Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional, y finalmente la Gestión del Sistema de Defensa Nacional.

El concepto que  primigeniamente se tuvo para interrelacionar los procesos de la Seguridad y Defensa Nacional se basó en la definición de una ruta crítica que colocaba a los procesos en dos ejes: el largo plazo, y el corto y mediano plazo, todos basados en la Concepción Política  Estratégica y la Concepción Estratégica de Seguridad y Defensa Nacional.

Para el largo plazo, se visualizó que el Planeamiento Integral de la Seguridad y Defensa Nacional, alineado con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, se plasme a través de la Directiva para el planeamiento integral de la Seguridad y Defensa, y así poder establecer previsiones que determinen y preparen los recursos del Estado en los diferentes niveles de gobierno para hacer frente a las necesidades de desarrollo sostenido en condiciones de paz y seguridad.

Para el corto y mediano plazo, se estableció que la Política de Seguridad Nacional, determine  los lineamientos generales para alcanzar los Objetivos de Seguridad y Defensa Nacional, así como para orientar la formulación de la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, nunca antes desarrollada en la historia republicana nacional.

Esta estrategia nacional, determina el empleo ponderado de los instrumentos del Poder Nacional para alcanzar los objetivos propuestos en la Política de Seguridad y Defensa Nacional, constituyéndose como elemento de coordinación  entre los distintos componentes del Sistema de Defensa Nacional y la sociedad, a partir de una perspectiva multidimensional de la Seguridad Nacional.

Tanto la Política como la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional, se ven fusionadas para establecer las responsabilidades de los componentes del Sistema de Defensa Nacional, por medio de la Directiva de Seguridad y Defensa Nacional, como también por directivas específicas y lineamientos que permitan su implementación, a través de la gestión del Sistema de Defensa Nacional.

A pesar que la SEDENA, fue re – creada en diciembre de 2012, es recién en setiembre de 2013 que recibe un presupuesto mínimo para cumplir sus importantes responsabilidades, las que se iniciaron mediante los correspondientes estudios y análisis de nuestra realidad, contrastándolos con nuestros  intereses nacionales, lo cual ha permitido que, durante el año 2014, se vayan completando los diseños esenciales, teniéndose previsto que el presente año sus procesos adecuadamente articulados empiecen a vincularse con el quehacer político, social y económico del país.

Para este propósito, es necesario tener en cuenta que en el futuro, todo gobernante y los responsables de la conducción del Sistema de Defensa Nacional, por ser de interés público y de necesidad nacional,  consideren el planteamiento que aquí se expone, iniciando éste con la importancia del Acuerdo Nacional y su vinculación al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, entendiéndose que este último instrumentaliza las aspiraciones para el  futuro del Perú.

En base a ellos, la Concepción estratégica del gobernante y su correspondiente Concepción Estratégica de la Seguridad y Defensa Nacional, son tamizadas por la Realidad Nacional, que nos revelará las necesidades públicas de seguridad  permitiendo que se emita la Política de Seguridad y Defensa Nacional.

Simultáneamente el Planeamiento Estratégico Integral para la Seguridad y Defensa Nacional se desarrolla alineado al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y coordinado – como elemento inspirador – con la Política de Seguridad y Defensa Nacional. De la interacción de ambos procesos, se formula el Plan Estratégico Especial para la Seguridad y Defensa Nacional, como instrumento clave para instrumentalizar  la Política de Seguridad y Defensa Nacional, el cual será mejorado, en su oportunidad, mediante la aplicación de los lineamientos técnicos para la implementación de la Política de Seguridad y Defensa Nacional, como también por la Estrategia de Seguridad y Defensa Nacional.

A partir de la aplicación de la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, el Plan Estratégico Especial Multisectorial para la Seguridad y Defensa Nacional, permitirá que la satisfacción de las necesidades de la Seguridad Nacional planteados en la Política, en la Estrategia y en el Planeamiento Estratégico Integral para la Seguridad y Defensa Nacional, se concreten de manera vinculante por su inclusión en los Planes Sectoriales Multianuales, en los Planes Estratégicos Institucionales, y principalmente en los Planes Operativos Institucionales, que aplican el Presupuesto Nacional.

Las directivas de Seguridad que apruebe el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, establecerán las responsabilidades necesarias,  y a su vez, junto con las estrategias específicas, se constituirán como elementos retroalimentadores, y en su debido momento fortalecerán a los procesos fundamentales, para que finalmente se vinculen al presupuesto anual. De la misma forma se comportarán los procesos de soporte: El desarrollo de estudios estratégicos,  y los programas y proyectos especiales para la Seguridad y Defensa Nacional; así como  la Investigación y Desarrollo para la Seguridad y Defensa Nacional.

Toda esta interacción de procesos no podrían articularse sin el apoyo de la Gestión del Sistema de Defensa Nacional que establece el conjunto de acciones y procedimientos que realizan los componentes del Sistema de Defensa Nacional relacionados con el fortalecimiento de capacidades, evaluación y optimización del marco normativo, enlace interinstitucional, evaluación y supervisión que permitan garantizar la Seguridad Nacional que todos los peruanos de hoy y del mañana deseamos y debemos tener.